blecua, es que te expresas tan mal que induces a error
1.-. Con lo fácil que es decir, que a la liquidación se tiene derecho siempre
2..- Me leo y releo el artículo 55 ET, y sigo sin ver de donde sacas que se haya que que preavisar con 15 días de antelación. quizás haya habida alguna reforma de ultima hora que yo desconozca (todo puede ser en la villa del señor)
En cualquier caso, y decía que salvo que sea un despido objetivo, y dudo mucho que esa sea la causa de extinción, no hace falta preavisar un despido.
Mariela 74 y Zacarias, aquí y dependiendo de quien conteste se lía más al personal por eso, entre los datos que se proporcionan son escasos y que hay quien se emperra en buscar los tres pies al gato, por eso empecé diciendo que se asesore con un abogado que tendrá mejor asesoramiento (pues tendrá toda la documentación a mano)
Es que no he podido leer ni cuanto tiempo de prueba tenia, pues no he firmado contrato, eso da igual?tienen la obligación de darme 15 días de áviso y si no me los dan,me los han de pagar?
Hola alguien que me asesore por ahí,me han despedido de un día a otro sin préavis mañana no vuelvas así tal cual,sin contrato, pero dada de alta en ss, quiero estar asesorada antes de que me llamen para firmar el finiquito, solo llevaba un mes en la empresa jornada parcial, que derechos tengo, ojalá alguien me asesore gracias
A la primera cosita:
Si has pasado el periodo de prueba,te deben la liquidación y 15 días,si no,solo la liquidación,es decir,salario,2,5 dias por parte de vacaciones y prorrata de pagas extra.
Leamos con un mínimo de detenimiento.
Tal y como le dice calicas, acuda a un abogado, aquí probablemente no tendrá lo que busca.
En primer lugar, salvo que sea un despido objetivo, y dudo mucho que esa sea la causa de extinción, no hace falta preavisar un despido.
En segundo lugar, habrá que ver cual es la causa de la extinción, si es una no superación del periodo de prueba, despido o finalización del contrato (que por otra parte, no sabemos que tipo de contrato tiene) ..
En tercer lugar, ¿Que es lo que no le quieren pagar? ¿el salario del mes o la indemnización de los 15 días que cree que tiene derecho?
A todo esto, acuda aun abogado y consúltelo mejor e informenos de como va su caso.
Sin saber el detalle del contrato,poco se puede orientar,puede incluso ser un contrato fraudulento o no lo han registrado
Si has pasado el periodo de prueba,te deben la liquidación y 15 días,si no,solo la liquidación,es decir,salario,2,5 dias por parte de vacaciones y prorrata de pagas extra.
¿Que es eso de que no te quieren pagar?
¿Despido por escrito?
Buenos días, por eso he expuesto mi caso en este portal, para que algún abogado me oriente e informe de los pasos que debo dar, y saber como se calculan los quince días. Gracias.
Buenas tardes, trabajaba en un bazar chino, se supone que iba a se para larga duración pero todo era mentira, solo contrataban a la gente para trabajar un mes y luego cambian. Total me espiden sin antes avisarme, en todo momento me decían que estaban contentos conmigo. Resulta que voy a cobrar y no me quieren pagar. Mi pregunta es, ¿me pueden indemnizar por no haberme avisado quince días antes? Si la respuesta es positiva, ¿me pueden decir como lo calcularía?. Muchas gracias.