He recibido su tres correos con casi 50 megas.
Vd. ha enviado toda la documentación en formato TIF. y naturalmente eso ocupa un volumen impresionante; en formato pdf eso no ocurre.
Al grano:
Endesa se presenta en el punto de suministro a primeros de Octubre de 2014, ya que comprueba que el sistema de telegestión no transmite la lectura de su contador.
El operario se encuentra con que el contador ha desparecido. Se procede a la instalación de un nuevo contador, y Vd. denuncia en la G.Civil, que le han robado el contador.
Pasados quince días, Endesa envía a personal de una empresa subcontratada a realizar una inspección al punto de suministro. En dicha inspección la lectura tomada con la pinza amperimétrica de la intensidad en la Caja General de Protección (fusibles) es 1.3 Amperios, muy superior a la tomada en los bornes del contador, 0,5 amperios. Eso quiere decir que en el trayecto comprendido desde la caja general de protección hasta el contador, se ha efectuado una conexión en el cable de acometida que tiene como resultado que una parte de la energía suministrada no quede registrada en el contador.
La calidad de las fotos que me ha remitido no permite observar la lectura de la pinza amperimétrica en la dos sitios; en el borne del contador y en la Caja General de Protección.
Tanto el contador, como la Caja General de Protección, se encuentran empotrados en distintos elementos verticales que parecen ser de hormigón armado (pilares del edificio); dado que se trata de una vivienda individual, eso quiere decir que quien haya hecho la derivación SABIA PERFECTAMENTE DESDE EL PRINCIPIO LO QUE PRETENDIA Y LO QUE ESTABA HACIENDO.
La instalación se encuentra fuera de normativa, puesto que tanto el equipo de medida, como el cuadro general de protección, deben de estar situados dentro de un único armario normalizado.
Endesa le ha requerido a Vd. para que reconozca la derivación y la deuda correspondiente al consumo eléctrico defraudado en varias ocasiones, concretamente el 12.11.2014 a lo que Vd. se ha negado alegando que Vd. no ha realizado derivación alguna.
Endesa le ha interrumpido a Vd. el suministro desde el 26.01.2015.
A mi juicio es evidente que Endesa tiene absolutamente la razón, puesto que no hay la menor duda de la existencia de la derivación, y además la misma se encuentra oculta de forma tal, que no permite en modo alguna el descubrir en que punto concreto se ha efectuado; precisamente por ello Endesa no ha iniciado ya acción judicial penal contra Vd. por defraudación de fluido eléctrico, sino ya lo hubiera hecho en el supuesto que efectivamente se pudiese comprobar que es Vd. el que se está beneficiando del consumo eléctrico no registrado en el contador como resultado de dicha derivación.
De todas formas, teniendo en cuenta que se trata de una vivienda individual, blanco y en botella suele ser leche.
Vd. tiene contratado el suministro con Iberdrola Clientes S.A.U.; por lo tanto su contrato esta suscrito en condiciones de mercado libre y responde únicamente a los pactos que entre partes se hayan fijado en el contrato.
De acuerdo con ello, si dice que ha pasado ya un mes, la comercializadora, es decir, Iberdrola Clientes S.A.U., puede solicitar a la distribuidora, Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. en cualquier momento la interrupción del suministro por impago de la fra. reclamada.
Vd. puede interponer reclamación por escrito ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, calle Cardenal Marcelo Spínola, 14, 28016 Madrid.
En dicha reclamación haga constar que no esta conforme con una factura que ha recibido de Iberdrola Clientes S.A.U., por un importe de X euros correspondiente al periodo de facturación comprendido del 99.99.2014 al 99.99.2015. Acompañe a la misma copia de la factura recibida (por las dos caras) así como también copia de todos los escritos recibidos tanto de la distribuidora como de la comercializadora hasta esta fecha.
El tiempo medio que la Dirección General de Industria en Madrid esta tardando en resolver una reclamación del tipo que indica es de nueve meses; ello es debido a la muy importante carga de trabajo que tienen puesto que se encuentran desbordados con cientos de reclamaciones igual que la suya.
