Lo siento, no he podido contestar antes por estar de vacaciones.
Me has interpretado mal Vicente, no es que entienda que sea obligado dar el consentimiento, digo que dicho consentimiento es necesario para poder segregar.
No obstante, conforme al Título III del Código Civil, ningún copropietario estará obligado a permanecer en comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir que se divida la cosa común, siempre que no resulte inservible para el uso al que se quiera destinar.
Pero estas cuestiones no es un problema de los ayuntamiento, sino de los copropietarios. Si como funcionario te ves obligado a informar una solicitud de licencia de segregación, deberás tener en cuenta las supuerficie mínima a partir de la cual es posible segregar.
Si es copropiedad es de una participación proindiviso de la totalidad de la finca, sin duda, será necesario el consentimiento del resto de los copropietarios. Eso por un lado.
También deberás tener en cuenta para informar favorablemente la segregación, que la porción que a segregar y la resultante después de la segregación deberá cumplir con la unidad mínima de cultivo de la zona si es suelo rústico, o con la superficie de parcela mínima establecida en el sector por el planeamiento, si es suelo urbano.
Hola, buenas trabajo en un ayuntamiento, y me solicitan licencia de segregación de un terreno uno de varios de los "comuneros". Mi pregunta es ¿deben prestar todos los comuneros su consentimiento para que el Ayuntamiento le conceda licencia de segregación? en base a que normativa??
gracias