Hola, hoy teníamos un debate en el trabajo sobre la utilidad del libro de familia para acreditar la vigencia del matrimonio, a ver qué opináis.
Tengo un compañero de trabajo casado con una mujer de Guatemala desde hace 6 años. Han ido a extranjería a renovar la tarjeta de residencia de ella, y le han denegado la renovación porque le requirieron un certificado de matrimonio actualizado (antigüedad máxima 3 meses) y presentó el libro de familia -el cual no fue aceptado como acreditación de la vigencia actual del vínculo matrimonial-.
MI compañero está indignado, ya que, según dice, en caso de divorcio / nulidad/fallecimiento cónyuge, está OBLIGADO a anotar dichas circunstancias en el libro de familia, con lo que, si no hay nada anotado, el matrimonio sigue vigente, de lo que concluye que el libro sería válido para acreditar su vigencia.
MI pregunta, ¿es realmente obligatorio acudir al registro civil con el libro de familia para anotar el fin del vínculo matrimonial? (cuando digo "realmente obligatorio", quiero decir que efectivamente se imponga el cumplimiento de dicha obligación, abriendo expedientes administrativos sancionadores / judiciales en caso de incumplir la obligación).
Gracias!!
PD: Algo he leído que el libro de familia va a dejar de existir en breve, mi pregunta es según la normativa vigente hasta ahora.
Más que te sancionen o no (que no), el tema es que por ejemplo siempre puedes decir que has perdido el libro de familia y te harán otro. En el viejo, no actualizado, no figurará el divorcio.
Si le piden una prueba de matrimonio que entregue la prueba que vea, pero si le piden específicamente un certificado actualizado que entregue un certificado actualizado, es muy simple.
Además, no es nada complicado conseguir un certificado de matrimonio. Como mínimo, mucho más fácil que solicitar una copia del libro de familia para que esté actualizado.
Puedes solicitarlo online en la página del Ministerio de Justicia: https://sede.mjusticia.gob.es/ecertificados/solicitud/solcertmatrimonio