Poseo un local, (semisótano) que no reúne las condiciones más elementales para instalar cualquier tipo de negocio, por ese motivo lo tengo destinado a garaje.
La Gerencia Municipal de Urbanismo, lo ha calificado como “Local Comercial” de esa forma los impuestos municipales son más elevados.
Según tengo entendido, para que esta calificación, “Local Comercial” sea legal, el citado local debería de tener: solería, estar lucido y/o alicatado, y baldosas así como techo de yeso o escayola, además luz eléctrica y agua. Desearía saber si esto es cierto o donde puedo enterarme de la Ley que determina estas calificaciones.
Un Saludo