En teoria, al tratarse de un delito publico, deberia perseguirse de oficio ante la llegada de la notitia criminis. Pero eso no suele pasar, normalmente se denuncian por el agraviado/a o por persona que lo haya presenciado o tenga conocimiento(si quiere). Pero tambien puede perseguirse de oficio, teniendo en cuenta que se trata de un delito publico, pues tengo entendido que las agresiones deben ser de indole sexual para que se trate de delito semipublico.
gracias enola.
En este caso el delito de violencia doméstica 153.2 a diferencia del de violencia de género 153.1, es necesaria la denuncia previa del sujeto pasivo, o estoy equivocado?
Saludos.
Mi consulta es escueta: madre denuncia a su hijo mayor de edad con convivencia por malos tratos psíquicos (insultos continuados): entiendo que es un delito de malos tratos en el ámbito familiar no??