Por tanto, y dado su caso concreto debe saber que si no paga la factura reclamada después de que Iberdrola le haya requerido para que lo haga, le interrumpirán el suministro, y esto va a suceder si o si, aunque haya presentado reclamación ante Industria.
Si paga el importe de la fra. reclamada y posteriormente la D. Gral. de Industria estima su reclamación, Iberdrola le devolverá el importe de la misma.
Esto es todo lo que le puedo decir, en su caso concreto en el que ya ha transcurrido un mes desde que se produjeron los hechos.
Para morganmadrid o Elarge
1.-- Empresa distribuidora: IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA, S.A.U.
2.--IBERDROLA CLIENTES, S.A.U.
3.--San Lorenzo de El Escorial y Madrid
4.-- Potencia contratada: 3,45 kW
Mi caso parecido a muchos , carta de inspección hace un mes con puente en fase o algo así , mande reclamación a Iberdrola sin tener todavía contestación, me pasaron la factura al banco y la anule pero ahora que ha pasado el mes , creo que tengo que presentar reclamación a industria y no sé muy bien cómo hacerlo o que poner y me encontré el foro , desde ya la gran labor que estáis haciendo, me echáis una mano de lo que tengo que presentar? por otro lado al no entender de esto , ahora tengo miedo por esperar a que me contestaran desde Iberdrola el que me corten la luz , por otro lado hace un año vi a dos personas (creo que una es el vecino) andando en el cuarto de contadores, me llamo mucho la atención porque estuvieron más de una hora hay , y les saque una foto desde la ventana de mi casa , creo no lo puedo asegurar pero visto lo visto que no sabían que hacían y tocaron mi contador también? yo no tengo llave de ese sitio ni conocimientos (aparte del miedo que me da hurgar con electricidad) , por favor toda la ayuda bienvenida será
Para Morganmadrid:
Hoy he recibido por parte de industria la contestación que Endesa hace a mi reclamación y tengo un plazo de 10 dias para responder.
La primera anomalía que observo es que los informes vienen sin firma a excepción del que hizo el operario en su dia enla que figura solo la suya.
¿Tiene Vd. inconveniente en que le envié la documentación por email?
Nada.......... está visto que hablamos en búlgaro.....
En mi post del 22.04.2015 consta:
Sobre este tema, hemos publicado MUCHISIMOS COMENTARIOS; hay que procurar leerlos porque como Vd. comprenderá lo que se publica en este Foro tiene como principal motivo el que EL MAYOR NUMERO DE PERSONAS se informen; no podemos estar siempre repitiendo la misma canción, como tampoco podemos estar siempre repitiendo que para asesorar debidamente se necesita:
1.-- Compañía Distribuidora de electricidad.
2.-- Compañía Comercializadora de electricidad.
3.-- Población y Comunidad Autónoma donde se encuentra situado el punto de Suministro.
4.-- Potencia Contratada.
Hola, nos consideramos otros atropellados por la Compañía Eléctrica que nos suministra .
Os cuento, en nuestra segunda vivienda (es independiente), vienen aproximadamente en enero y nos cambian el contador, (por el tema de los cambios que obliga la ley actualmente), aunque el suministro lo tenemos con otra compañía ellos nos explican que como la línea es de ellos, son los que tienen que hacer el cambio, no advierten que guardemos el contador que cambian a la espera que nos llegue el recibo por si hay algún problema, hace como dos semanas no llega el recibo y que alucine, 221 € , en este casa el recibo de más cantidad ha sido el anterior a este que estuvimos allí dos meses seguidos y el total fueron 65 €, vean la diferencia, allí solo hay un frigo conectado constantemente , llamo a la Compañía, nos piden lectura de contador, también del anterior, nos comentan que el digital lo hemos leído mal, sigo llamando, reclamando, me siguen dando disculpas, largas , etc hasta que ayer me llaman, me comentan que por su parte está todo correcto, que si quiero verificar el contador, (repito nuevo) tengo que llamar a Industria para que un técnico lo verifique y por supuesto abonar ese servicio, yo estoy anonadada, por más que les explico que comprueben las facturas atrasadas de esa vivienda, el uso que se hace ahí de luz, no hay manera, como podeis comprobar esto es un atropello del que no vemos salida, encima del cargo hecho sin haber hecho ese consumo, ahora tener que abonar para hacer la comprobación del mismo, no hay derecho.
