Hola a todos, me gustaria que alguien me informara sobre el siguiente: en mi finca hace unos años se colocaron unas placas metalicas aislantes para evitar las humedades que teniamos en una pared exterior, ahora estan construyendo en el solar contiguo y han quitado los obreros las placas, el arquitecto alega que invaden 10 cm la propiedad contigua, estas placas se colocaron sin permiso del propietario del solar porque no sabiamos que invadia la misma ni que esto pudiera causarles ningun perjuicio.
mi pregunta es la siguiente :¿Pueden quitar las placas sin mas, o por el hecho de estar colocadas x años tenemos algun derecho?
Ustedes en su momento usurparon un espacio que no era vuestro y hoy, su actyual propietario ha hecho lo mismo ya que es su propiedad y le hace falta ese espacio. Creo que no tenéis ningún derecho a pesar del paso del tiempo, y además tenéis suerte que este vecino-propietario no os denunciara en su momento por invadir su propiedad.
Salvo mejor opinión
No indicas si la nueva construcción tapará con pared medianera vuestra zona de humedades, en cuyo caso debeis exigir al constructor la impermeabilización mediante la instalación de una junta superior estanca entre ambas paredes.
En caso de que la altura de la nueva construcción sea de inferior altura, debeis intentar requerirle para que solucione la impermeabilización de las placas que ha quitado y que no le estorbaban, puesto que hubieran quedado por encima de su obra, y os ha perjudicado su retirada.
Si no hace caso, deberías estudiar las posibilidades de una demanda con un abogado.
Cuidado con las contestaciones, esto va sobre todo por Luis25.
El otro propietarios NO PUEDE quitar porque el diga que invade su propiedad, las planchas, debe instaros a vosotros a que las saquéis o demandaros, pero NUNCA puede tomar la vía de los hechos.
Además, como dice RA07, hay que tener en cuenta la forma en que se va a proceder el propietario de la finca contigua, pues puede provocaros un perjuicio mayor por haber tomado la vía de los hechos.
Derecho por el paso del tiempo? pues depende del tiempo, si han pasado 30 años sí, si no, pues no.
Luis25. cuidado con los consejos si no sabes la respuesta, te he visto muchas equivocaciones.
Sí es posible que las tenga.
1º Entiendo que cuando pusieron este aislamiento deberían haber pedido permiso cosa que se omite y por tanto fue puesto sin autorización.
2º Pedir que lo retiren. Alguien les ha autorizado a su colocación ?. Suerte han tenido que no les demandara.
3º El arquitecto dice que invade su propiedad. Debo entender que sabe lo que dice, aunque también es persona y puede equivocarse.
Tu problema es que das consejos sin la prudencia que requiere la escasa información que nos ofrecen las consultas, arriesgas mucho y a veces confundes algunos conceptos.
Aqui no enfrentamos a un problema de medianería, cuya propiedad pertenece a dos propiedades contiguas.
Al analizar la pregunta, yo detecto que existe a una lado de esa medianería una finca de x alturas, que padecía antaño humedades en su medianera, y que, por la medida de "usurpación" (que no es tal)que da de 10 cm, instaló unas placas onduladas o similar como solución más apropiada al problema.
Yo no sé si el otro propietario medianero ya tenía un edificio, o era un solar sin construir.
Por lo tanto, no me arriesgo ya que la respuesta estará condicionada por la edificabilidad sobre dicha medianera.
Por que claro, donde tú dices que "tuvieron la suerte de que no les denunciaran" podría darse la circunstancia de que la suerte fué que esta Comunidad al otro propietario no le exigiera tampoco que pagara la mitad de la impermeabilización, si su edificabilidad alcanzaba la altura de la otra... ¿No te parece?
Por lo tanto..
1º ¿Había un edificio al lado, al que pedir permiso y/o exigir el pago de su mitad? No lo sabemos...
2º ¿Exigieron los vecinos su retirada cuando podían o debían?
Parece que no, pero tampoco lo sabemos, no cita los años...
3º) Todos barremos para casa, y la gente con estudios más todavía, así que el arquitecto puede que tenga o no razón, en función de otras circunstancias que tampoco conocemos...
La prudencia es una virtud, y todos erramos al disparar, tanto más cuanto más nos alejan la diana...
A mí me gusta apuntar bien, tomarme mi tiempo, peru tú eres de tiro fácil, disparas más balas y nunca sabremos quién acierta más veces...
Luis 25 no parece que este equivocado.
Javi85 dice:
"colocaron unas placas... en una pared exterior"
Resulta obvio que no habia edificacion ni se trataba de una medianera, sino de una pared apoyada sobre su propia cimentacion.
