Mi pregunta es si se puede pedir una manutencion retroactiva,osea desde el momento del nacimiento,una vez que atravez del juzgado,se reconoce al niño?el niño tiene 9 meses,el padre nunca le pago nada hasta esta fecha,aunque la madre le pidio que le ayude con el dinero.Estan pendientes de las pruebas de ADN,y el mes que viene hay un juicio para medidas cauterales,donde se ha pedido una manutencion provisoria hasta que se acabe el procceso de reconocimiento de paternidad.Se tenia que pedir la manutencion retroactiva en las medidas cauterales,o luego,despues de que se acabe el reconocimiento de paternidad?He entendido que tambien se pueden pedir los gastos de maternidad,dado el hecho que el parto fue en una clinica privada.
"La obligación de dar alimentos será exigible desde que los necesitare, para subsistir, la persona que tenga derecho a percibirlos; pero no se abonarán sino desde la fecha en que se interponga la demanda."
Como podrá ver, no se está obligado a prestar alimentos si no desde que se demandan judicialmente; en su caso, entiendo que con la demanda de paternidad y dentro de las medidas cautelares/provisionales.
En cuanto a los gastos de embarazo y parto, será muy difícil conseguir su abono si usted, en su momento, no requirió extrajudicialmente su abono, y además usted no los tenía cubiertos por la sanidad pública, y por ello usted hubiese contraido deudas para abonarlos.