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manipulación contador luz (continuación)

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17/10/2014 22:13
Para morganmadrid:

Gracias por interesarte, el primer post fue el 19/08/2014.

Gracias
17/10/2014 21:45
Para manran:

Indique la fecha de su pregunta inicial; yo desde luego he llegado mirando todos y cada uno de los post hasta el 12 de Septiembre y no lo he encontrado.

Saludos.
17/10/2014 21:39
para morganmadrid:

Buenas tardes.

No he recibido de Iberdrola nada más que aquella única carta que he recibido el 13.10 y donde me informan que han encontrado la irregularidad y que me van a enviar un informe. Al día de hoy, no he recibido nada más. El informe – tampoco. Posiblemente vendrá el lunes o el martes. O no. Parece que primero quieren cobrar el recibo y después ya llegará el informe...

Con GasNatural-Fenosa he hablado dos veces. La respuesta que he publicado en el foro la he recibido de la primera conversación. La segunda vez estaba hablando con otra persona que me ha dicho que tengo que tener a mano la factura (en el primer caso, esto no me lo han dicho), porque será necesario que les comunique algunos datos. Tal vez sea esto de que Usted me comenta (C.U.P.S., etc.).

Yo siempre estaba hablando como una persona que quiere alquilar este piso desde noviembre, es decir, se trataría de un alta nueva y no del cambio de titularidad. En los dos casos me han dicho que al parecer este piso tiene el contrato con Iberdrola. Creo que voy a llamar una vez más, seguramente me atenderá otra persona, y le haré más preguntas basándose en la información que Usted me da sobre un alta nueva.

Usted dice que si desde la Unión Fenosa me han dicho que sólo tengo que tener a mano una factura, una cuenta bancaria y un DNI, entonces puede ser que lo que pretenden es cambiar de titularidad del contrato de suministro existente. ¿Pero acaso puede la Unión Fenosa cambiar la titularidad de un contrato de Iberdrola? Porque no quiero cambiar la titularidad del contrato existente de Iberdrola, sino contratar la Unión Fenosa como un cliente totalmente nuevo. Me ha quedado esta duda.

Mañana por la mañana bajaré al cuarto de contadores e intentaré hacer algunas fotos, si será posible, y le escribiré sobre el resultado.

Un saludo y gracias.
17/10/2014 21:14

Para morganmadrid:

Muy buenas, otra vez por aqui, perdona darte las gracias de antemano por todoa la información q me has proporcionado.

Te informo de lo que me solicita Endesa Distribución.

Mi caso es que Endesa me reclama por haber detectado una doble acometida.

Me dice que en base al Real Decreto 1955/2000, en su artículo 87, que dice que de no existir criterio objetivo para girar la facturación en estos supuestos, la empresa distribuidora la girará facturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que se puedan interponer. y en base a esto, se acogen "a lo que se hubiese debido contratar", claro, siendo una cantidad muy elevada, ya que los kWh que pasa por la casa son 9,2 kWh y lo que tenemos contratado son 4,4 kWh.
Que opinas, pueden tomar como referencia los 9,2kWh?, muchas gracias
17/10/2014 20:40
Para vicox:

Muy pocos. El tratamiento informático del acta de inspección lleva aparejado de forma simultanea el envío al titular del contrato de la instalación de la comunicación de haberla efectuado, acompañando a la misma el Informe de Inspección.
Lo siguiente es la carta de la Comercializadora al titular de contrato, comunicándole haber recibido comunicación de la Distribuidora en la que se hace constar que el equipo de media estaba manipulado y la clase de manipulación existente, y que de acuerdo con el cálculo efectuado dicho consumo asciende a....... . x kilovatios, de acuerdo con el articulo tal y tal de la Ley, y que próximamente se emitirá factura por importe de XXX euros . En todo este proceso Iberdrola Distribución (la de la Inspección) tarda unos cuatro o cinco días máximo e Iberdrola Clientes diez días aproximadamente.

Saludos.

