Justamente esto mismo me ha sucedido a mi en septiembre.
Mi empresa me finiquito el año (proporcional de pagas extras y vacaciones) y dejo de cotizar por mi.
Según me informaron desde el comité de empresa si el tribunal médico me da el alta la incorporación al puesto es inmediata teniendo derecho a mi puesto de trabajo.
Si me dan la incapacidad permanente parcial ya se complica un poco más la cosa ya que ahí si surgen muchas dudas de si tengo derecho a un puesto adaptado en la misma empresa o de si no tengo derecho ya quedo saldado con ese finiquito del año. Entonces perdemos el derecho a nuestro trabajo después de más de 20 años sin indemnización alguna por no poner un puesto adaptado?
Estos temas son muy complicados, yo he hablado con el sindicato dónde estoy pero se enteran menos que yo, me dicen que es así, te dan el finiquito a los 18 meses y dejan de cotizar por mi, pero no me saben explicar que pasa si me dan el alta y ya me han pagado el finiquito, he ido a mirar un abogado y me es imposible meterme en uno, mucho dinero solo por empezar a mover esto, llevo unos días sin dormir por todo este tema y lo que me queda
Gracias por la respuesta, la verdad es que ahí me pillas, tampoco lo entiendo, si te las han pagado ya. El contrato, según creo, queda en suspenso así que no sé de dónde sacan vacaciones
A mí al llegar a los 18 meses me han dado la liquidación, la parte proporcional de la pagas y las vacaciones, lo que no entiendo es que he leído que si te dan el alta en el tribunal médico que la gente pide las vacaciones para tener tiempo de reclamar sin tener que ir al puesto de trabajo, pero si te las pagan como se hace eso?
Hola. Llevo más de un año y medio de baja por enfermedad común y el INSS me abre expediente de invalidez permanente. Mi pregunta es si la empresa tiene la obligación de liquidarme las vacaciones pendientes al ya no cotizar por mí. Gracias