En términos generales, la jursprudencia acepta que la entidad financiera que va a conceder el crédito, abra una cuenta sin necesidad de la firma del interesado. Por ello, habría que ver qué ha firmado usted con esa entidad, y se le recomienda que lleve lo que tiene a un abogado, pues la apertura de esa cuenta presupone un permiso previo por su parte, dentro de un contrato general de financiación, y la absoluta seguridad de que el crédito ha sido concedido.
Buenas tardes,
El 29 de Julio compramos una casa, desde el 3 de Marzo que firmamos arras, teniendo como intermediarios a una Inmobiliaria, también cogimos los servicios financieros de otra empresa que cuelga directamente de dicha Inmobiliaria, nos ofrecieron unos porcentajes de interés que no eran de nuestro agrado ya que nuestro banco de toda la vida lo mejoraba. Pero resulta que un banco del intermediario, sin ninguna autorización nuestra abrió una cuenta y empezó a mi pareja (todo en principio iba a mi nombre) a solicitar un dinero de liquidacion, pensamos que era un timo hasta que nos dijeron que ibamos a entrar en lista de morosos y preguntamos y efectivamente pasó eso.
He leido esto: https://www.eleconomista.es/legislacion/amp/2315279/El-banco-puede-abrir-cuentas-sin-permiso-al-dar-creditos pero no soy capaz de interpretar si es denunciable de igual manera y cómo en tal caso
Tengo los documentos de la inmobiliaria, el intermediario, los porcentajes (que no se ajustan al contrato del intermediario), las conversaciones con inmobiliaria e intermediario, así como los mensajes de texto recibidos por el banco que nos creó la deuda y el pago hecho haciendo la cancelación, porque imaginaos que desastre si nos meten en morosos en mitad de la compra de una vivienda.