Hola buenas noches soy Ecuatoriana y tengo nacionalidad Española quiero casarme con mi novio es Ecuatoriano donde debería casarme y que necesitaría.?? También quisiera saber si puede viajar conmigo a España inmediatamente y cuánto tiempo se demoraría El en Obtener la Nacionalidad Española..??
Agradecería mucho su respuesta
Muchas gracias..!!!
Amigos me podian ayudar .....me citaron en nobienbre ya entrege todo los papeles dise q la cita es dificil pero no creo x q tengo viviendo 6 años con ella aki emos decidido aser futuro aya la duda es la negaran no tenemis hijos todavia en fururo 2 hijos
hola buenas queria saber una duda yo soy española y mi novio es ecuatoriano pero no me esposible estar en ecuador ya q nos queremos casar pero yo le mande un poder ya q no puedo viajar una ves casados ya q le mande el poder podra presentar el en el consulado español para la incribcion del matrimonio podra presentar fotos y cartas para acreditar mas el matrimonio ya q no puedo yo biajar y estar en el ecuador y q tiempo tardara para q te digan si te an aseptado la incribcion del matrimonio gracias.
Hola, buenos días necesito que me ayuden con la información necesaria ya que mi novio y yo planeamos casarnos en unos meses. Yo tengo nacionalidad española y ecuatoriana y vivo en España y el es ecuatoriano.
Queremos saber que tipo de requisitos y papeles nos piden, para contraer matrimonio y donde deberíamos hacerlo? Yo tendría que llevar mi partida de nacimiento apostilla y también el documento donde consta que soy soltera y empadronamiento de aqui de España para Ecuador todo apostillado
Otra pregunta para inscribir el matrimonio que documentos necesito para inscribirlo en el consulado
Y que tengo que hacer papara que el pueda venir a España
Agradeceríamos que nos informara nos seria de mucha ayuda. Gracias, saludos.
Si usted está divorciado y tiene un hijo menor de edad, para poderse casar en Ecuador es necesario que se lleve a cabo, primeramente, el procedimiento de inventario solemne de los bienes del menor y nombramiento de curador especial para el menor, establecidos en el Código Civil de Ecuador. Y si estuvo casado y se divorció, deberá aportar la sentencia de divorcio con razón de firmeza.
Por eso siempre se pregunta el estado civil y si se tiene hijos menores de edad de relaciones anteriores, porque eso haría necesario el procedimiento antes mencionado.
Si es ecuatoriano y se va a casar en Ecuador, debe hacerlo en el Registro Civil de Ecuador, siguiendo los procedimientos previstos en el Código Civil de Ecuador y en la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Si ostenta, además, la nacionalidad española, deberá solicitar luego el reconocimiento e inscripción de su matrimonio en el Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se lleve a cabo el matrimonio (en Ecuador hay dos consulados con Registro Civil a cargo: Quito y Guayaquil y cada uno es competente territorialmente respecto de un determinado número de provincias).
Hola buenas tardes,leyendo creo que lo tengo claro,pero tengo unas dudas ,me quiero casar en ecuador ,soy ecuatoriano con nacionalidad española y mi chica es de alli (Ecuador) me separe hace tiempo y si tengo 1hijo menor
ahora quiero traerme a mi chica a Barcelona ,como viajare este año quiero casarme alli en ecuador ,mi duda para realizar los tarmites donde los haria en una embajada española? o en un registro civil local?
leyendo un poco todo los comentarios parece que te aclaras pero te lias al mismo tiempo,si me puede guiar un poco, le agradezco de antemano ,gracias
atentamente .
un socio
Si usted es ecuatoriana y su novio también, se deben casar en Ecuador en la forma prevista en el Código Civil de Ecuador y la Ley Orgánica de Gestión de Datos Civiles, esto es, en cualquier oficina del Registro Civil. Para casarse, si ambos son solteros, es suficiente la cédula de identidad y ciudadanía de cada uno y la presencia de dos testigos mayores de edad y plenamente capaces conforme a Derecho.
Pero si alguno fuera divorciado, necesitará presentar la sentencia de divorcio con razón de inscripción en el Registro Civil. Y si fuera viudo, el certificado de defunción del anterior cónyuge.
Si alguno tuviera hijos menores de edad de relaciones anteriores, debe cumplirse con la formalidad exigida por el Código Civil de Ecuador para estos casos: inventario solemne de los bienes del menor (aunque no haya bienes) y nombramiento de curador especial para el menor, lo cual debe llevarse a cabo en los juzgados de lo civil. El curador especial deberá comparecer con los contrayentes el día de la boda y firmar el acta de matrimonio junto con los contrayentes y testigos.
No puede casarse en el consulado de España acreditado en Ecuador porque usted también es ecuatoriana. El matrimonio consular, permitido por la legislación de Ecuador y también previsto en la legislación española, no es posible cuando al menos uno de los contrayentes, no obstante tener la nacionalidad del Estado del consulado, es al mismo tiempo nacional del Estado anfitrión o soberano territorial.
