Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Lo mejor antes de la Prejubilacion?

10 Comentarios
 
¿lo mejor antes de la prejubilacion?
03/04/2012 17:52
La situación en la que se encuentra mi padre; Él tiene 60 años, 41 años cotizados, la empresa en la que trabaja durante 14 años como recepcionista (Categoría IV – G.Cotiz 8) está a punto de cerrar, al parecer sin fondos para cualquier tipo de indemnización. Lleva tres meses sin cobrar y teniendo que poner buena cara. Padece dos hernias discales. Quería conocer la “estrategia” más acertada para que antes de que cierre la empresa y lo echen con una mano delante y la otra detrás pueda hacer lo más acertado: ¿prestación por desempleo? ¿prejubilación por…?
Gracias de Antemano
07/04/2012 20:09
lo mejor es que espere a que cierren la empresa y cobrar la indennizacion del fogasa.
07/04/2012 22:03
Gracias quinocascaron
07/04/2012 23:57
Yo opino lo contrario, en este caso me adelantaría y denunciaría la situacion.
Tambien depende de los trabajadores que tenga la empresa, como solía decir mi profesor de matemáticas, a menos más y a más menos.
Puedes denunciar por el art.50 ET
La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
08/04/2012 12:17
OK; ¿cabe la posibilidad de denunciar ya la falta de salario, la extinción de contrato y esperar la indemnización por parte de FOGASA?
09/04/2012 10:42
Chicofiel, la mejor opción es que lo consultes con un abogado, para que te reclame los salarios que te debe la empresa y, si lo considera viable, que te presente demanda de extinción del contrato con derecho a la indemnización por despido improcedente.

Es decir, como bien dices en tu post y que nadie te lo ha dicho, reclamar lo que te deben por falta de salario. El abogado te asesorará también sobre si tus nóminas están correctas en función de la tabas salariales del convenio y podrá reclamar también las posibles diferencias que hubieran, y por supuesto, la extinción de contrato ... y si resulta insolvente la empresa, el fogasa se hará responsable del pago tanto de los salarios como de la indemnización con los limites legalmente establecidos.

Dejemos las matemáticas para los matemáticos y los temas legales para los profesionales, en conclusión, asesórate con un abogado que él sabrá cual es la mejor estrategia a seguir.
09/04/2012 10:58
Pues como todos lo abogados sean como tu, lo tiene claro.
Hay muchos abogados camuflados que piden asesoramientos en estos foros.
Los abogados no tienen una varita mágica, no todos son eficientes.
Lo que le has escrito ya se lo hemos, escrito nosotros.
No todo el mundo tiene dinero para ir a informarse a un bufete y que le cobren 200 euros, por no decirle nada. Aquí al menos hace cuarenta preguntas y todo se va resolviendo paulatinamente, en en bufete cuando la gente sale ya no se acuerda de lo que le ha dicho.
Así que no aconsejes cosas que la gentes ya saben.
09/04/2012 11:06
trola, si no aportas nada al hilo que resulva cualquier duda al anunciante abstente de hacer comentarios que no vienen a al caso, por cierto, que puede reclamar los salarios y que se haga revisar las nóminas para ver si son correctas y reclamar cualquier posible dferencia, eso se habia escrito antes.... claro que bajo el argumento de a menos más y a más menos, podo es posible.
10/04/2012 15:57
Para reclamar los salarios tiene que estar cómo mínimo 6 meses sin cobrar.
Pero si como tu dices que la empresa está a punto de quiebra, yo esperaría y no adelantaría acontecimientos, siempre queda cómo último recurso el fogasa.
10/04/2012 16:00
quinocascaron, ¿de donde sacas eso de ... "Para reclamar los salarios tiene que estar cómo mínimo 6 meses sin cobrar"?
10/04/2012 20:02
Chicofiel, como quinocascaron no nos aclara de donde saca eso de que: "Para reclamar los salarios tiene que estar cómo mínimo 6 meses sin cobrar"

Ya te lo digo yo, eso es una trola