"ahora estan construyendo en el solar contiguo y han quitado los obreros las placas, el arquitecto alega que invaden 10 cm la propiedad contigua"
Resulta claro que se trataba de un "solar contiguo" y que el propio Javi85 reconoce que "invadieron 10 cm." por tanto entiendo que es logico la retirada de las placas puesto que el propietario del solar quiere aprovechar todo el ancho del mismo para su cimentacion, y levantamiento de paredes.
Sin pretender polemizar, es mi opinion y creo que la de cualquier otro que se encontrase en el caso.
Tienes razón, Fontanero, me he equivocado por no releer el enunciado original.
Efectivamente, hay un solar cuando ponen las placas, y también tengo claro que las placas está en los 10 cm del solar contiguo.
Pero sí se trata de una pared medianera, pues esta calificación no depende de la existencia o no del edificio contiguo, si no de lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana que les afecta a ambos solares. Si el solar contiguo es edificable, la pared es medianera, y no pueden por ejemplo, los de la Comunidad consultante abrir ventanas ni respiraderos. Aunque esto es otra historia.
Lo importante es que si el arquitecto ha retirado sólo las placas hasta donde él va a construir, o las ha quitado todas, en cuyo caso sería denunciable por daños y perjuicios, como dice Carmen Alonso su obligación era primero requerir a la Comunidad vecina, y si no le hacen caso o no llegan a un acuerdo, denunciarlos.
Pero en todo caso, nunca debe quitarlos sin más, pues está actuando sobre una pared que no es suya, lo que podría costarle al Arquitecto una denuncia, pues lo que nos consultan sí que están dentro del plazo de oposición a este hecho.
Y además, nos queda la duda de la posible prescripción de acciones por parte del dueño del solar, en función del tiempo transcurrido desde la impermeabilización mediante las placas sin oponerse formalmente.
Sí, lo denuncia y sale el juicio dentro de 6 meses y mientras la obra parada ¿NO?. Yo soy muy directo pero también muy lógico y de sentido común ¿no te parece?
Sin acrimonia por fa.
Hola a tod@as.
Qué puede duras más, ¿una denuncia?, o una demanda. Lo pregunto porque yo, a primeros de enero del 2004 interpuse una demanda, y a 05/04/2006 No se la sentencia (juicio ordinario, 1ª instancia). Desde el juicio hasta la sentencia ¿cuanto tiempo puede transcurrir?. ¿Que puede motivar la tardanza en dictar sentencia?. El Juez puede pedir pruebas después del Juicio?, a esto se le llama actuar de oficio?. Gracias.
“igno”
primero voy a aclarar que efectivamente al lado de mi edificio existia un solar, que hace 12 años que están puestas las placas y nadie nos ha dicho nada, y que consultado al profesional que las puso como máximo pueden sobresalir 5cm. y no 10cm. como nos dijo el arquitecto.
Nosotros entendemos que el constructor con todo el derecho apoye su pared con la de nuestro edificio, pero claro nos ha molestado mucho los modos de hacerlo, nos ha dicho que la altura no va a ser la misma en una parte de la pared porque detras habrá como una especie de patio de luces , ahí está el problema, si en un futuro existen filtraciones por la parte de la pared no cubierta, el ha dicho que lo solucionará, claro por el revuelo que ha montado, pero esperemos que hasta que lo solucione continue este buen tiempo y no sea un "Abril de aguas mil", y esa era mi cuestión si tenia obligación de solucionar el problema que con su actuar, me refiero a quitar las placas, podía ocasionarnos.
Bueno ya os diré como acaba el tema, y vuelvo a repetir que agradezco muchisimo vuestras rápidas respuestas.
Se requiere a la comunidad para que retire las placas que ocupan una parte de otra propiedad, que lo retira, asunto solucionado, que no lo retira, demanda (no denuncia) y si pasan 6 meses, pasa 1 año, etc..., y se encuentra parada la obra, pues se pide daños y perjuicios, por ello, en la generalidad de los casos, la comunidad retirará las placas al primer aviso. También pùede demandar directamente (no es lo normal), en este caso, cuando la comunidad reciba la demanda, se allana y ya está.
Tu sentido común te traera problemas, pues una cosa es el sentido común y otra la legalidad, porque si retiras las placas pueden denunciarte, a que no lo sabías? pues sí, aunque la comunidad haya hecho una ilegalidad, podría denunciarte y ganar y si encima, al quitar las planchas, has provocado algún defecto en la pared, ni te cuento.
A ver si te entra en la cabeca Luis25, que los temas legales de una comunidad no los puede llevar alguien que no sepa de derecho, pues luego pasan cosas como estas y la comunidad se puede encontrar con que tiene que pagar porque la persona que cobra por llevar la comunidad, no sabía los pasos legales que se debían seguir.
