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Matrimonio Comunitario y extracomunitario.

9 Comentarios
 
02/02/2017 21:46
Plerre007
Buenas noches. Mi pareja es indio y yo española. De momento él está allí y yo aquí. Me gustaría saber si existe alguna posibilidad de casarnos en España sin tener él papeles, solo visado de turista.
Muchas gracias por su atención.
Un saludo.
08/02/2013 13:39
Mil gracias Honorable Condedecartagena,

Entendí todo lo que me ha explicado.
Tengo solo una duda más al respecto,
Para registrar el matrimonio nuestro que se hará aquí en el Reino de España. Es necesario,ella presente una serie de documentos,entre los cuales son mi copia de Pasaporte,que verificarian completamente todo.Por tal y cual razón si fuese así, estabamos pensando hacerlo después que tenga mi Tarjeta de Familiar Comunitario,solo la gran duda me viene es: Para obtener la tarjeta de Familiar comunitario,es requisito nuestro certificado de matrimonio este inscrito en nuestros consulados? porque con mi consulado no hay ningún problema,pero con el de ella sí habría hasta no estar en situación regular,para no tenga ella problemas,yo no quisiera que por mí ella tenga problemas ante la ley holandesa,y todo por lo que hize,y por hacer lo que aquí es un derecho de poder casarse independientemente de la situación legal de la persona.Si fuese así mejor no haría nada.Le quiero demasiado como para que tenga problemas por mí.No sería justo.
Nuestra idea es vivir aquí en España,no tenemos planes de irnos a vivir a Holanda o otro país,En estos 7 años España ha sido como su segundo hogar,puesto que cada vacaciones tenía, inmediatamente venía a verme y estar juntos.Espero su futura respuesta,y de verdad gracias por sus consejos.
Mis cordiales Saludos
Plerre
08/02/2013 00:54
Hola.

DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR CONSULADOS EXTRANJEROS ACREDITADOS EN ESPAÑA:

Para que puedan surtir efectos ante autoridades españolas, deben ser legalizados en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España (C/ Juan de Mena 4- Madrid) y traducidos al castellano por traductor jurado. Excepcionalmente, no necesitan legalización, los documentos expedidos por Consulados de países con los que exista Convenio para eximir de legalización. Al respecto, existe el Convenio de Londres número 63, del Consejo de Europa, que exime de legalizar los documentos expedidos por agentes diplomáticos y consulares de los países signatarios acreditados en el territorio de los demás signatarios.

En su caso: debe hacer legalizar en el Ministerio de Asuntos Exteriores (C/Juan de Mena 4-Madrid), el certificado de estado civil peruano. El holandés, no es necesario, porque el Reino de los Países Bajos sí es signatario del Convenio de Londres número 63 del Consejo de Europa. Pero, en cambio, sí debe hacer traducir el certificado holandés por traductor jurado, en el caso de que sea expedido en neerlandés (algunos consulados extranjeros expiden certificados directamente en castellano cuando se van a utilizar ante autoridades españolas, para ahorrarles tiempo y dinero a sus nacionales, pero no todos lo hacen).

NOTA.- No olvidar que, como ambos son extranjeros, deben solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en sus respectivos Consulados acreditados en España.

TARJETA DE RESIDENCIA COMO FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN:

1.- Impreso EX-19, por duplicado.

2.- Pasaporte en vigor.

3.- Pasaporte en vigor del familiar comunitario que da derecho a la tarjeta.

4.- Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros del familiar que da derecho a la tarjeta.

5.- Certificado literal de matrimonio de ambos: si se ha celebrado en España o en el país de nacionalidad del comunitario, es suficiente el certificado español o del país de nacionalidad del comunitario. Si se ha celebrado en un Estado extracomunitario, es necesario que el matrimonio haya sido reconocido por el país de nacionalidad del comunitario.

6.- Certificado de empadronamiento de ambos.

7.- Documentos que acrediten que la persona que da derecho a la tarjeta se halla en alguno de los siguientes supuestos:

- Trabajador por cuenta ajena o cuenta propia.

- Desempleado invountario que percibe prestación por desempleo y está inscrita como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal.

- Estudiante matriculado en centro de estudios en España, que goce de beca y seguro médico o que sin beca, disponga de recursos económicos suficientes y tenga seguro médico.

- Si no se ejerce actividad económica alguna, documentos que acrediten disponibilidad de recursos económicos suficientes y seguro médico.


