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Maternidad

1 Comentarios
 
26/03/2003 09:04
Laboralmente queda en suspensión del contrato de trabajo. En cuanto a las prestaciones se exige estar dada de alta en la Seguridad Social y tenr 180 días cotizados en los últimos cinco años. Ahora bien, el Consejo de Ministros del día 7 de este mes en curso, ha eliminado la obligación de cotizar a la Seguridad Social el período de 180 días durante los cinco últimos años para acceder a la prestación de maternidad. La prestación consiste en el 100 % de la base reguladora por la que se cotiza.
Sin embargo, desconozco si ha entrado en vigor esta normativa o está pendiente de su desarrollo reglamentario ya que no he visto últimamente los BOEs. Si algún compañero forista conoce la entrad en vigor podría comunicarlo. Saludos.
Maternidad
26/03/2003 08:25
Trabajadora con contrato laboral en el servicio andaluz de salud, renovando cada dos meses. En el supuesto de que cuando vaya a dar a luz este vigente uno de los contratos de trabajo, ¿en que situacion queda laboralmente, que prestaciones le corresponde y tiempo, asi como cual sera su situacion cuando acabe la maternidad??