Hola, tengo un piso de renta antigua y el inquilino lleva mas de 1 año en una residencia en Madrid, esto es seguro, pero no se en cuál. Paga la renta y no vive nadie más en el piso. Su familia lo tiene de guardamuebles y no lo quiere dejar.
¿Hay alguna manera de localizar en que residencia está ? es fundamental para iniciar el proceso de desahucio. Gracias
Ya he hablado con uno y me dice que hay tantas que no hay forma de hacerlo, a lo sumo hace un informe sobre testimonios del vecindario que no la han visto y saben que no vive en el piso. Este informe me costaría dinero y pienso que puede no ser suficiente de cara a un juicio. No me sobra el dinero para ello y no quiero que sea un proceso largo.
Supongo que habrá arrendadores en casos similares y lo han resuelto de alguna manera.
Si cuando dice "resuelto de alguna manera" se refiere a soluciones extrajudiciales, puede que tenga suerte, pero en principio veo difícil que pueda sacar nada claro conversando con la familia. Supongo que lo que le ocurre es que no quiere ir a un abogado para ahorrarse el dinero, y tampoco quiere ir al juzgado, pero como le digo lo veo muy difícil. Piense que si existe el Derecho y los juzgados es justamente porque las personas por si mismas no pueden resolver los conflictos hablando, porque si así fuera no exisitiríian ni los unos ni los otros.
Me apuesto a que terminará en el juzgado y el proceso será "largo" en el sentido de que todos los procedimientos judiciales son largos.
Puede intentar hablar con los vecinos a ver si están dispuestos a testificar, pero eso tampoco es fácil. También puede requerir a un notario para que vaya a la puerta y llame a ver si le abre alguien, pero tendrá que ir más de una vez y probablemente tampoco le parecerá barato.
Ejercer los derecho suele costar algo de dinero.
Hola. Se que tengo que ir al juzgado y cuento con ello, pero antes de iniciar acciones legales lo que quiero es ir con todas las pruebas que pueda para no dar palos de ciego. Si alego que no vive en la casa lo debo demostrar, sino, me lo desestiman y para ello lo mejor es saber en que residencia está y llevar pruebas o pedir al juzgado que lo verifique diciendo donde está.
Al referirme a "resuelto de alguna manera" quería decir que habían logrado localizar a la persona investigando de alguna manera. Por ejemplo, pienso que las residencias puede que informen a algún organismo oficial de las personas que atienden y están ingresadas o alguna cosa parecida.
Si, pero a ud. no van a darle ese dato de ninguna de las maneras. En cambio es posible que el detective sepa como conseguirlo, por eso le digo que vaya a uno.
De momento debe intentar averiguar, los consumos de electricidad y agua, periódicamente, para poder averiguar y demostrar que no hay consumo.
También, solicitar informe de cementerio municipal, cada cierto tiempo, por si puede haber fallecido, momento en el cual tendría derecho a reclamar la posesión de la vivienda a los familiares.
Si Virginia, pero esos datos no se los van a dar en la empresa suministradora, en cambio un detective igual puede sacarlos por algún lado. Quizás puede mirar por sí misma los contadores de luz y agua, pero tampoco es seguro.
Lo del cementerio también dudo que se lo digan.
De todas formas estamos mezclando cosas y perdiendo el foco: la pregunta inicial es sobre demostrar que ya no vive en la vivienda, no sobre demostrar que se ha muerto. Son dos cosas diferentes.
Mi solución, que le recomiendo, es el detective: los honorarios que yo pagué fueron de 250 € por día de trabajo, y se necesitaron seis días: el día que vaya a ratificar el informe el Juzgado hay que pagarlo aparte. Dicho esto, sepa que los seis días de trabajo efectivo a pie de calle se dilataron en un plazo superior a seis meses, pero al final lo logró.
Por mi experiencia yo diría que los vecinos se van a poner de parte de su inquilino, a quien al fin y al cabo conocen desde hace años. No confie todo el peso de su prueba a las testificales.
Los informes de consumo de agua tal vez los consiga si el contrato de suministro está a nombre del casero y si los cobra la Comunidad: el de electricidad lo podrá obtener a posteriori, iniciado el juicio, pidiendo que se oficie a la compañía de luz.
Esta materia suele tener algunos puntos en común con el desahucio por cesión inconsentida; no hace falta que me diga que no es el caso, yo ya lo sé, pero hay que convencer al juez, por ello le recomiendo, como León, que se ponga en manos de un abogado cuanto antes, para encarrilar bien el tema y no dispersar esfuerzos ni hacer gastos innecesarios.
Totalmente de acuerdo con Hoplon. Tenga en cuenta que él tuvo un caso casi igual hace un tiempo y estuvimos comentando más o menos lo mismo que hemos estado comentando en este hilo, y ya ve que le ha ido bien.
Al final ese gasto es menos malo que no hacer nada, no digamos que intentar hacerlo ud. misma. Lo menos caro es el detective y el abogado.