PLAZO.- El plazo fijado por el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, para la expedición de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión es de TRES MESES y el sentido del silencio administrativo es positivo. La Directiva 38/2004/CE, con todo, pone como límite máximo seis meses. Los tres meses son el plazo en el que se estudia y califica el expediente y se resuelve al respecto. Con la resolución de reconocimiento del derecho de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, se debe expedir la tarjeta. El tiempo que se tarde en expedirse la tarjeta, ya depende de cada provincia: aquí en Barcelona es un mes, pero en otras provincias puede tardar más.

Un cordial saludo.
07/02/2013 19:23
Buenas Tardes Honorable y Respetable Condedecartagena.

Usted como siempre sabio sobre estos temas,pregunte en el registro civil del lugar donde estoy empadronado,solo nos piden solteria,y demas casos,excepto no nos piden capacidad matrimonial.
Por lo cual ya no pediremos ese documento. lo que si vamos a hacer es el certificado de no publicacion de edictos que nos pide el registro civil,deberemos pedirlo en nuestros respectivos consulados y luego legalziarlos,pienso eso podemos hacerlo en un notario,o deberia hacerse en otro lugar,porque nos dijeron que el certificado emitido de nuestros consulados debera traducirse sino esta escrito en el idioma castellano,y legalizarse.Tambien nuestros certificados expedidos en el extranjero tienen validez de 6 meses,si fueran emitidos en España es 3 meses.O si y que el trámite suele ser complicado y suele demorar hasta 3 meses.Puede demorar más?deberemos hacer una comparecensia para la audiencia reservada,de la cual no tenemos miedo o temor,somo una pareja seria que ya tiene 7 años y 5 meses.

Solo por decir,este consulado Holandes,para una declaracion jurada civil,le pedia a mi novia,dni,empadronamiento,y no se porque razon mi pasaporte y tarjeta de residencia. En cambio edictos no leo en su email me dicen es necesario eso.Felizmente su certificado de solteria,ella lo pidio en Amsterdam,plurilingüe y apostillado.
Tenía una curiosidad ahora,espero no molestarle,incomodarle o caer pesado por mis mensajes.
La pregunta era,cuales son los documentos tendriamos que hacer para la tarjeta de familiar comunitario
Ella tiene sanidad privada,igual yo.tiene una cuenta bancaria que supera los 12mil euros. el monto que le pidieron para registrarse como comunitaria fue 5mil y algo como recursos economicos y me dijeron que el monto para mostrar por ser su conyuge es menor.Pero no estoy seguro si sea cierto.Y por último he escuchado que el trámite para tarjetas de familiares comunitarios en madrid suele demorar 3 meses maximo a dar una respuesta ( puede tardar menos?)otras veces mas de 3 meses,para luego ir a poner las huellas dactilares,pero mi pregunta va a esto,luego de eso se debe esperar más meses para obtener esa tarjeta?
Le agradezco su ayuda y su respuesta.Le estamos agradecidos por todo.

Mis cordiales saludos
Plerre

03/02/2013 22:16
traducido en la pagina web del ayuntamiento de Amsterda,sobre capacidad matrimonial se dice esto:

¿Te casas en otro país? Entonces a veces necesita una declaración de matrimonio. Esto dice que no se está casado y que usted y su pareja pueden casarse entre sí bajo la ley holandesa ( esta parte no es muy clara al traducir,si mi novia y yo lo traducimos dice casarse nada mas). Tienes esta declaración necesaria sólo si le preguntan específicamente.

Debe tener usted y su pareja:
una identificación válida con fotografía.
Si usted no vive en Amsterdam: una copia de la partida de nacimiento si nunca han sido registrado en Amsterdam (disponible en el municipio donde naciste) y
evidencia de su actual estado civil, nacionalidad y lugar de residencia.
Matrimonio en el extranjero
Para entrar en un matrimonio en el extranjero, usted debe cumplir los requisitos de ese país. Informate de las autoridades del país donde desea contraer matrimonio.
nada de esto hay problema,lo que tememos es,al tener que yo mostrar lugar de residencia,soy peruano,y mi situacion es irregular,me suena a que con eso verifican que situacion tengo. Cuando ella pregunto por telefono a su ayuntamiento,le dijeron,con quien se iba a casar,si era español o? pero antes de eso solo le habían dicho partida de nacimiento y soltería.
en la pagina web del consulado español muestra que documentos debe traer ella para casarse,pero le dicen que españa pide certificados de capacidad matrimonial. A mi me huele que es para negar la inscripción del matrimonio,si se llegase a realizar,o no dárselo y llevarse problemas,ya que en Holanda,es un país no permite los matrimonios si uno de los contrayentes está en situación irregular,ahora sobre los edictos,acabo de leer,siempre las amonestaciones se hacen de 20 a 45 antes del matrimonio.pero la prueba de ello ya no es frecuente. esto lo dice el consulado holandes en madrid.Y solo los holandeses antes de casarse siempre deben de convivir 2 semanas antes de empezar el procedimiento de matrimonio.

http://spanje.nlambassade.org/producten-en-diensten/consular-services/trouwen

De verdad no sé que debo hacer ahora.Ya mis certificados de nacimiento y soltería los tenemos,pero y que hacemos con el de empadronamiento?