A ver si alguien me da un consejo de lo que podemos hacer, ya les he dicho que lo iba poner en internet, también ir a oficina del consumidor ,que nos íbamos a dar de baja de las dos viviendas, (en la otra nos suministran también el gas) pero como si oyesen llover.
Gracias por leerme y por los consejos.
Por cierto la Compañía es Gas Natural..
Un saludo.
Mi enhorabuena, espero y deseo, que todos los que tenemos problemas de este tipo se nos vayan solucionando poco a poco.
Por favor, doy mi razón a Morgan, hay que interesarse un poquito en leer todo lo expuesto, el problema es de cada usuario que entra en foro, tenemos que colaborar todos, no esperar respuestas sin hacer nada más.
En el post del 16.04.2015 le dije:
Naturalmente que puede Vd. :
1.-- Cambiar de titular con la misma comercializadora.
2.-- Cambiar de comercializadora con el mismo titular.
3.-- Dar de baja el contrato actual y suscribir un nuevo contrato a nombre del actual titular.
4.-- Dar de baja el contrato actual y suscribir un nuevo contrato a nombre de un nuevo titular.
"Etc.etc. etc.; yo indico claramente que lo más conveniente es que por parte del actual titular se proceda al CAMBIO DE COMPAÑIA COMERCIALIZADORA.............. nada mas.
A pesar de ello Vd. dijo a continuación:
había pensado cambiar el titular a nombre de mi madre y luego hacer un cambio de compañía, pero hoy he intentado cambiar el titular en una oficina de Iberdrola y me han dicho que hay un expediente abierto de Inspección (ojo al día siguiente de la inspección ya habían colgado el expediente en base de datos) y que si lo cambio a otro titular, ese titular hereda el problema ¿????,
Como Vd. comprenderá si Vd. a pesar de lo que se dice, decide hacer otra cosa............. No tiene mucho sentido que se le siga asesorando, porque Vd. va por libre..........
La compañía le informa bien; si Vd. procede a cambiar el titular, el nuevo titular se subroga en los derechos y obligaciones del anterior titular del contrato de suministro, y entre esas obligaciones se encuentra la de pagar las facturas pendientes de pago.
En Resumen; Vd. al final se ha decidido a hacer lo que desde el primer día se le recomendó; que cambiase de compañía comercializadora.
Sobre este tema, hemos publicado MUCHISIMOS COMENTARIOS; hay que procurar leerlos porque como Vd. comprenderá lo que se publica en este Foro tiene como principal motivo el que EL MAYOR NUMERO DE PERSONAS se informen; no podemos estar siempre repitiendo la misma canción, como tampoco podemos estar siempre repitiendo que para asesorar debidamente se necesita:
1.-- Compañía Distribuidora de electricidad.
2.-- Compañía Comercializadora de electricidad.
3.-- Población y Comunidad Autónoma donde se encuentra situado el punto de Suministro.
4.-- Potencia Contratada.
Pues sin embargo, ya pesar de todo esto que ya consta publicado el 16 de Abril, se siguen produciendo intervenciones en este Foro, pasando olímpicamente del tema y limitándose a soltar su historia sin más...........
Y así seguimos............... aguantando impertinencias.
Después de muchos meses y muchos esfuerzos, puedo decir que hemos ganado la partida a Iberdrola.
La Conselleria de Energia de Valencia nos envió una carta dandonos la razón e instando a Iberdrola Ultimo Recurso a anular la factura y reembolsarnos las tasas.
Las tasas ya nos las han devuelto, la factura ya esta anulada y acabo de ver que nos han ingresado el importe de la factura.
Muchas gracias a todos y en especial a MORGANMADRID sin su ayuda y orientación no lo hubiesemos conseguido, él fue quien nos asesoro sobre como presentar la reclamación y posterior alegación.
ANIMO A TODOS, CON MUCHA PACIENCIA Y BIEN ASESORADOS CUESTA PERO SE PUEDE CONSEGUIR!!!!!