Por eso, lo que correspondería en su caso sería solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del consulado de España acreditado en Ecuador (Quito o Guayaquil, según sea la provincia donde se celebró el matrimonio) y luego solicitar un visado de entrada en el espacio de Schengen para su cónyuge. Una vez dentro de España, podrá solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.
Buenos días quiero hacer una pregunta
Yo soy ecuatoriana pero tengo.la nacionalidad española quiero irme ami.pais en un mes para para poder casarme con mi novio que es ecuatoriano quisiera saber que documentación necesitamos tanto el como yo para contraer matrimonio y que el luego pueda venir a vivir aqui en.españa conmigo si debo celebrar la boda en.el consulado español
Y que necesito después para que el pueda venir aqui si yo tengo que tener piso y tener trabajo y muchos ingresos
Quisiera que me diga y me aclaré todo lo necesario gracias
Si usted es español y ya ha inscrito el matrimonio en el Registro Civil español y tiene ya en su poder el certificado literal de matrimonio, la solicitud del visado de entrada en el espacio Schengen para cónyuge de español puede solicitarse en el consulado de España que le corresponda en Ecuador (Quito o Guayaquil) y la resolución suele tardar alrededor de un mes. Tiene un procedimiento especial, diferente del de petición de visado como turista y del de reagrupación familiar en régimen general.
Hola, buenas noches necesito que me ayuden con la información necesaria ya que mi novia y yo planeamos casarnos en unos meses. Ella tiene nacionalidad española y ecuatoriana y vive aquí hace ya algunos años y yo soy ecuatoriano.
Queremos saber que tipo de requisitos y papeles nos piden, hemos oído que para casarnos hay que hacerlo en el consulado español ya que nosotros tenemos la intención de irnos a vivir a España y que así se haga todo mas fácil y rápido.
Agradeceríamos que nos informara nos seria de mucha ayuda. Gracias, saludos.
Infinitas gracias, Condedecartagena, me has ayudado mucho al aclararme mis dudas,intentaremos celebrar la boda en el consulado español; aun así,veremos todas las opciones que podamos llevar a cabo,tanto en el consulado ecuatoriano como en otro país colindante. Gracias de nuevo y un saludo.
MATRIMONIO EN ECUADOR, EN CONSULADO DE ESPAÑA, SEGÚN LEYES ESPAÑOLAS:
1.- Han de iniciar el expediente matrimonial previo ante el cónsul de España en la demarcación consular. En Ecuador hay dos consulados generales de España, uno que constituye la Sección Consular de la Embajada de España, en la ciudad de Quito y otro Consulado General en la ciudad de Guayaquil. Existen, además, un Viceconsulado Honorario de España en la ciudad de Cuenca (provincia del Azuay) y un Viceconsulado Honorario en la ciudad de Manta (provincia de Manabí). El expediente previo se tramitará de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil español y la Ley de Registro Civil de España y su Reglamento. Exigirán lo mismo que exigen en España, tanto a ti, como a la chica.
2.- La ceremonia de matrimonio, una vez llevado a cabo el expediente previo, se celebrará en la sede del consulado español, no puede ser en ningún otro sitio, porque solo el consulado general goza de estatuto de extraterritorialidad y por tanto, solo en sus instalaciones es posible aplicar la ley española.
3.- Una vez casados, recibirán el acta de matrimonio y el Libro de Familia. Entonces, la chica ha de solicitar al consulado español un visado de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea, en virtud de matrimonio celebrado contigo, para que le sea posible viajar a España en esa calidad y pueda pedir aquí la correspondiente tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, que le permitirá residir y trabajar sin problemas.
Si optasen por esta vía, la del matrimonio según las leyes españolas en algún consulado de España en Ecuador, tú no necesitarás el visado de no inmigrante referido en el apartado anterior, pues te estás casando según leyes españolas, no según leyes ecuatorianas (y el visado lo exige Ecuador para los que quieran casarse en su territorio SEGÚN SUS LEYES), aunque estés en Ecuador, pues ten presente que el recinto donde funciona el consulado español se considera territorio español.
Aunque esté de más decirlo, lo digo: tanto TUS DOCUMENTOS que pretendan hacerse valer ante autoridades ecuatorianas, como los documentos de la chica, que pretendan hacerse valer ante autoridades españolas, han de estar debidamente legalizados por vía diplomática, en este caso, basta con la Apostilla de La Haya, ya que ambos países, España y Ecuador, son signatarios del convenio que la establece.
Si ella tiene también la nacionalidad argentina, SÍ PUEDE invocarla ante el consulado español, pero éste en cambio le solicitará que acredite el motivo por el que se encuentra en Ecuador, entonces eso no lo podrá probar, ya que para Ecuador es ecuatoriana.
SUGERENCIA : Si lo que quieren es radicarse en España, lo mejor es casarse en el consulado español en Ecuador, según leyes españolas, luego, tramitar el visado de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea para ella.
