Hola, hemos comprado una vivienda a través de una cooperativa. El caso es que a la hora de hacer la hipoteca, el banco hizo una tasación de la vivienda, siendo el precio de la tasación superior al precio de la compraventa. A la hora de formalizar la hipoteca ante notario, se utilizó siempre el valor de compraventa (el menor), pero se adjuntó una copia del informe de tasación. El impuesto de AJD se liquidó en base al valor de compraventa, sin embargo ahora nos ha venido una revisión de este impuesto en base al precio de tasación. Cómo podemos alegar o argumentar un escrito para rechazar con base legal esta liquidación? Gracias y un saludo.
Es una práctica habitual de las Administraciones autonómicas.
Un argumento, algo técnico, es comprobar si en el expediente administrativo consta toda la información exigible para que pueda utilizarse como método de valoración la tasación que comentas.
No se desde qué Comunidad Autónoma escribes, pero busca un buen experto fiscal que te asesore.
Saludos.
Jaime.