Para Abogada de Valencia.l
Gracias por tu contestación pero a mi no me ha llegado todavía la facturación solo informe de la inspección. y no he podido hablar con la compañía que es Iberdrola, y su teléfono de contacto responde un contestador que te mandan a un email.
Tal y como recoge la última resolución del Servicio Territorial de Energía de Valencia, dictada como consecuencia de una reclamación formulada por nuestro despacho, “tanto la CNE como la jurisprudencia han sentado la necesidad de que la empresa distribuidora notifique al consumidor, como responsable del equipo de medida, la fecha exacta en la que se va a ejecutar la correspondiente inspección y su alcance, con el objeto de no generarle indefensión (…) En el presente caso, la empresa eléctrica no ha seguido el procedimiento reglamentariamente establecido al efectuar la inspección dado que no se practicó notificación alguna al titular del contrato de suministro y la inspección se realizó sin la presencia de ésta; es por ello, que la facturación emitida por Ia compañía no ha sido ajustada a Derecho, debiendo proceder a su anulación”.
Hola, soy de Valencia, y este mediodía me ha llegado la carta de que mi contador estaba manipulado, por eso os he encontrado, aun estoy muy confundida y no se que hacer, pues estoy llamando a la compañía y no me responden y eso que es un 902, yo no tengo acceso al cuarto de contadores pues la llave e la tiene el presidente o no se quien no he podido ni ver el contador, y por supuesto nadie me ha avisado de que en mi contador había una anomalía para que la viera, y según la hora estábamos es casa. Asesorarme un poco. Gracias.
Hola, como nadie me ha contestado a mi última duda sobre la responsabilidad del nuevo Titular y tenía que tomar una decisión, ayer solicité el cambio de compañía por teléfono y me han dicho que tardarán unos 10 días, pero no sé si habiendo un expediente de Inspección pueden negarse a hacer el cambio, ¿pueden legalmente?
Hola, se me olvido decir que es una vivienda particular, había pensado cambiar el titular a nombre de mi madre y luego hacer un cambio de compañía, pero hoy he intentado cambiar el titular en una oficina de Iberdrola y me han dicho que hay un expediente abierto de Inspección (ojo al día siguiente de la inspección ya habían colgado el expediente en base de datos) y que si lo cambio a otro titular, ese titular hereda el problema ¿????, me ha sonado a mentira ¿si cambio el titular pueden cortar el suministro ó reclamarle el consumo del último año a mi madre?, Morgan me comentaste: "yo indico claramente que lo más conveniente es que por parte del actual titular se proceda al CAMBIO DE COMPAÑIA COMERCIALIZADORA.............. nada mas.", pero si pido el cambio de CIA les saltará el expediente y no me dejarán cambiar?, estoy preocupado porque no puedo pagar 2000 ó 3000€ aunque luego los devolviera, por eso intento cambiar el contrato de titular, y si lo doy de baja y alta a nombre de otra persona?
Gracias Morgan, por las aclaraciones, mis datos son:
IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO,S.A.U.
TIPO DE CONTRATO: PVPC sin discriminación horaria.
Todavía no he recibido ninguna carta ya que el inspector estuvo antes de ayer, Mi preocupación actual es que tengo miedo de pedir la migración a otra compañía y que como tardan 15 días no me dejen cambiarme porque el informe del inspector ya esté presentado, si pido la baja es mejor? porque alomejor todavía no me han puesto la X y me dejan darme de baja, y otra pregunta al pedir el alta nueva tengo que pagar a un electricista para el certificado?, mi vivienda es del año 1999 y no tengo el certificado, gracias.
Para correcañales:
Vd. dice que lleva todo el dia leyendo mensajes anteriores, pero parecer ser que escribo en búlgaro porque veo que Vd. no entiende lo que aquí se escribe.
Vd. dice: "Actualmente estoy con Iberdrola y Iberdrola S.A.U.".......
El que no entiende con quien está Vd. soy yo.
Hemos dicho como quinientas veces que hay que decir con claridad, cual es la Cia. Distribuidora y cual es la Cia. Comercializadora.
Iberdrola........... no es ninguna compañía, Iberdrola es una marca comercial que representa a un grupo empresarial con múltiples empresas.
Su compañía distribuidora parece ser Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U.; la abreviatura de S.A.U. significa Sociedad Anónima Unipersonal.
