He comenzado a leer la
JORNADA DE ESTUDIO
SOBRE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL a la que hacéis referencia y ya, de entrada, me ha chocado lo primero que se expone. La primera modificación que se propone es la del art. 13.º que en estos momentos queda redactada como sigue:
"Los órganos de gobierno de la comunidad son los siguientes:..."
La propuesta es que conste así:
" Los órganos de gobierno de la Comunidad, que gozará de personalidad jurídica para el cumplimiento de sus fines, son los siguientes: ...
O sea, lo que se pretende añadir es que la Comunidad gozará de personalidad jurídica.
La justificación de esta propuesta viene expresada en el siguiente párrafo tomado de la web que mencionáis:
"Es preciso otorgar personalidad jurídica a la comunidad de propietarios para que no existan problemas a la hora de que exista una responsabilidad distinta a la que integra la propia de los comuneros, con un patrimonio separado, organización asamblearia, con la específica separación de los bienes que pertenecen a los propietarios sobre su propio inmueble y la de la Comunidad configurada por los elementos comunes"
Esto en la práctica ¿qué significaría? ¿Cómo se aplicaría; me refiero a:
-RESPONSABILIDAD distinta;
-PATRIMONIO SEPARADO;
-ORGANIZACIÓN ASAMBLEARIA con la específica
SEPARACIÓN DE BIENES QUE PERTENECEN A LOS PROPIETARIOS ( los que pertenecen a su propio inmueble) y LA DE LA COMUNIDAD (configurada con elementos comunes)..
En su día ya me leí el artículo de Gerardo García García: "La falta de personalidad jurídica en
las Comunidades de propietarios" donde defiende esa falta de personalidad jurídica y explica las consecuencias que tiene.
La pregunta sería ahora, ¿qué consecuencias tendría el gozar de personalidad jurídica?¿cómo se reflejaría este cambio de situación en la práctica de las comunidades?
Porque si queréis que os diga la verdad, no me queda a mí muy claro eso del patrimonio separado, la separación de bienes y la organización asamblearia.
Hay mucho que comentar de esas modificaciones.
Un saludo
PD:
Para discolo:
¿No podías utilizar un lenguaje menos grosero? je,je
Lo digo porque en este espacio, "habemus" damas
(muy susceptibles) escribiendo aunque sabemus defendernos.
También totalmente de acuerdo con Urbanita. Y es que el propietario singular sigue en manos de la mayoría en cosas que le afectan al ámbito privado, como son por ejemplo las actividades molestas de sus vecinos. Lo de la contabilidad profesionalizada clama al cielo, y otras tantas cosas ...
Urbanita, piensas igual que yo, y seguramente por propia experiencia. Esta ley necesita todavía muchas mejoras. Con ellas, segurán habiendo abusos, pero serán mejor contestados por quienes los sufren.
audrey; por el interés que expresais, acabo de leerlo en la web de Justa"http://www.valcap.es (domingo 1º abril 2006)
pinchar a la izquierda, segunda línea PROYECTOS LEGISLATIVOS (no puedo ver en que fecha se han realizado)
sale un largo menú epigrafiados PROYECTOS LEY DEL SUELO.
Creo que el primero que vemos debe tener una errata en la lista, donde dice PROPUESTA MODIFICACION A LA LPH (24), creo que se refiere al articulo 20 de LPH.
Sucesivamente a traves "más informacion", iran saliendo todos los articulos en los que se supone se propone modificacion. Hay tres epígrafes más, ESTUDIOS (5) Ponente Luis Antonio Soler) (id (4) Manuel de lasHeras y tambien del Consejo de Administradores de Fincas.Análixis) articulo 2
Buen trabajillo para los que quieran obtener las nuevas modificaciones. Esto lo hacía Justa hace algún tiempo dando su opinion.
Espero sea del agrado de todos.
Buenas noches.
Hola:
Tengo mucho interés en las ponencias que comentáis, sólo que por más que he mirado en la web que menciona discolo no encuentro ninguna ponencia, aunque sí he encontrado otras muchas cosas muy interesantes.
Me solidarizo con DavidManuel sobre sus comentarios de la LPH, y cómo es un coladero para todo tipo de sinvergüenzas, desde algunos Administradores de fincas hasta los propios vecinos.
Con respecto al argumento de que "la Ley existe, y, el que quiera, que recurra a ella para defender sus derechos" es muchas veces inviable o poco efectivo en la práctica: los procedimientos suponen un coste muy importante en dinero, tiempo y preocupaciones para un particular, la gente tiene miedo a denunciar o pasa de todo, etc., etc.