Morgan


contadormanipulado@gmail.com
17/10/2014 20:19
una pregunta, Iberdrola, desde la inspección ¿cuantos días suele tardar en enviarte la carta con el "presunto fraude" y posible sanción?
17/10/2014 17:34
Para mi pregunta (2)

Tenga en cuenta que la Cia. Distribuidora en su zona es IBERDROLA DISTRIBUCION y que dicha Cia. va a seguir siendolo independientemente de con que Cia Comercializadora de Energia contrate el suministro

Por tanto, en principio, si pretende dar de Alta un nuevo contrato, tendrán que informarla que en ese domicilio y con dicho Codigo Unico de Punto de Suministro, existe actualmente EN VIGOR un contrato de suministro electrico (CON IBERDROLA) y que no les consta que el actual titular del contrato ( la Asociacion) haya procedido a solicitar la cancelacion y baja de dicho contrato y que por tanto EN TANTO NO SE PRODUZCA LA PETICION DE BAJA DE DICHO CONTRATO POR SU ACTUAL TITULAR ( La Asociacion), no se puede efectuar el ALTA DE UN NUEVO CONTRATO a nombre del nuevo titular (Vd.)

Ademas, en el momento en que se produzca la peticion de baja de dicho contrato, Iberdrola Distribucion debe de proceder en el plazo de 15 días a partir de la misma, a efectuar visita a la instalacion y tomar nota de la lectura del contador en ese momento y a continuacion suspender el suministro, todo ello con el fin de poder facturar el consumo pendiente de facturacion desde la última lectura Real a la fecha en que se produzca definitivamente la baja del mismo, al actual titular ( La Asociacion)

Con los datos de la potencia que pretenda contratar, su numero de cuenta bancaria y naturalmente su identificacion personal es decir SU DNI, yo entiendo que lo que parece pretenden hacer es un CAMBIO DE TITULARIDAD DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELECTRICO ACTUAL, y a continuación UN CAMBIO DE CIA.COMERCIALIZADORA DE ENERGIA ELECTRICA NO UN NUEVO CONTRATO DE SUMINISTRO.

LA DIFERENCIA ES SUSTANCIAL. Si Vd. suscribe un nuevo contrato de suministro, tiene que pagar derechos de enganche y acceso pero naturalmente solo responde del pago del importe de esos derechos y del pago del consumo registrado en el contador a partir de la fecha del contrato.

Pero si se la cuelan, y efectuan UN CAMBIO DE TITULARIDAD DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELECTRICO EXISTENTE a su nombre , no existen derechos de enganche y en consecuencia no tendrá que pagar ninguna cantidad por ello, pero Vd. desde el mismo momento en que se efectue el cambio de titularidad, Vd. se habrá subrogado en los derechos y obligaciones del actual contrato en vigor, y entre esas obligaciones está el hacerse cargo del importe del cualquier recibo que se encuentre pendiente de pago y de CUALQUIER DEUDA QUE RESULTE DE DICHO CONTRATO. Es decir y hablando claro, que Vd. ESTARA OBLIGADA A HACERSE CARGO DEL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA FACTURA EMITIDA POR IBERDROLA, CORRESPONDIENTE A LA VALORACION ECONOMICA DEL PRESUNTO FRAUDE ( 1.050,74 Euros) .

Lo que procede en principio es — si podemos— actuar de forma legal y tratar de saber si la ASOCIACION sigue existiendo o no y en su caso poner en su conocimiento lo que ocurre a fin de que inmediato procedan a dar de baja dicho contrato de suministro electrico en vigor actualmente Y UNA VEZ EFECTUADA DICHA BAJA, proceder a efectuar un nuevo contrato de suministro a su nombre.

Envieme (si lo considera conveniente) copia de la factura correspondiente a la valoracion economica del presunto fraude, para echarle un vistazo y ver si a traves de la Identificacion Fiscal de la Asociacion que debe constar en la misma pudiera obtener algun dato más.

Si puede bajar al cuarto de contadores, localizar con el número que consta en la facturas cual es el suyo y obtener un par de fotografias de dicho contador en la que se pueda observar la lectura registrada en el mismo en dicha fecha ( procure que en las fotografias aparezca la fecha y la hora, o al menos la fecha) seria muy conveniente.

Indiqueme en privado si tiene plena confianza en la Inmobiliaria que dice le ha sugerido hacer un nuevo contrato de arrendamiento de la vivienda a su nombre con fecha 1 de Noviembre, no sea que a la hora de hacer el nuevo contrato modifiquen alguna clausula del mismo y resulte que en vez de tener actualmente un problema, pueda tener DOS.

SI NO HAY FORMA DE CONTACTAR CON LA ASOCIACION, las posibles soluciones a su situación por razones obvias no deben ser expuestas en este Foro.

