Leer este mensaje me ha dado esperanzas
Que injusto es nadie lo sabe más que yo llevo 3 años sin hacer una vida normal por estó, del trabajo a casa de casa al trabajo esta es mi vida ahora.
Gracias David
Me dirijo a la policia para decir que he quebrantado la orden de alejamiento, ¿y porque hicistes eso?, sabindo que tenias una orden de alejamiento, todo lo que has dicho, como el quebrantamiento fue posterior a la denuncia y como aun no te condenaron igual te puedes salvar por ahi...pero eso ya que te lo diga un abogado, porque en este caso no has vuelto a delinquir estando en el plazo de suspension.
suerte.
¿muy indignada, porque no le pides a tu abogada que te aclare las dudas?, por lo que lei en su post despues de ser condenada a los 3 meses, al año mas o menos volvio a cometer otro delito, por lo tanto esta dentro del plazo de suspension, y respecto al articulo mencionado anteriormente, "Que la pena o penas impuestas, o la suma de las impuestas, no sea superior a dos años, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de la multa", yo lo entiendo de la siguiente forma, que si en un juicio te puedes enfrentar a mas de una pena, vamos que te juzgaran por varios delitos pero en "un solo juicio", no quiere decir en varios juicios por distintos delitos, ¿muy indiganada tu abogada es de oficio?, porque si en el caso contrario tienes una abogad a la que estas pagando y no te asesora debidamente, yo de ti cambiaria de abogado, es una opinion.
Te voy ha explicar toda la historia desde el principio, antes de nada gracias por ayudarme.
Mantuve una relación afectiva con un chico no muy normal, esté siempre ha estado metido en líos de peleas, drogas etc...
Estuve con el 5 años el me maltrataba
Psicologicamente, un día decido dejar todo y dejarle hasta hay bien, el tenia antecedentes penales y le digo que le voy a denunciar me amenaza de muerte ( Claro dejo a un chico con el ojo desviado podía ir a la cárcel).
Le denuncio..
Recibo llamadas de él para areglar las cosas yo accedo a ir, me monto una que no veas llame a la policía y me fui a urgencias.
Al día siquiente me levanta la guardia civil diciendome que estoy detenida porque XXXXXXX XXXXXX me ha denunciado por agresiones en esa denuncia yo tambien le denuncio exponiendo los hechos, hasta hay bien le dan una orden de alejamiento.....
Con el tiempo yo me presento a su trabajo y le digo que no mienta que diga la verdad y que no entiendo porque miente diciendo que yo le he pegado.
Me dirijo a la policia para decir que he quebrantado la orden de alejamiento y con el tiempo se cumple el juicio y me ponen 3 meses de prision y pagos de juicio y trabajos en beneficio de la comunidad.
Ahora es cuando se celebra el juicio de las supuestas agresiones.
Ahora lo entiendes? Es muy injusto lo que me está pasando y todo por una verdadera mentira...
Necesito ayuda
Gracias
Es totalmente legítimo preocuparse. Es tu libertad.
Pero no le des más vueltas intentando que la ley diga algo diferente a lo que dice. Mi respuesta es totalmente lógica, y conforme a derecho.
Si eres reincidente no se puede aplicar el art. del CP que mencionas, salvo que pudieras cancelar esos antecedentes. Voy a ser claro: ¿Cuándo te condenaron a esos 3 meses que dices en tu primer post? ¿Porqué delito fue? ¿Pagaste la responsabilidad civil o la multa si la hubo? ¿Cuándo cometiste el delito por el que ahora te piden 1 año?
A lo mejor el que no se entera eres tú no se si seras profesional o no, no tienes ni idea de lo que pasa realmente vale una cosa es preocupacion... o no me puedo preocupar
Condicion primera:"Que el condenado haya delinquido por primera vez". Tú ya has sido condenada con anterioridad, por lo que no parece que sea tu primer delito. Por otro lado, no sé si tus antecedentes son cancelables o no. Por si acaso, léete el CP completo. Te recomiendo los art. 136 sobre cancelación de antecedentes, y el 32 sobre las penas.
Y se han de complir las 3 condiciones, si una falla no se debe de suspender la pena obligatoriamente, depende de otros factores, pero sobre todo de la discreccionalidad del juez.
Por cierto, algo mu jodío has tenío que hacer pa que te condenen a tí (mujer, que estás amparada por la LIVG) en vez de a él....
he estado mirando el codigo y nereorza aqui esta, que hayas delinquido por primera vez " YA SEA SIN ANTECEDENTES PENALES O CON ANTECEDENTES PENALES, con lo cual nereorza yo entiendo que una persona sin antecedentes o con antecedentes cancelados si puede pedir suspensión de condena":
Le transcribo el art. 81 del C.P.:
Artículo 81.
Serán condiciones necesarias para dejar en suspenso la ejecución de la pena, las siguientes:
Que el condenado haya delinquido por primera vez. A tal efecto no se tendrán en cuenta las anteriores condenas por delitos imprudentes ni los antecedentes penales que hayan sido cancelados, o debieran serlo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 136 de este Código.
Que la pena o penas impuestas, o la suma de las impuestas, no sea superior a dos años, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de la multa.
Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado, salvo que el Juez o Tribunal sentenciador, después de oír a los interesados y al Ministerio Fiscal, declare la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las mismas.
Fue al cuartel de la guardia civil con un parte medico dos hematomas y me denuncio yo no hice nada es esa la denuncia claro que yo le denuncie porque el ami insulto me dijo de todo yo anteriormente le denuncie por malos tratos aun no ha salido nada.
Gracias
el no ingresar en prision no vale la suma de todas las condenas a las que te has enfrentadm sino sobrepasa 24 meses, has cometido otro deltio estando dentro del plazo de suspension muy indignada, no quiere decir que si cometes varios delitos y todos ellos no sobrepasa los 24 meses no se entra en prision, estas equivocada muy indignada, eso no es asi, eso es solo por 1 delito, el forero anterior te lo ha explicado muy bien, espero que tengas suerte, ademas si tienes abogado/a es es el unico asesor que te puede informar mejor porque conoce el procedimiento y es quien te defenderá para lograr no ingresar en prision.
Sólo se entra a prisión si la pena es mayor de 24 meses, hasta ahí de acuerdo. Pero ten cuidado, es sólo si la pena es de 1 delito. Si una vez suspendida una pena inferior a 2 años por un delito cometes otro delito, y te caen por ejemplo, 3 meses, puedes ir al talego con la primera pena más la segunda. No seas tan confiada.
La suspensión de pena se da con la condición de que no se vuelva a delinquir, no es un cheque en blanco.
No somos ni tu ni yo abogados, pero veo que opinas mucho en estos foros y te agradeceria que opinases sabiendo algo y no solo asustando porque solo se ingresa en prision con penas mayores a 24 meses lo cual 6 mas 3= 9 meses en total, no obstante gracias David