indicarte que segun la LPH (art. 13) el catgo de presidente sera nombrado entre los proipetarios, debiendo sereste igualemnte propietario del inmueble.Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato(1 año) por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria.
un saludo
Mis vecinos eligieron a mi mujer presidente de la comunidad por unanimidad, habiendo puesto en su conocimiento que ella no era propietaria de la vivienda, sino su padre. Hay un acta que lo certifica. ¿Es posible que se impugnen los acuerdos aprobados bajo su ejercicio? ¿Es su nombramiento irregular o ilegítimo? Gracias