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me quieren cobrar 3400 € por dejar una vivienda de alquiler

9 Comentarios
 
Me quieren cobrar 3400 € por dejar una vivienda de alquiler
11/03/2009 15:07
Un saludo cordial antes de nada, expongo mi caso por si pudieran ayudarme.

Vivo en Lanzarote y tengo una hija que en el 2007 se traslado a Las Palmas para estudiar una carrera en la universidad, decidimos mi mujer y yo alquilar un piso con una inmobiliaria del banco santander el contrato se hizo en septiembre del 2007 con una duracion de un año renovable anualmente hasta los 5, hoy fue mi hija a comunicar que dentro de un mes queria dejar el piso ya que se traslada a seguir cursando sus estudios a una universidad de madrid con lo cual el piso no le es ya necesario, en la oficina la comunicaron que si hacia esto de rescindir el contrato antes del vencimiento anual no la darian la fianza y la perderia con lo cual serian casi 3500€ y explico el motivo de este dineral:

al efectuar el alquiler normalmente piden un mes de fianza pero como mi hija no tiene trabajo ya que es universitaria no exigieron un mes de fianza de 435,99 € a que se refiere el articulo 36,1 de la vigente Ley de arrendamientos urbanos mas 3023,94 € como garantia adicional a que se refiere el articulo 36,5 de dicha ley.

Es posible que queriendo finalizar el proximo mes el arrendamiento me puedan denegar la devolucion de esas cantidades? quiza el mes de fianza o nada soy neofito en todo esto pero creo que es algo abusivo y no se como actuar, pueden asesorame y redactarme un burofax para enviarselo resciediendo el contrato? estoy dispuesto a ir a los tribunales ya que creo que esto es tatalmente un abuso.

Gracias por su ayuda agradeceria alguien me respondiera lo mas rapidamente posible.
Un saludo
11/03/2009 21:03
Me parece totalmente abusivo, los contratos son renovables hasta cinco años, y si se avisa con el tiempo necesarno no tiene porque haber problemas, le recomiendo lea con lupa el contrato firmado, por si existiera una clausula leonina de rescision de contrato, puede enviar un burofax comunicando la rescision del contrato en tiempo y forma y acogiendose a los terminos del contrato que figuran en la clausula x (siempre que estos le favorezcan) y muy importante hagalo con acuse de recibo, asi si se niegan a recibirlo, se considerara como notificado.
11/03/2009 21:19
Gracias por su atencion.

El contrato no tiene ninguna clausula en el que diga eso de no entregarme el dinero que puse en una cuneta de ellos del banco santander osease los 3023,94 euros
los otrso 435,99 si son de un mes de fianza los 3 mil eran por ser mi hija universitaria sin trabajo y por si no pagaba cobrase de ahi aunque nunca tuvieron motivo las mensualidades fueron pagadas correctamente y sigue siendolo.

Me queda una duda sobre el burofax, yo alquile en una oficina que tiene el santander inmobliaria en Las Palmas pero en el contrato viene la direccion de ellos de Boaduilla del Monte en Madrid donde ellos tienen la ciudad financiera, debo enviar a la oficina donde alquile en las palmas o a boadilla?

Para colmo mañana tengo una cita con el director del banco de santander aqui en arrecife por cuestiones de mi negocio ya que soy cliente de ellos desde hace mas 25 años y encima me ocurre esto.

Muchas gracias
11/03/2009 21:27
el burofax envielo a la direccion que figura en el contrato y si quiere indique que tambien envia uno a la oficina . El mes de fianza se lo deben de devolver a la entrega de llaves tras visita al piso y comprobar que todo esta correcto, en cuanto a los 3000 euros entiendo que tienen la misma finalidad que un aval bancario, por lo tanto si no debe ningun mes de renta le han de reintegrar la totalidad. Suerte.
11/03/2009 21:47
Muchas gracias por su ayuda, seeria demasiado pedir me dijera como debo de redactar ese burfox? no tengo mucho estudio y lo mio es la hsoteleria por eso trato que mi hija tenga un porvenir mas decente del que yo he tenido, gracias de nuevo
11/03/2009 22:34
don-doña......., con DNI....., y domicilio a efectos de notificaciones en............................., en calidad de inquilino de la vivienda situada en........, por medio de la presente les comunico lo siguiente:
con fecha.... he firmado contrato de alquiler de la mencionada vivienda, a traves de ....(empresa o inmobiliaria)
en contrato se estipuló una renta mensual de ....., además de una fianza de ....., y de ...... en concepto de garantia.
Por motivos de traslado de residencia, me veo obligado-a a rescindir el contrato suscrito con ustedes, lo que comunico en tiempo y forma (no se si es 1 mes o 2 meses) a los efectos oportunos.
la vivienda descrita estara disponible el dia ......., teniendo satisfechos todos los pagos relativos a esta vivienda, y encontrandose en el mismo estado que se entregó, solicito la devolucion de la garantia aportada en el momento de la formalizacion del contrato, a la entrega por mi parte de las llaves, en la forma acordada (en metalico o tranferencia en cuenta), asi como la devolucion de la fianza.
Les ruego me comuniquen el lugar para efectuar estos tramites si es diferente a la oficina donde se celebro el contrato.
sin otro particular, cordialmente les saluda

creo que este modelo te puede servir, si no tienes ninguna penalizacion en contrato estan obligados a devolvertelo todo. Un saludo, espero haberte ayudado.
11/03/2009 22:44
otra cosilla, cuando entregues las llaves que te firmen un documento de entrega y en cuanto a la devolucion del dinero revisa que el documento que te entreguen no figure que te puedan reclamar daños o importes posteriores a la firma.
11/03/2009 23:38
Muchas gracias por tu asesoramiento y agradecido por el burofax, un saludo
perfil Jan
13/03/2009 11:09
Hola antonpm.Hay que distinguir entre contratos con cláusula que permite al arrendatario desistir del contrato sin penalización, contratos en los que consta cláusula de penalización y contratos en los que NO consta cláusula alguna en los sentidos indicados.

En los primeros NO hay lugar a indemnización a favor del Arrendador SI se cumplen los requisitos de la cláusula(preaviso, tiempo obligatorio de permanencia,etc..)

En los segundos la indemnización será la pactada en el contrato,aunque en ocasiones la misma puede ser MINORADA atendiendo a las circunstancias de cada caso.

En los terceros ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario(usted), puede ocurrir :

a) Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.

b) Que no se produzca la resolución de mutuo acuerdo : el arrendador puede optar por acudir a los Tribunales y solicitar el cumplimiento del contrato (y hasta rehusar la entrega de las llaves y no aceptando que se pongan a su disposición la finca) pidiendo incluso una indemnización por los perjuicios.

c) puede, sin acuerdo, aceptar las llaves dando por resuelto el contrato, pero entendiendo que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios, por lo que la alegación y prueba de su existencia y cuantia, corresponden al arrendador.

Por lo tanto EL MÁXIMO que le podría exigir la inmobiliaria si su hija DEJASE EL PISO en Abril sería 5 meses de renta.

Reciba un cordial saludo.
14/03/2009 12:24
Muchas gracias Jan por tu asesoramiento tambien, un saludo