Hola RA07 veo que tienes respuestas para casi todos pero me gustaría que tuvieras alguna para mí , si puede ser (me siento un poco desplazada, ¿será por ser mujer?). gracias.
Hola XM, me pasaré por el Juzgado a ver que pasa. Gracias.
Nuestro sistema jurídico funciona como funciona, no como desean algunos que funcionen, si lo desconoces, mejor no te metas en esos asuntos, pues puedes perjudicar mucho y lo peor no es que te perjudiques a ti, que ese sería tu problema, el problema es que vas a perjudicar a tus vecinos, aunque supongo que eso a ti te da igual.
Que hasta ahora no te ha traido problemas? tampoco a quienes defraudan a hacienda les suele traer problemas al principio, hasta que te pillan, esto es lo mismo, no te ha traido problemas por pura suerte, o prueba a recetar medicamentos a la gente para enfermedades que desconoces, a lo mejor no sucede nada, hasta que sucede o prueba a conducir a 180 km por la autopista, puede que nunca te haya pasado nada, hasta que pasa.
Creo que tu concepto de los abogados es erroneo, tu ves a los abogados como las personas que resuelven los problemas, a los que se acude cuando YA hay un problema, en lugar de utilizar un abogado de forma preventiva. Pues esa es la peor táctica, porque muchas veces, por actuar sin conocimientos, llegan problemas que ya no suelen tener solución o suele ser más cara.
Fijate que tenemos que vivir, pero a nosotros nos viene bien que haya gente como tú, por qué? porque sois los que generáis los mayores problemas y gracias a las actuaciones de gente que desconoce el derecho, se generan más casos, pero yo no quiero eso, al menos en este foro, si tú quieres perjudicar a tus vecinos, pues tú mismo, pero no perjudiques a la gente del foro.
Lo peor es que estás cobrando por hacer algo que desconoces, eso es muy grave, si al menos lo hicieras sin cobrar, pues mira, sería una irresponsabilidad, pero cobrando la cosa es más grave.
Que me has visto poco? será que sólo miras este foro concreto, pues en los varios de los demás intervengo casi todos los días.
Ahora lo comprendo, lo que te duele es que diga en este foro que yo siendo presidente de comunidad cobre por ello. Si no cobrara te daría igual. Bueno como ya he tenodo este diálogo con otro forero que incluso puede que sea tú lo digo nuevamente, yo como presidente de la comunidad cobro por los servicios prestado de acuerdo con la unanimidad de los vecinos, eso sí, 3 veces menos que el administrador colegiado que teníamos que era penoso (por no decir otra cosa). Parece que esto es lo que te duele ya que puede crear tendencias a seguir. Un saludo y corto.
Si a mí que cobres me da igual, lo que es que cobrar por algo que desconoces es, por decirlo algo suave, irresponsable.
Pero, ¿qué tendencias vas a crear? la de llevar una comunidad sin uno mínimos, seamos seríos, por favor.
La diferencia entre cobrar y no cobrar, es que, por lo menos, si no cobras, es permisible, pero cobrar por algo que no sabes hacer, es demencial.
Sinceramente, no sé cómo sería vuestro administrador, pero sí está claro cómo eres tú, no sabes de temas legales y el daño que le puedes hacer a la comunidad puede ser grande, pero a ti está visto que te mueve el dinero fácil, en fin, tú mismo.
Este dialogo es posible que lo tengas con mucha más gente, pues este mismo dialogo ya lo he tenido yo con gente como tú y se seguirá produciendo en el tiempo, es normal.
Ojala fueras lo suficientemente inteligente para entenderlo y darte cuenta, pero esta visto que a ti tus vecinos te importan un m... y que sólo te importa cobrar por hacerlo.
Luis25 no cobra por ser Presidente, según parece, sino por administrar además su comunidad, por servicios prestados. Personalmente, no me parece mal, sin perjuicio de si lo declara a Hacienda, o no, de su legalidad, muy discutida en otros post.
Pero lo que sí tiene razón Carmen Alonso es que esa responsabilidad requiere conocimientos, información y prudencia, mucha prudencia a la hora de encarar los problemas, no debe asumirse alegremente, pues los perjuicios pueden ser muy graves si hay un error, mucho más graves que lo que cobra por ello.
Además, Carmen, en este foro no es tan grave, no sólo está la opinión de Luis25, el consultante también te lee a tí, a los demás, y le corresponde formarse una opinión en base al conjunto.
Es posible que Luis haya podido manifestar una opinión que no sea exacta pero lo si es verdad es que a ti Carmen Alonso con todo lo entendida que eres pocas veces se te ve dando opiniones o consejo a la gente para ayudarla, aunque las críticas se te dan muy bien por lo que veo.
Que me lees pocas veces Sr.X (que te va que ni pintado, pues así se suelen llamar los "tapados"), será porque sólo lees esta parte del foro.
Yo, en esta pregunta, he dicho los pasos legales a seguir y las consecuencias jurídicas del acto de la otra parte y he criticado la actuacion de un forero porque me parece irresponsale, tú en cambio, "con ese nick", sólo has criticado.
Luis25, no te lo tomes a mal, a mi que cobres si supieras del tema, no me parece mal, al margen después de ciertas responsabilidades penales y fiscales que puedes tener que es cosa tuya, lo que me parece mal es que cobres sin saber.
