Hola compañeros,
Necesito vuestra ayuda, ya que no me admiten la solicitud de medidas provisionales coetáneas con relación al uso vivienda familiar al cónyuge más necesitado, en un procedimiento sin hijos menores de edad.
La secretaria fundamenta la inadmisión en que no se cumplen los requisitos del art. 103 CC por no haber hijos menores de edad.
Yo entiendo que aunque no hay hijos menores, a solicitud de uno de los cónyuges se pueden adoptar las medidas prevista en el art. 103 CC, pero no otras.
Vosotros que opináis