Hola, quisiera plantear una cuestión: ¿cómo actuar legalmente contra una persona que ejerce acoso continuo y diario sobre otra porque forma parte de su núcleo familiar...? me interesa todo tipo de opiniones, gracias.
Me interesa el tema, una amiga mía está pasando por eso (pero no es un familiar), ha ido a comisaría y al centro de la mujer y le han dicho que si no hay pruebas físicas no pueden hacer nada.
Vaenuk, yo no sé que decirte porque te iba a decir lo de comisaría pero con lo que le han dicho hoy a mi amiga, ni idea, pero lo subo a ver si hay más respuestas.
mi hermano... se escapó de casa, porque vivir con mi madre le hacía vivir en un estado depresivo continuo. Como ya era mayor de edad, mi madre no tuvo reparos en ponerle una denuncia de desaparición como enfermo mental, y ello evidentemente empeoró aún más la salud de mi hermano. Imagináos lo que es estar con los amigos, se da la circunstancia de que os piden la documentación, y uno de los agentes se dirige a uno de los amigos de mi hermano para preguntarle si es un enfermo mental. He pensado en denunciar por "daños y perjuicios" o algo así, pero no conozco el tecnicismo más adecuado. Gracias por vuestra ayuda!
El acoso psicológico y los daños morales son mucho más difíciles de probar, y por tanto una demanda o denuncia basada en los mismos tiene dificultades de prosperar.
No obstante, ello no quiere decir que no se pueda probar. Pero en este caso se necesitan unos medios de prueba un poco más costosos que en el caso de que el acoso fuera físico.
Si la violencia ejercida sobre tu hermano fuera física, bastaría con que acudiera a urgencias o al ambulatorio, recabara parte médico de lesiones y con ello acudiera a comisaría. O directamente a comisaría y allí le mandan a ver al médico para que haga parte. En estos casos, el orden de los factores no afecta al producto.
Sin embargo, para iniciar cualquier acción por acoso moral, es necesario que existan ciertos indicios previos. En una lesión física, la simple observación de la misma es un indicio. En una lesión psíquica, se hace necesario un estudio psicologico previo.
En vuestro caso, y sin conocer en profundidad las particularidades del caso, os informo que caben dos vías: la penal por un delito o falta, o la civil por daños y perjuicios. Tanto en una como en otra sería necesario estudiar la entidad de los hechos. Primero para decidir el caracter delictivo o no, y después para valorar el éxito de la acción a emprender, ya que muchas veces, aunque el daño se ha ocasionado, probarlo no es nada fácil y un juez no puede decidir sin pruebas.