Por cierto, no sé si sabías, que si cometes algún error y te denuncian por ello, no tienes la misma responsabilidad por el hecho de cobrar que por el de no cobrar, si cobras tendrás un responsailidad civil y/o penal mucho mayor(pero mucho mayor), si no cobraras hasta podrías salir bien parado.
Y ten cuidado que no te denuncien tus vecinos, las rencillas entre vecinos son normales y cuando salga alguna entre dos vecinos y tengas que resolverla, te encontrarás en que tendrás que darle la razón a uno y no al otro (lo hagas o no correctamente) y al que no le des la razón, podría actuar por venganza y denunciarte y entonces tendrías problemas, quien administra una comunidad, se llena de enemigos con el tiempo, aunque sea el mejor administrador del mundo, la diferencia es que a ellos no se les puede denunciar si actuan correctamente y a ti si te pueden denunciar pues estás haciendo algo que no es legal, entiendes la diferencia.
Veo que lo tuyo son las críticas y las amenazas.
LLevo tiempo entrando en este foro del que he aprendido mucho, pero de tí poco he aprendido porque no sales a dar la cara. Si sabes tanto deberías demostrarlo, algunas preguntas quedan en blanco que no contesta nadie, con tu saber podrías ayudar más y menos criticar, salvo que lo que pretendas es cobrar por ella.
XX, llevas tiempo en este foro? con otro nombre, claro. Te aconsejo que te des una vuelta por todo el foro, mi nombre está en varios y con muchos mensajes, el tuyo, en cambio, solo en este mensaje y para criticar, curioso.
Amenazas? donde? dime una, solo he manifestado lo que le puede pasar y si se lo digo es por su bien porque a mí me da igual lo que haga.
Tranquila Carmen este XX ya ha salido varias veces con otros nicks para atacar a la gente, ahora le ha dado contigo pero ya sabemos por donde va.
No le hagas caso solo sabe hacer eso.
Perdonar la intromisión pero me urge una pregunta. ¡¡es urgente!!.
He impugnado una Junta de propietarios, convocada y presidida por un presidente que NO lo es (propietario), ya ha sido la Audiencia Previa y el juicio será en febrero del 2007. Posiblemente haya cometido un error que puede ser subsanado: En su día (hace más de un año) NO impugné la elección del presidente, por ignorancia y desconocer que NO era propietario, cuando fui al Registro de la Propiedad (08/06/2005) y puede comprobar que NO lo era (propietario) ya era demasiado tarde para impugnar el nombramiento (presi) ahora se que NO tienen plazo de caducidad (acuerdo radicalmente nulo) y pregunto:
Debería impugnar la elección del presidente? O me vale con haber impugnado la Junta que presidio el ilegítimo presi. Gracias.
Lo de María Rosa tiene fácil consejo, si tiene juicio, tiene abogado, por tanto, él mejor que nadie sabrá todo, porque detalle importante es que el registro de la propiedad tiene presunción iuris tantum y no es obligatoria su inscripción (aunque es una temeridad no hacerlo) y, por tanto, se puede ser propietario y no figurar como tal en el registro, tu abogado sabrá si puede que sea propietario y no esté inscrito en el registro. Si ya has impugnado la junta, no hace falta que impugnes la elección del presidente, eso sí, no permitas que se hagan más juntas con ese presidente y, si se hacen, diles que impugnarás todas las juntas que se hagan por ese motivo (y no vayas de farol, hazlo).
Voy a hacer caso a Lisi y no voy a contestar a la persona que, con otro nick, se dedica a insultar lo que no es capaz de defender con el verdadero, sólo decirle que lo de cobrar lo saco tu alterego y quien se ha picado has sido tú, que sólo has entrado con ese nick para insultar, así que, a partir de ahora, puedes seguir insultando a tus anchas, tú solito te calificarás por ello.
Para Carmen Alonso
En tu ultimo mensaje dices:
"el registro de la propiedad tiene presunción iuris tantum y no es obligatoria su inscripción (aunque es una temeridad no hacerlo) y, por tanto, se puede ser propietario y no figurar como tal en el registro"
Actualmente estoy pleiteando con mi único comunero por lo siguiente: una finca que se componía de planta piso y local con sótano y patio en planta baja se dividió en horizontal, el que hoy es mi vecino compro la planta piso con derecho a vuelo, a los pocos meses yo adquirí la planta baja, ahora pleiteamos por unas diferencias debido a unas obras (llevadas a cabo por mi vecino) que afectan a los elementos comunes y al uso de dichos elementos.
Resulta que en el pleito, mi vecino ha sacado a relucir un contrato privado de compraventa de la planta piso en el cual el vendedor le autorizaba las obras, en este contrato, los dueños de la finca originaria no eran los dueños registrales, y estos, fueron los que hicieron la división horizontal y posterior venta de los dos departamentos resultantes
O sea para entenderlo mejor, es un tema de familia en la cual los titulares registrales vendieron en una escritura ante Notario, no elevada a publico a un familiar, y luego los mismos registrales hicieron la división horizontal y venta de los departamentos resultantes, es de suponer que actuaron así para ahorrarse un dinero al no registrar a escritura de venta.
Que puedes aconsejar al respecto, cual es tu opinión??
Un saludo
Hola Carmen.
Tu respuesta me ha sido de gran ayuda. Me había planteado impugnar la elección del presidente NO propietario (está confirmado por el administrador, en contestación a mi demanda, que NO lo es), y con tu respuesta ya he desistido, pues sería perjudicial para mi Comunidad. ¡Que sea lo que Dios quiera!. Muchas gracias Carmen.