Al niño de ella, lo tiene que reagrupar ella, porque es su madre, tú no tienes la patria potestad sobre él. Pero además, si el niño es ecuatoriano, necesitará la autorización de su padre para poder salir de Ecuador, aunque ella tenga la custodia y la patria potestad ...si el padre le niega la autorización, entonces el menor no podrá salir de Ecuador y si ella se lo llevase sin cumplir ese requisito, estaría cometiendo un delito. Esto, sobre todo, porque el menor goza de una especial protección, tanto por las leyes de Ecuador como por el Derecho Internacional. Incluso el propio consulado español, para conferirle el visado al niño, exigirá que el padre de la criatura autorice que el niño viaje a España.
Espero haberte podido ayudar.
Cordialmente,
ERICK
Abogado ecuatoriano, también habilitado para ejercer en España.
Hola. Si te quieres casar en Ecuador con una ecuatoriana, según leyes ecuatorianas, debes llevar:
1.- Acta de nacimiento (copia literal).
2.-Certificado de capacidad matrimonial conferido por el Registro Civil español.
3.- Puedes entrar en Ecuador sin visado. Ahora bien, desde hace aproximadamente un mes, el Consejo Consultivo de Política Migratoria, que depende del Ministerio de Gobierno, resolvió, en virtud del incremento de matrimonios por conveniencia entre ciudadanos cubanos, que han llegado masivamente a establecerse y ecuatorianos, con el objeto de obtener la visa de inmigrante y luego la nacionalidad, EXIGIR a TODOS los extranjeros que pretendan contraer matrimonio en Ecuador el visado de NO INMIGRANTE, de la cual hay 11 categorías, siendo las más convenientes para alguien que va solo con el fin de contraer matrimonio, la 12-IX y la 12-XI.
4.- Contraer matrimonio civil en Ecuador, salvo por la reciente exigencia de visado de no inmigrante para los extranjeros que van a casarse ahí, es relativamente fácil: van ambos contrayentes a la oficina de la Jefatura Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación, a la Sección Matrimonios, solicitar contraer matrimonio e ir acompañados de dos testigos cada contrayente y abonar la tasa que creo era de unos 15 ó 20 dólares. Se limitan a constatar que no haya impedimentos del contrayente ecuatoriano como a tomar nota y dejar sentada razón de los documentos acreditativos de identidad y capacidad matrimonial del contrayente extranjero y se procede con la celebración. Al final de la ceremonia, se les entregará copia certificada del acta de matrimonio. Luego, el ya cónyuge extranjero del ciudadano ecuatoriano puede, si desea radicarse en Ecuador, solicitar en la Dirección General de Extranjería, del Ministerio de Gobierno, el visado de INMIGRANTE, categoría 9-VI, que le dará derecho a obtener cédula de identidad ecuatoriana y a residir y trabajar permanentemente en Ecuador, como cualquier ecuatoriano.
5.- Luego, hay que hacer reconocer ese matrimonio celebrado en Ecuador, según leyes ecuatorianas, en España, debiendo solictarse su inscripción en el Registro Civil español, solo con efectos declarativos. Luego, con la certificación de la inscripción en el Registro Civil español, lo que significa que España ha reconocido ese matrimonio, puede iniciarse el trámite de solicitud de visado como cónyuge de ciudadano de la Unión Europea.
Si la chica tiene ya doble nacionalidad, ecuatoriana y argentina, he de decir que mientras esté en Ecuador, es considerada exclusivamente ecuatoriana, no puede alegar ante autoridades ecuatorianas su otra nacionalidad.
Muchas gracias por la respuesta, Luz-Esperanza. Mi novia es argentina y tiene nacionalidad ecuatoriana por sus padres,ella está ahora allí en Ecuador,¿podríamos casarnos apelando a su nacionalidad argentina? Gracias de nuevo. un saludo.
Como ella esta en su pais deberia ser por la via nromal se podrian casar en el consulado español pero en otro pais del cual ninguno de los 2 fuese ciudadano. Ejemplo: Tu que eres español y ella ecuatoriana que se casaran en Colombia o en peru... Pero tendrias que contactar con el consulado español en ese sitio (para llevarse los documentos necesarios)
Saludos
Hola,soy español y mi novia es de Ecuador y vive allí.En junio voy a Ecuador para estar un mes,queremos casarnos allí,pero nos hemos enterado de que una nueva ley de ese país obliga a los extranjeros a residir al menos 72 días allí para casarse.Quisiera saber si es posible casarse en el consulado de España en Ecuador y si no ex¡gen ese plazo de permanencia en el país.Si eso fuera posible,pediríamos visados para ella y su hijo de seis años para que pudieran venir conmigo a España como familiar de español.También sabemos los documentos que necesito yo para casarme allí, que son :certificados de nacimiento, soltería y empadronamiento;pero no sabemos qué documentos más, tanto de ella como míos,nos exigirán para los visados,Muchas gracias por su ayuda.Un saludo.