Recuerde que si le cargan en su cuenta bancaria el importe del recibo a cargo de la Asociacion correspondiente a la valoracion economica del consumo presuntamente defraudado, dispone de acuerdo con lo establecido en la Ley de sistemas de pago, de 8 semanas para ordenar su devolución.

Quedo en espera de sus noticias. Entiendo su estado de nervios. Ánimo.

Saludos.

Morgan.


17/10/2014 17:31
Para mi pregunta: (1)

Nada que perdonar; es que su caso es complejo y no tiene solución fácil y cuesta exponerlo con claridad suficiente.

En mi primer lugar vamos a concretar un poco mas la situacion en que se encuentra, para que mi respuesta pueda en su caso servir para otras personas.

Es Vd. inquilina de una vivienda en la que reside desde hace cinco años. Dicha vivienda se encuentra ubicada en la Comunidad de Madrid. El contrato de suministro eléctrico esta suscrito con Iberdrola Comercializadora Ultimo Recurso S.A.U. y la empresa distribuidora de energía electrica, es decir, la propietaria de las redes, la que efectua la lectura de los contadores y la que le vende la energia a la empresa comercializadora, que a su vez se la vende y factura al titular del contrato de suministro electrico es Iberdrola Distribucion.

Bien; el titular del contrato de suministro es en este caso una Asociacion, que al parecer ocupó dicha vivienda con anterioridad a su arrendamiento de la misma ( hace cinco años) Dicha Asociacion, parece haber desaparecido legalmente, o al menos mi busqueda de la misma ha resultado infructuosa. He encontrado en la red constancia de su existencia en el mismo domicilio que actualmente Vd. ocupa e incluso un número de telefono de dicha asociacion asociado a dicho domicilio. Mi llamada a dicho número con el fin de obtener datos sobre el actual domicilio de dicha Asociación no ha obtenido resultado alguno dado que al parecer ese número ya no existe.

Vd. recibe en su domicilio una escrito de Iberdrola Comercialización de Ultimo Recurso dirigido con fecha 1 de Octubre a dicha Asociación. En el mismo se le comunica que con fecha 29.09.2014 Iberdrola Distribucion ha efectuado una inspeccion a la instalacion electrica situada en el domicilio......... y que en dicha visita de Inspección se ha encontrado una irregularidad consisten en "EQUIPO DE MEDIDA CON PUENTES DE TENSION MANIPULADOS", de la cual dicha Cia ( Iberdrola Distribucion) le ha debido informar oportunamente. Desconozco si efectivamente Iberdrola Distribucion le ha comunicado algo, que ciertamente deberia haber hecho. Dicha comunicacion deberia haber sido acompañada del Informe de Inspeccion efectuado en el día 29 de Septiembre a su instalacion, donde debe constar la lectura registrada en el contador en el momento de la inspección; la marca y numeración del mismo; la lectura de Tensiones e Intensidades registrada en la instalacion tomadas con pinza amperimetrica y que clase de anomalia o anomalias ( pueden ser varias ) se habian efectuado en el contador. En dicha acta de inspección tambien deberia quedar constancia de si dichas anomalias fueron corregidas o no en el momento de la inspeccion. Normalmente en el mismo acto de la inspeccion se corrigen las anomalias y se deja constancia de haberlo efectuado; eso quiere decir que a partir de ese momento el contador vuelve a registrar en su magnitud real el consumo electrico de la instalación. ENTIENDO QUE VD. NA HA RECIBIDO DICHA COMUNICACION DE IBERDROLA DISTRIBUCION NI TAMPOCO EL INFORME DE INSPECCION.

Vd. manifiesta en el foro que "el contrato de la luz no está a mi nombre sino al del inquilino anterior (entiendo que era la Asociacion) pero el recibo se cobra de mi cuenta bancaria". Vd. manifiesta tambien en el foro que ha hablado con GasNatural-Fenosa y que les ha preguntado que necesita para darse de Alta y que le han dicho "que solo tendra que decirles que potencia quiero y darles un número de cuenta". Malo. NO ME SUENA NADA BIEN ESE VIOLIN.