Le agradezco su ayuda,espero me pueda aconsejar que hacer.
Mis cordiales Saludos
Plerre
03/02/2013 21:41
Hola.

La legislación española no exige un certificado de capacidad matrimonial a los extranjeros. Pero sí les exige un certificado de estado civil.

Ahora bien: si la normativa del Estado del cual es nacional la persona extranjera, establece algún procedimiento o formalidad previos como necesario para que el sujeto pueda contraer matrimonio válidamente en el extranjero, debe darse cumplimiento a ellos. Tendrá que consultarlo con el Consulado de su país.

Si la normativa exigiera la publicación de edictos en el Consulado (como por ejemplo sucede, de lo que me es conocido, en las normativas francesa e italiana), debe llevarse a cabo tal procedimiento, ya que ese certificado sí que se lo exige en el Registro Civil español.

Un cordial saludo.
03/02/2013 21:13
Disculpe la molestia,leyendo sobre la capacidad matrimonial para los holandeses,es un documento para verificar si ella y yo nos podemos casar,pero he leído que solo es necesario si en el país se va a casar le piden obligatoriamente ese documento.
si me voy a casar en Madrid,es necesario la capacidad matrimonial?
disculpe la molestia de nuevo.
Mi cordial saludo
31/01/2013 18:55
Muchisimas Gracias,le estamos agradecidos por todo,disculpe el retraso de nuestra respuesta,ahora entendemos todo,mos ha salvado. Dios le bendiga.
Nuestros cordiales saludos
Plerre
28/01/2013 21:19
Hola.

1.- Para poder contraer matrimonio en España, cuando ambos contrayentes son extranjeros, es necesario que, al menos, uno de los contrayentes esté domiciliado en España. Es indiferente si el extranjero es extracomunitario y se encuentra en situación administrativa irregular en España. Lo fundamental es que tenga su domicilio en España, tal como lo define el Código Civil: el lugar de su residencia habitual. Si usted es peruano y reside habitualmente en España, es España su domicilio, aunque pudiera encontrarse en situación irregular. Por tanto, se cumple con el requisito.

2.- Los certificados de su novia, si son los plurilingües, le sirven, sin necesidad de legalización alguna (Convenio de Viena de la Comisión Internacional del Estado Civil, sobre certificaciones polurilingües).

3.- Si usted ha estado empadronado en municipios diferentes durante los últimos dos años, deberá presentar el histórico de esos empadronamientos, pues se lo requiere dentro del expediente. De modo que debe presentar el certificado de empadronamiento actual y los certificados históricos de sus empadronamientos anteriores.

4.- A los extranjeros, se les requiere un certificado del Consulado de su país, en el sentido de si de acuerdo con su ley es o no necesaria la publicación de edictos, como formalidad que debe preceder a la celebración del matrimonio. Si no es necesario, el Consulado debe expedir certificado en este sentido; si es necesario, un certificado en tal sentido, más lo que se debe hacer en el caso de matrimonio en el extranjero y si se debe hacer alguna diligencia, realización de la diligencia y resultado.

5.- Los certificados de capacidad matrimonial se deben aportar si la ley del país del que es nacional alguno de los contrayentes, prevé que para el caso de matrimonio en el exterior, ante autoridades extranjeras, se deba previamente obtener un certificado de capacidad matrimonial. Esto, puede variar de un país a otro, por lo que debe consultárselo con precisión al Consulado de los países de los cuales son nacionales ambos contrayentes.

6.- En la tramitación del expediente matrimonial previo, hay un plazo de 90 días naturales para expedir el auto favorable o auto denegatorio. Si se demora más, se puede denunciar la mora y esperar otros 90 días.

7.- Cuando se notifique con el auto favorable, las personas pueden hacer uso del derecho establecido en el art. 249 del Reglamento de Registro Civil y solicitar que se celebre el matrimonio dentro de los tres días siguientes a la conclusión del expediente, en el día y hora que fije el Encargado del Registro Civil.

8.- El consentimiento matrimonial puede prestarse en España:

- Ante el Encargado del Registro Civil que instruye el expediente matrimonial previo.