A la vista de lo que has escrito el 5-4-06, te aconsejo que tu Comunidad llegue a un acuerdo amistoso POR ESCRITO con el responsable de la obra vecina, en los términos que indicas.
"Aceptais la retirada de vuestra obra de impermeabilización a cambio de impermeabilizar nuevamente la pared descubierta una vez finalizada la obra, todos los gastos a cargo del promotor de la misma"
Es lo más razonable, pero imprescindible por escrito, esa gente son de lo más informal que existe (el dinero prevalece sobre los escrúpulos).
Para Carmen Alonso, agradezco tu coincidencia conmigo pero no seas tan dura con Luis25, la diversidad de opiniones nunca está de sobra, ni ha nacido todavía quien esté en posesión de la verdad absoluta.
Ahora veo por qué la justicia funciona también como funciona y lo rápida que es, por no utilizar el sentido común. Veo que los abogados (posiblemente tú lo seas) si no tenéis problemas no podéis vivir, lo curioso es que en este foro, sabiendo tanto como sabes, pocas veces haces acto de presencia para ayudar a la gente, es mejor ver y callar. Espero que a partir de ahora te veamos más.
Mi sentido común hasta hoy no me ha traído ningún problema, y por tanto no he tenido que buscar ningún abogado.
Gracias RA07 por tu opinión.
Para Carmen Alonso:
Imagina por un momento que los problemas de las humdades de Javi85 fuesen en la fachada del edificio y no en las paredes laterales, te pareceria correcto la colocacion de placas?? no seria esto una invasion del espacio publico??
Existen otros medios de impermeabilizacion que la colocacion de placas, pinturas de caucho por ejemplo, que apenas ocupan "grosor" en las paredes, por otra parte, en alguna ocasion he visto colocar en el interior de la finca afectada, planchas de poliestileno extruido y luego tabicar la pared con bloque o ladrillo de 5 o 7 cm. Es decir solucionar es problema desde el interior.
Pero claro, es mas facil hacerlo en la finca del vecino...
RAO7 tal y como esta el tema tu racionamiento me parece correcto.
Un saludo
Aprovecho este tema para preguntar lo siguiente.
Si te adosan una uralita a tu pared, no medianera, junteando con tela asfaltica (totalmente oxidada) y puede ser que incluso se hayan introducido hierros, pero desde arriba no se ve.
Esto puede ser la causa de unas humedades en un cuarto.
De palabra no lo quitan y además pretenden tener derecho porque su casa estaba hecha antes.
Se remite burofax y tampoco.
¿Corresponde denuncia ante el ayuntamiento o vía judicial?
Decidme algo por favor.
Para Maria Rosa.
Pues depende de en que fecha se celebrara el juicio.
Si hace ya bastante tiempo, deberías investigar en el juzgado.
Puede ser un "expediente X". Misterio MIsterio......
En los juzgados también pasan cosas raras.
Quiero decir que igual se ha extraviado, perdido, desaparecido.
Tal vez te enviaron un certificado y el cartero dejó el aviso en otro buzón. Quizás, quizás,quizás....
AL margen de como se pueda calificar la actuacion de los vecinos a la hora de colocar las placas, si pienso que han invadido mi propiedad 10cm, antes que quitar por la "brava" las placas, no hubiese sido mejor darles la occion de comprar esa porcion de terreno?.
A ver si a algun jurista le suena esto:
"Se le condena a............por causar unos daños mayores que los que queria evitar."
Seguramente que el arquitecto sabia con mucha antelacion que las placas estaban puestas y no tenia nada mas que ponerse en contacto con los vecinos para buscar una solucion ¿Quien ha actuado peor?
Para Fontanero: Cada caso que preguntan es único, no mezcles otros supuestos porque desvirtúas las respuestas, no ayudamos al consultante.
Para ALGUIEN: Busca un profesional que lo averigue sobre el terreno, comprende que aquí no podemos saber de dónde te vienen las humedades.
Para CURIOSO: Sólo es mi opinión personal, yo estimo que los vecinos solucionaron entonces así su problema de humedades sin mala fe, sin intención de apropiarse de nada, sólo porque les debieron aconsejar ésa como la mejor solución aplicable, y además no preveían futuras consecuencias, había un solar al lado, y nadie les dijo nada. En cambio, el arquitecto ha obrado con cierta prepotencia, según parece, actuando de forma directa, de hechos consumados y su exclusivo beneficio, sobre la fachada colindante con su solar, sin importarle si con ello vuelven a tener humedades.
Para mi ha obrado peor el arquitecto, es evidente.
Para RAO7.
El tema de las humedades, no es la cuestión. Si no qué hacer, cual es el camino a seguir para que este señor, quite la uralita que ha puesto sobre mi pared sin mi permiso.
¿Denuncia ante el ayuntamiento o vía judicial?
Gracias