Para darse de alta, ES DECIR HACER UN NUEVO CONTRATO, Vd. necesita obligatoriamente el numero de Codigo Unico de Punto de Suministro de su instalacion (C.U.P.S.), que identifica siempre la instalacion de ese domicilio en concreto, el numero de contador que registra el consumo del mismo, la lectura registrada en la ultima factura, el historico de consumo del mismo, SI EXISTE O NO ACTUALMENTE ALGUN CONTRATO EN VIGOR CON CUALQUIER CIA COMERCIALIZADORA DE ENERGIA ELECTRICA, y en su caso, la identificacion del titular de dicho contrato y cualquier incidencia referida a dicho punto de suministro (INSPECCION Y FRAUDE) y acreditar bien por un titulo de propiedad, la escritura de compra de la vivienda o por un contrato de arrendamiento, que efectivamente tiene derecho a efectuar dicho contrato de suministro electrico a la vivienda.

17/10/2014 17:24
buenas tardes hoy me cambiaron el contador pero no retiraron la pegatina de inspeccion yo no estaba en el domicilio y no me dejaron ningun aviso,es normal?estoy preocupado por si me llegara una factura con multa .a alguien le a pasado?
17/10/2014 12:41
para morganmadrid:

Perdone, Morgan. Esperaré con paciencia, sé que tiene Usted que responder a mucha gente. Sólo son nervios que me hacen pensar "por adelantado".

Un saludo
17/10/2014 12:31
Para mi pregunta:
Estoy redactando la contestación a lo suyo; tenga un poco de paciencia y sobre todo no se adelante a la jugada...

Saludos.

Morgan

contadormanipulado@gmail.com
17/10/2014 10:41
Sí, dmartine, estoy de acuerdo. Igual se podría crear una plataforma como la que han hecho para los desahucios. No sé...
17/10/2014 10:27
Buenas.

Aprovecho la mención que me ha hecho Morgan para decir que leo todos y cada uno de los posts que se publican. Que no he informado de mi caso porque aún no he recibido contestación por parte del juzgado de la oposición al monitorio que contra mí interpuso Iberdrola, y por tanto aún sigo a la espera de que se estime dicha oposición y que me indiquen la fecha para el juicio oral.

Ánimo a todos los que sufren por causa del abuso de las compañías eléctricas. Leo casos aquí que deberían trascender a la opinión pública para que la sociedad fuera más consciente de los daños que provocan estas grandes corporaciones en personas con escasos recursos y que estoy seguro de que en muchos de ellos no han sido provocados por ellos.

Un saludo y no desesperen.

17/10/2014 10:04
Para morganmadrid:

Muy buenas, otra vez por aquí.

Te informo de lo que me solicita Endesa Distribución.

Mi caso es que Endesa me reclama por haber detectado una doble acometida.

Me dice que en base al Real Decreto 1955/2000, en su artículo 87, que dice que de no existir criterio objetivo para girar la facturación en estos supuestos, la empresa distribuidora la girará facturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que se puedan interponer. y en base a esto, se acogen "a lo que se hubiese debido contratar", claro, siendo una cantidad muy elevada, ya que los kWh que pasa por la casa son 9,2 kWh y lo que tenemos contratado son 4,4 kWh.
Que opinas, pueden tomar como referencia los 9,2kWh?, muchas gracias.
17/10/2014 09:14
para Morgan:

Estimado Morgan.

En mi último mensaje he escrito que pedí prestado el importe de multa que Iberdrola me quiere cobrar, para tenerlo en el banco, ya que el recibo es domiciliado (y la fecha de cobro es ya este miércoles 22.10). Y Usted me ha dicho que es una buena idea y que al "pagar" el recibo, yo podría solicitar un alta nueva en otra compañía (pienso en la Unión Fenosa), esperar que el alta fuera efectiva y en seguida devolver el recibo. Sería un alta totalmente nueva, porque el contrato de luz es a nombre de una Asociación que alquilaba este piso antes de mí.

Entonces he llamado a la Unión Fenosa y he preguntado qué tengo que hacer para darme de alta, y me han dicho que sólo tendré que decirles qué potencia quiero y darles un número de cuenta (tengo también otra cuenta en el mismo banco). He preguntado que si el inquilino anterior tuviera problemas con Iberdrola, podría esto afectarme a mí de alguna manera, y me han dicho que no. Y que el tiempo de que mi alta nueva sea efectiva es de 3 a 7 días. ¿Podrían surgir algunos problemas durante este tiempo? Quiero decir, ¿tiene que venir un técnico de la Unión Fenosa y cambiar el contador o pone algún sello en el ya existente?