- Ante otro Encargado, por delegación del instructor, siempre que se lo solicite en el escrito inicial o durante la tramitación.

- Ante el alcalde o concejal en quien delegue, si se lo solicita en el escrito inicial o durante la tramitación.

No es recomendable contraer matrimonio ante el alcalde o concejal delegado, en el Ayuntamiento, si se busca agilidad, porque suele haber listas de espera y luego, cuando se celebra el matrimonio, todavía debe esperarse a que se inscriba en el Registro Civil.

9.- Para los títulos procedentes de la Unión Europea, la regulación es diferente. Pero, normalmente, se requiere solo el certificado académico de los estudios, que tenga la duración en años académicos, las asignaturas cursadas y los créditos de cada una (cada crédito comporta una carga horaria). No se suele requerir programas de estudios.

http://www.mecd.gob.es/horizontales/servicios/gestion-titulos/estudios_universitarios/reconocimiento-profesional-titulos-ue.html

10.- La compulsa no es otra cosa que el cotejo de la copia con el original y la certificación en la copia de que es conforme con el original exhibido. Lo pueden hacer los funcionarios del propio Ministerio o de la Alta Inspección de Educación, cuando es fuera de Madrid. Puede también hacerlo un notario (testimonio por exhibición), pero costará dinero, que bien puede ahorrarse.

Un cordial saludo.
Matrimonio comunitario y extracomunitario.
28/01/2013 18:35
Buenas tardes antes todo.
Quisiera saber mi estas dudas tengo en estos momentos pueden ser resueltos.
Mi novia es holandesa y yo soy peruano.
Queremos empezar el tramite de matrimonio civil en Madrid el mes de Febrero (15) o Marzo ( primeros dias).
Tenemos estos documentos:
Certificados de nacimiento, ella tiene el internacional y en holandes( que ha sido traducido a español)
certificados de solteria, ella tiene internacional y en holandes (tambien traducido a español por jurado oficial)
certificados de empadronamiento,mio de madrid,pero he estado empadronado en diferentes ayuntamientos de madrid,donde debere de pedir eso?en el ultimo que estoy ahora registrado?,el de ella de amsterdam que ya lo tiene.
certificados de inscripcion consular( yo si tengo,su consulado dice que no emite eso)
certificado de publicacion de edictos( ella no necesita,yo si deberia,pero el consulado peruano da un certificado que no es necesario tenga que hacer eso)
certificados de empadronamiento.
copias de nie.
declaracion jurada que es en el registro.
formulario tambien ahi.
certificado de capacidad matrimonial( necesitamos hacer eso? es obligatorio? porque en el consulado peruano en madrid he leido en su web y no da esos certificados)(ella si puede,pero le piden documentos mios para darselo)
Sabemos que primero tenemos que ir al registro civil abrir el expediente y ir con 2 testigos 18 años.tambien sabemos de la cita de preguntas.
Lo que no sabemos es si es demora tiempo para la ceremonia,si luego fue aprobado solo sabemos que los 3 dias sgtes podemos casarnos,pero demora eso? he leido en foros algunos casos que demora eso en el ayuntamiento,tambien se puede en el juzgado?stambien demorara? sabemos que para la ceremonia pueden ser los 2 testigos que se abrio el expediente como otros si queremos.si uno de los testigos para la ceremonia no habla español,tendriamos que buscar un interprete?
Sus partidas que han sido dadas en holandes y traducidas,tambien estan con apostilla.la partida internacional solo tiene la apostilla (convenio de viena)y al final inscribir nuestro matrimonio en nuestros respectivos consulados.
otra duda tenia es sobre homologacion de estudios,ella tiene su diploma,en la parte de atraz dice los cursos y que aprobo los cursos.
Pero cuando ha pedido su certificado de notas o syllabus no saben de que habla en el lugar estudio,y nunca recibio nada,y le dicen en el ministerio de exteriores holandes que es suficiente para homologar en otro pais , su diploma y un tal documento verklaring( que dice explica sobre sus estudios,cursos( materias)y sobre su carrera en general que esta basada,traducido en español es certificado academico) pero leyendo y preguntando en el ministerio de educacion cultura y deporte es importante tenga cursos,horas,que llevo,mas el diploma para asi poder y ver si es posible homologar.
ese es su gran problema,no sabemos que hacer,traducir es sencillo,apostilla tambien,y en españa tener las compulsas en las fotocopias,ya que el consulado español en amsterdam,no da compulsas.
Esperamos recibir una respuesta y ayuda vuestra,les estariamos eternamente agradecidos,porque realmente no entendemos los puntos indicados mas arriba.
Mis cordiales saludos
Plerre