Les agradecería que me indicasen dónde encontrar alguna ley en las que se especificara qué se puede modificar en un edificio, como por ejemplo si un patio de luces tiene que estar tapado o descubierto a la altura de la terraza, o si algo ilegal lleva construido muchos años, se puede o no modificar.
Si existe alguna obra ilegal hay que saber el tiempo que hace que existe porque puede haber prescrito ,,es decir si la comunidad no lo ha denunciado nunca ha dado su consentimiento tácitamente y por tanto ya no se puede denunciar.
En los estatutos constará el estado del patio de luces y si es de la comunidad o el primer piso tiene el uso exclusivo,,tiene que estar abierto ya que existira derecho de luces y vistas y no se puede cubrir con ninguna obra salvo que la comunidad de su consentimiento por unanimidad