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maternidad

12 Comentarios
 
Maternidad
perfil edi
02/03/2009 15:24
NANDO BCN-ELGRANDE 33

gracias por vuestra informacion, si pudiera ser me gustaria aclaraseis un tema en concreto:
El contrato es de obra, no se si se llama asi exactamente pero el caso es que termina el 31 de julio.
El parto esta previsto para primeros de octubre, en esta fecha naturalmente ya no estara en la empresa.
Tenia entendido que el permiso maternal eran 16 semanas de las cuales seis eran forzosamente despues del parto pero que las otras diez semanas se podian coger antes del parto.
Esas diez semanas comenzarian a mitad de julio fecha en la que aun pertenece a la empresa, con el fin de que al finalizar julio continuase cobrando el permiso maternal y al finalizar este, cobrara el paro.
Como dicen que el permiso maternal se solicita al inns y se comunica a la empresa a partir de la fecha del nacimiento, se viene abajo todos los proyectos.
Por favor, me podeis aclarar si esto tiene alguna solucion y los tramites. Mil gracias. saludos
02/03/2009 21:30
edi con respecto a lo q expones "Como dicen que el permiso maternal se solicita al inns y se comunica a la empresa a partir de la fecha del nacimiento, se viene abajo todos los proyectos" es erróneo, pq el descanso maternal comenzará desde el día del parto o la del inicio del descanso a opción de la interesada,la madre podrá adelantar el descanso hasta en 10 semanas a la fecha prevista para el parto, según informe de maternidad del Servicio Público de Salud, o hasta en 12 semanas, si se trata de embarazos gemelares).
Lo importante es saber cuando la embarazada cumple los seis y meses de embarazo (30 semanas) pq a partir de dicha fecha, puede solicitar la prestación de Descanso Maternal ante el INSS.
De finalizar el contrato de trabajo (31/07/09) y no tener el tiempo que se solicita antes de ese día (30 semanas de embarazo), pasaría al desempleo y de tener derecho a las prestaciones contributivas del mismo, como se toma como situación asimilada al alta, pues cuando tenga el parto, solicita el descanso maternal, teniendo derecho al cobro de dicha prestacion, se hará un parentesis en el paro, para reanudarlo a continuación de la finalización del período maternal. Saludos.

02/03/2009 21:37
Los trámites consisten en acudir al medico del Servicio Publico de Salud, para solicitar el Informe de Maternidad (deberás aportar el certificado de alumbramiento del hospital), entregas ese informe de maternidad a la empresa y esta te la devolverá debidamente cumplimentada. Por ultimo deberás cumplimentar el modelo oficial del INSS (Solicitud de Maternidad) y entregar toda esta información en cualquier registro oficial, preferentemente ante las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, q es la Entidad Gestora que abonará la prestación si se dan los requisitos exigidos....situación de alta o asimilada al alta.....cotizaciones previas........etc......Saludos.
perfil edi
03/03/2009 00:25
Si se adelanta el permiso de maternidad 10 semanas ( antes de la fecha prevista del parto), cuando se puede pedir el permiso es cuando lleve 26 semanas de embarazo y no 30 como dices ¿ no?
puesto que un embarazo normal son 9 meses ( en semanas 36 y no 30 como dices). Entiendo que en ese momento se solicita el permiso al inns aportando un informe del medico de cabezera de la seguridad social al inss , el cual dictara resolucion en el plazo de un mes. Pero hasta que resuelva el inns., SUPONGO QUE EL MSMO INFORME DE EMBARAZO del medico de la seguridad social sera el que sirva para solicitar ala empresa el comienzo del permiso.
Otra cosa a aclarar es que como el ginecologo es particular, supongo que su informe valdra para que el medico de cabezera de la seguridad social emita el informe de embarazo que aludiamos antes. No creosea necesario vaya al ginecologo de la seguridad scial.
que opinas de todo esto?
gracias. edi
03/03/2009 17:40
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Preguntasmasfrecuen37888/SubsidiosyotrasPres48581/Maternidad/Gestion/index.htm
perfil edi
04/03/2009 13:17
gracias a todos.
05/03/2009 21:35
edi, el tiempo de un embarazo son 40 semanas, ya que cada mes trae mas de 4 semanas, (4 semanas 3 dias aprox dependiendo del mes). El embarazo se cuenta a partir del primer dia de la ultima menstruacion. Asi que si adelantas el Descanso Maternal, tendrías que tener cumplidas 30 semanas de embarazo (6 meses y medio).
Si todavia tienes alguna duda, pues informate en cualquier ofic. del INSS y verás la respuesta que te dan ok.........Saludos.
05/03/2009 21:40
edi y por si te sirve de mejor aclaración.....El embarazo dura un promedio de 266 días (38 semanas) desde el día de la concepción o 280 días (40 semanas) desde el primer día de la última menstruación. La fecha aproximada del parto se calcula restando 3 meses desde el primer día del último período menstrual y agregándole 1 año y 7 días. Sólo el 10 por ciento o menos de las mujeres embarazadas dan a luz en la fecha estimada, pero el 50 por ciento lo hace con un margen de 1 semana y casi el 90 por ciento 2 semanas (antes o después de fecha). Por consiguiente, un parto que se produzca 2 semanas antes o después de la fecha calculada se considera normal. Saludos.
perfil edi
08/03/2009 14:04
gracias dragocan . si lo tengo claro. Si quieres ayudarme un poco mas y como veo que sabes de que va ¿ me podrias decir si el informe de maternidad del ginecologo privado se puede presentar al medico de cabezera de la seguridad social para que este de el informe para solictar al inss el permiso de maternidad o forzosamente tiene que ser al ginecologo de la seguridad social ?
gracias.
08/03/2009 20:31
hola buenas tardes mi mujer esta embarazada de 7 mesesy estaba de baja por el embarazo haces 1mes y medio pero en su empresa an hecho un expediente de regularizacion y el dia viernes 6/02/09 le llego un borofax donde la despedian por motivos economicos (porque no hay pedidos) pero le an pagado 20 dias por año trabaja y una indeneczacion de 33 dias de trabajo y queria saber si puedo demanda ya que yo yenia entendido de que no se puede despedir por embarazo ya q la empresa no lo a tomado en cuenta,tomando encuenta en este caso es la situcion economica de la misma, tambien queria sabes si le corespondela paga de verano y navidad ya q tampocop se las an pagado. muchas gracias y espero buestras respuestas.


08/03/2009 20:34
perdon el dia 6/marzo/09
09/03/2009 06:38
edi, por supuestisimo que puedes presentar el informe del ginecologo privado al facultativo de la seguridad social, para q éste emita el Informe de Maternidad y luego presentar ante las oficinas del INSS. Saludos.
perfil edi
09/03/2009 14:33
Perdona Dragocan, se ve que no me he expresado bien. ya se que vale el informe del ginecologo particular. la duda es ante quien hay que presentarlo . si ante el medico de cabezera de la seguridad social o ante el ginecologo especielista de la seguridad social.
¿ me lo puedes clarae? gracias mil
saludos. edi