Su compañía comercializadora, seguimos sin saber quien es, puesto que si son del Grupo Iberdrola, pueden ser dos:
1.-- Iberdrola Comercialización de Ultimo Recurso S.A.U., que "comercializa" los contratos efectuados a precio de la electricidad regulado por Ley, y cuyos contratos de suministro se encuentra igualmente regulados por Ley.
2.-- Iberdrola Clientes S.A.U., que comercializa los contratos de electricidad a precio de la electricidad de mercado libre, y cuyas condiciones del contrato de suministro son igualmente LIBRES.
Todos esto datos los tiene Vd. bastante bien explicados en cualquiera de sus facturas...........
Las diferencias entre una compañía y otra SON IMPORTANTES, puesto que mientras que en los contratos de suministro suscritos a precio de tarifa regulada por Ley (ULTIMO RECURSO), se establece que una vez devuelto un recibo para poder proceder a interrumpir el suministro por impago del mismo , deberá concederse al consumidor un plazo de DOS MESES para que proceda a su pago, y comunicarle todo ello por CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO, en los contratos de suministro a precio de MERCADO LIBRE DE REGULACION, nada de ello es necesario y por tanto, la Cia. después de comunicar al usuario por carta normal que ha recibido devuelto de su entidad Bancaria el recibo y darle un plazo que no suele exceder de quince días para que proceda al pago del mismo, puede proceder en cualquier momento a interrumpir el suministro por impago.
No hace falta pasarse todo el dia leyendo mensajes en el Foro (aunque a veces es muy conveniente si uno quiere de verdad enterarse de que va este este tema), para saber cual es el procedimiento a seguir que recomendamos en este foro; precisamente el dia 13 de Abril de 2015 en el post "Para Naroic (5) y final", se dice:
" ¿Solución? Pues la que ha hemos dicho cien veces en este foro pero que parece que Vd. no ha leído……………. Que inmediatamente que el usuario reciba notificación de una facturación con la que no se encuentra de acuerdo, proceda A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE a cambiar de comercializadora, puesto que a partir de dicho cambio, a la nueva comercializadora Vd. NO LE DEBE nada, y en consecuencia LA NUEVA COMERCIALIZADORA, carece de derecho alguno para solicitar a la distribuidora que le interrumpa el suministro por impago."
Naturalmente que puede Vd. :
1.-- Cambiar de titular con la misma comercializadora.
2.-- Cambiar de comercializadora con el mismo titular.
3.-- Dar de baja el contrato actual y suscribir un nuevo contrato a nombre del actual titular.
4.-- Dar de baja el contrato actual y suscribir un nuevo contrato a nombre de un nuevo titular.
Etc.etc. etc.; yo indico claramente que lo más conveniente es que por parte del actual titular se proceda al CAMBIO DE COMPAÑIA COMERCIALIZADORA.............. nada mas.
Lo que si le recomiendo a todo el mundo es que si procede a efectuar un nuevo contrato LO HAGA A PRECIO DE TARIFA REGULADA POR LEY, es decir contrate con las Comercializadoras de Último Recurso que son:
Endesa Energía XXI, S.L.
Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.
Gas Natural S.U.R., SDG, S.A
HC-Naturgas Comercializadora de Último Recurso, S.A.U.
E.ON Comercializadora de Último Recurso, S.L.
Pdta. Ya sabemos que todos los que publican en este Foro son personas honradísimas que naturalmente no han manipulado nunca en su vida su contador, y naturalmente no tenían la menor idea de que su contador estuviese manipulado, pero en cualquier caso debo señalarle que independiente que Vd. manipulase o no su contador, si efectivamente tal como dice el inspector de Iberdrola su contador estaba manipulado, EL BENEFICIARIO ECONOMICO DE DICHA MANIPULACION es Vd., puesto que como resultado de la manipulación el contador registraba menos consumo del que debería y en consecuencia, Vd. ha pagado menos consumo del que debería.
He llamado a Endesa y me han dicho que puedo solicitar un cambio de compañía con cambio de Titularidad y tardan 15 días ó más pero así me evito dar baja y alta nueva ¿que hago?