Por eso quería preguntarle ¿si podría solicitar el alta en la Unión Fenosa antes de miércoles - por ejemplo, ya hoy? Y decir al banco que no acepten el recibo que venga de Iberdrola el día 22? ¿O es preferible "pagarlo" de todos modos y proceder como Usted me aconsejaba?

La inmobiliaria con la cual tengo el contrato de alquiler me propuso hacer un contrato nuevo desde el 1 de noviembre. ¿Podría esto ser útil y/o razonable?

Muchas gracias en antemano.

Un saludo cordial




17/10/2014 08:08
Por supuesto Morgan faltaría Màs, de nuevo agradeceros el esfuerzo, me he leído la primera y la segunda parte y es muy interesante, pero ahora estoy mucho Màs intranquilo....
Atiende primero lo urgente, porque realmente a mi no me pasa nada, de momento.
17/10/2014 02:51
Para Vicox:

Le agradecemos igualmente sus comentarios favorables a este Foro. Como ha podido observar esto es semejante a una carrera de relevos. En su momento los ciclistas que tiraron del pelotón fueron elarge y dmartine, a los que sin duda alguna por su esfuerzo y dedicación se debe en gran parte el éxito que tiene en la actualidad y que demuestra cada día siendo uno de los mas visitados del FORO DE PORTICO LEGAL.

En estos momentos me toca a mi tirar del pelotón; detrás de mi tiraran otros. Pero nunca debemos olvidar que los primeros que tiraron y los que tuvieron un trabajo mas difícil fueron los que he señalado y naturalmente muchos otros. Su esfuerzo a mi juicio, nunca ha sido suficientemente reconocido ni agradecido.

Teniendo en cuenta que su asunto es importante, pero no excesivamente urgente, procuraré contestarle ampliamente mañana porqué sinceramente son las 2:47 de la madrugada y empiezo a estar ligeramente espeso.

Un saludo.

Morgan

contadormanipulado@gmail.com


Otro día más y otro día menos....... Buenas noches
17/10/2014 02:08
Para Lolo:

Mi querido amigo; te voy a dar de hostias.
Solo a ti se te ocurre decirle aun Sr. que tiene que informar jurídicamente sobre la procedencia o no de tu Recurso contra la decisión del Servicio Territorial de Energía de no admitir tu reclamación contra Iberdrola por entender que carecen de competencia para ello, diciéndole que en Valencia por eso de que gobierna el PP se dá protección al capitalista y a las grandes empresas.

En muchas Comunidades del resto de España gobierna el P.P. y esas mismas reclamaciones son atendidas por los Organismos competentes en materia de Energía en cada Comunidad Autónoma, sin problema alguno. Por tanto no es un problema de que gobierne el P.P. sino un problema especifico que está ocurriendo en la Comunidad Autónoma de Valencia, que al parecer y por lo que me dices sigue empeñada en mantener un criterio jurídico distinto al que se mantiene en el resto de las Comunidades Autónomas del Estado Español. Esto es un problema de Estado de las Autonomías, en el que cada una establece la interpretación de la Ley según su propio criterio......... es lo que hay.
Hubiese sido mejor que en ese momento tu opinión —muy respetable— te la hubieses reservado para ti.

Yo desde luego he desempolvado el recurso famoso (del 18 de Agosto pasado) y he vuelto a estudiar lo que en él decía, y lo largo de las 15 páginas del mismo creo que se exponen suficientes argumentos jurídicos y con la suficiente contundencia para que el Recurso que hemos planteado tenga que ser estimado.