Siempre he pensado que la Ley que no tiene en cuenta la Realidad es una mala Ley, y todos sabemos que una cosa es que funcione y triunfe el Derecho y otra muy distinta que funcione y triunfe la Justicia.
En este sentido, la LPH no tiene en cuenta los bloqueos y la inacción que se producen en las Comunidades (sobre todo en las más grandes) debido al pasotismo, borreguismo y miedo de la mayoría de los vecinos, lo cual es aprovechado hábilmente por los sinvergüenzas de turno.
A la exigencia de una contabilidad normalizada en las Comunidades de propietarios, yo añadiría una regulación explícita en la propia LPH del derecho de los propietarios individuales a la defensa de la cosa común, para evitar así los bloqueos por inacción del Presidente o de la Junta de propietarios.
Chico; no caigo , parece que transmites en telegrafía, haber por donde me viene la onda.
Supongo a que te refieres; los chicos del conjunto son capaces de hacer cualquier cosa, pero no se como nos vamos a organizar, somos cuatro y de ellos cinco piensan diferente.
¿sabias que aquel famoso sabio andalú, Pacheco ya se lo han quitado de encima? aqui ya sabes, el que se mueve no sale en la foto.
La mayor aberración que existe en materia administrativa, que a la postre es la esencia en Comunidad de Propietarios, es que los Excmos. Colegios de Administradores de Fincas no han aportado absolutamente nada en este sentido en la formación de la ley 49/60, con numerosos remiendos por parte de ellos, la mayor parte de ellos inútiles; Lo he dichos muchas veces en este foro y es absolutamente vergonzoso que la ley no se pronuncie y exija, como hoy se exige hasta para los vendedores de pipas, un sistema contable nacional al menos adaptable al plan general contable, como se lleva en todo el mundo, permitiendo que buena parte de administradores presenten en sus cuentas verdaderas bazofias enrevesadas, sin soporte y carentes de escrúpulo, pues la mayoría encubren todos los enredos que quieran, cuyas cuentas son mandadas aprobar con harta desvergüenza por parte de quienes las presentan.
Es dificilísimo su revocación ante los jueces por cualquier propietario que quiere datos o reclamar, necesitará abogado ,procurador y lo que es más dramático, la acreditación de un informe de un experto censor de cuentas(costosísimo, mínimo 1000euros), al único que entienden los jueces ; este ni siquiera podrá presentar pruebas pues los documentos que necesita no aparecerán y el costo del uso del derecho no pagará el tiro con respecto al perjuicio del propietario. Conclusión ¡que me diga un forero experto en derecho si merece la pena reclamar;...... este es un país donde hay muchos ladrones consentidos.
que las cuentas están bien porque que mejor demostración que hayan sido aprobadas por la Junta no hay, y no es broma
cuando te encuentras que puede haber dos facturas igualitas excepto en el importe, y que la que consigues en la Administración (Ayuntamiento) es por la tercera parte que la presentada en la Junta y que la correcta es la otra porque, como dice el del gremio es lo normal, mentir a la Administración,
que SS, por cierto que ha salido en los periódicos por una sentencia de esas de época por la burrada que ponía (es el guineano de los billones), pues ya sabes, dice que eso está bien y qiue es lógico que sea normal, pero no deduce testimonio para la fiscalia,
Discolo; aclarado, mis escusas para Portico; cuando encuentre tu línea 500 te llamaré para charlar un rato;
Justa me evoca la grandeza de una persona que en este foro ha dado todo a cambio de nada y debemos hacerle un homenaje, igualmente a otras que ocasionalmente aparecen aquí en este post como otras de aquellos tiempos en los que nos enzarzábamos en numerosos post con valentía, con respeto y con ardor, todo en favor de una colectividad a la que suponemos habrá servido de ayuda; ahora es difícil encontrarlas.....
Discolo, creo que me estoy equivocando rematadamente , ¿que quieres decir con este texto?
David, ¿puedes conectarme el hilo?.
Porque están volviendo a la carga......
¿que carga?
eres tú el que ha sacado mi texto 27.1.2005 introduciendo mis comentarios de ahora.
Voy a tener que pedir excusas a Portico a quien ya he recurrido, creo que innecesariamente.
Por favor, explícate....... estoy incomodo.
ruego al titular del foro investigue esta inserción de enero que si bien no me molesta si me parece inoportuna por no obedecer a las fechas actuales, en consecuencia, ruego su eliminación, su investigacion y por favor me informen.Gracias.