Segun tengo entendido para la adquisicion de la nacionalidad española x matrimonio debe de pasar un año tras la celebracion del matrimonio y ademas residir legalmente en españa, entonces si partimos de una situacion de residencia ilegal, ¿que es lo que sucede?.
El caso es el siguiente: española que se casa en febrero con argentino, ahora ella quiere divorciarse y claro el no accede.