Si lo desestiman, tendrán que rebatir punto por punto, los más de 16 argumentos jurídicos expuestos y eso les va a costar trabajo. No vale con decir el recurso es desestimado y punto pelota. Hay que decir; Vd. no tiene razón por que la Ley dice esto, lo otro y lo de más allá y todo eso dá mucho trabajo y obliga a estudiar en profundidad los temas.
Aparte de ello, cuando un funcionario examina un recurso contra una decisión de la Administración, de determinada extensión y con unos argumentos jurídicos a mi juicio suficientemente potentes (puedo estar equivocado) ya está entendiendo que muy probablemente si decide NO admitir el Recurso y mantener la decisión del Órgano Administrativo inferior, muy probablemente se vuelva a producir un nuevo Recurso contra su decisión, bien sea directamente ante el Conseller de Industria de la Comunidad Autonoma o ante los Tribunales Contencioso-Administrativos de la Comunidad Valenciana, y por ello, su decisión en todo caso tiene que estar suficientemente justificada en Derecho, porque sino al final puede ser que alguien le tire de las orejas y le diga " Oiga Vd. el usuario tiene la razón por esto, esto y lo de mas allá.
Ten en cuenta que si un Juez tiene que examinar tu Recurso lo primero que va a pensar es........ A ver a ver; que coño es lo que dice este tio de que en el resto de la Comunidades del Estado Español se admiten estas reclamaciones y en la Comunidad Autónoma de Valencia no.
Otra cosa es, que independientemente de que tengamos la razón nos la quieran dar, porque desde luego si te dan la razón y estiman tu Recurso se la tienen que dar a miles de ciudadanos valencianos y desde luego eso trae muchas complicaciones. Si ya los Servicios Territoriales de Energía de la Comunidad Autónoma de Valencia están desbordados con las reclamaciones de los consumidores del sector eléctrico imagínate lo que puede ser, si a partir de que se estime tu Recurso se tienen que empezar a admitir miles de reclamaciones más con todo lo que ello conlleva, respecto de personal técnico suficiente para estudiarlas y medios para todo ello; el cristo que se puede montar es cojonudo.
Y sobre todo por alguien puede decir "que coño es lo que hemos estado haciendo y quien es el responsable de este asunto" y ponerlo en la puñetera calle.
Hay que esperar que contesten y en su caso, si no estiman tu Recurso, examinar con detenimiento que razones jurídicas alegan para ello. Si no estamos conforme con ellas, hay que volver a recurrirlas; las batallas jurídicas son así y no queda otra.

En resumen, no vale con decir :"como es de Iberdrola Generación no somos competentes"; eso te lo podrán decir a ti por teléfono, pero no por escrito. Que digan por escrito lo que deban de decir y nosotros ya diremos lo que estimemos oportuno.

SIETE VECES CAIDOS, OCHO LEVANTADOS".

Saludos.

Morgan.




16/10/2014 20:47
Para morgan

Esta mañana he llamado para ver como iba el recurso de alzada y cual es mi sorpresa...
Pues que de momento no la han visto pero que creen que al ser de iberdrola generacion,ellos no eran competentes....
Que me espere a la resolucion,pero que ya me adelantan eso,uno de los tecnicos de direccion general de energia que revisa los casos.

L dicho la indefension que hay aqui en valencia con ese tema al gobernar el pp ya que dan proteccion al capitalista y las grandes empresas...
Es vergonzoso

Gracias morgan esperareos resolucion...
16/10/2014 11:52
Buenos días, ante todo daros las gracias por el enorme trabajo que os estais dando y que no conocía.
Quiero comentaros mi caso, que me ha llevado a leeros aunque realmente no tengo ninguna noticia ni carta ni nada que se parezca de mi compañía, en este caso Iberdrola.
Pero empiezo a sospechar que algo se va a cocer.
Anteayer, sin previo aviso por la tarde apareció un sr que sin identificarse dijo que nuestro contador estaba roto y que iba a cambiarlo, pasados 10 minutos comprobé que el router del wifi, tras volver la luz, se había roto, bajé al cuarto de contadores (es una comunidad donde sólo tiene llave el presidente) y estaba allí el individuo al que le indiqué lo sucedido, me dijo que intentara arreglarlo si tenía seguro etc.
Me había cambiado el contador por uno nuevo sin contar con nadie.
Como no me gustó nada la situación, llamé a iberdrola para quejarme y no me hicieron mucho caso con lo que, automaticamente cambié de compañia.
Mi pregunta es, viendo todos estos casos ¿he hecho bien? ¿es posible que me venga una carta indicandome que el contador estaba manipulado (que no lo estaba)?.
y lo peor de todo, después de leeros, he observado que mi consumo en los últimos dos años en cuanto a kw ha bajado, en parte provocado por la crisis, pero me resulta extraño que he pasado de 250 kw a 100 en los últimos meses.
Es posible que efectivamente el contador estuviese roto?.
Decir que yo pago religiosamente por banco y que siempre suelo tener facturas que oscilan entre los 50 y los 75 euros, somos tres pero trabajamos y estudiamos y esn casa sólo por las tardes.
Muchas gracias por vuestros consejos.