Estimados compañeros y foro general.
Mi preguna versa sobre lo siguiente. En un canvenio regulador, donde sólo existe un único bien a reparte y se trata de la vivienda familiar (no hijos). Estos deciden y asi lo reflejan en el convenio, poner la vivienda a la venta, y lo que se obtenga a repartir a partes iguales. Se debe especificar el valor de la vivienda, o es suficiente con la redacción mencionada. Se considerará disuelta la sociedad de gananciales de ese modo?
Un saludo a todos