Tras desestirme un recurso de casación contra la administración, me informan que tengo un plazo para interponer un recurso contencioso-administrativo.
Mis preguntas son las siguientes:
- Puedo presentar el recurso y representarme yo mismo (sin necesidad de abogado)
- A quien he de demandar? Sólo a la administración? O como es un caso de mala praxis de mutua, empresa y Administración, he de demandar a los tres?
- En caso de perder, he de pagar yo tasas y el procedimiento?
En la jurisdicción Contenciosa-Administrativa únicamente pueden actuar en su propio nombre y derecho (sin representante) los funcionarios públicos en relación a asuntos de índole retributiva.
SMO.