Gracias por su respuesta Jan, pero el tema es que la propiedad es al 50% en la propiedad y aunque nosotros le comentamos a quien estaba interesado qque se pusiera en contacto con la otra parte y que nosotros acepteriamos lo que acordasen..
Hola adolfo. Si usted y su mujer disponen del 51% de copropiedad del local podrán arrendador son consentimiento de la otra comunera siempre que la duración del contrato sea inferior a 6 años.
Mi cuñada y mi mujer junto conmigo en regimen de ganaciales, poseemos un local que lo hemos tenido alquilado, hace dos días me sale un señor interesado en alquilarlo remitiendolo a la sobrina de mi mujer que parece ser que es la que se ha encargado de los bienes que tenemos en común, por compra conjunta al tener su madre alzeime, a este posible inquilino le ponemos en antecedente y le digo que nosotros aceptamos lo que ellos acuerden, este sr. se pone en contacto con ella y esta le dice que no. ¿hay alguna forma de denunciar esto? ¿que podemos hacer?, nosotros estamos interesados en que se alquile ya que esto ayudadía a sufragar los gastos.