Si el presupuesto de gastos del ejercicio es similar al del año anterior, lo lógico es subir el IPC, o el porcentaje en que haya subido un servicio o suministro con respecto al año anterior (por ejemplo, si la luz ha subido un 5%, tendrán que tener en cuenta esa subida al presupuestar el gasto de electricidad en la finca, máxime si ese 5% es superior al IPC).
La cuota de comunidad se establece conforme al presupuesto de gastos, y no arbitrariamente con una subida lineal o proporcional acordada por presidente o administrador. Ahora bien, si la mayoría de propietarios acuerda en junta subir la cuota una cantidad fija "X", usted tendrá que asumirlo o impugnar el acuerdo, para lo que previmente habrá de mostrar su disconformidad votando NO en junta.
No,no hay un porcentaje definido, lo ideal es hacer un Estudio Económico de los gastos que se prevean en el ejercicio y con esta base hacer un presupuesto anual real.
Una vez conocida la cantidad necesaria la cantidad del fondo de reserva obligatorio se reparte por coeficiente o la norma que tengáis establecida entre los propietarios y esta es la cantidad a abonar por cada propietario.
La Junta de propietarios es su reunión aprobara este presupuesto por mayoría simple y este acuerdo obliga a todos los propietarios.
Las obras de pintura como indicas deben de estas incluidas en los gastos del ejercicio con su correspondiente presupuesto y aprobarlo en la reunión.
La Ley indica que hay que disponer de una cantidad como fondo reserva y esta cantidad tiene que representar como mínimo el 5% del ejercicio contable anterior.
Hasta donde se puede subir legalmente la cuota mensual de una comunidad de Vecinos. Es decir, puede superar el IPC, hay un porcentaje sobre la cuota existente, por ejemplo de 50 euros subir a 75. Es caso concreto es de 45 a 50, y el año anterior ya lo han subido otros 5 euros. Todo por poder pintar la caja de escaleras, ya que no hay fondos. Esto parece una derrama encubierta y a plazos.
Es licito que salga en la junta por mayoria de los presentes en ella. o es necearia una proporcion del total de vecinos. No es necesario la unanimidad.
Y cuanto es la parte que la ley dice que hay que tener un fondo en Caja.
Muchas gracias