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Legalidad de sanción de empleo y sueldo

3 Comentarios
 
Legalidad de sanción de empleo y sueldo
14/10/2019 16:18
Buenas noches, quisiera saber si es legal que te pongan una sanción de empleo y sueldo, y el días antes de tener que cumplirla me dan de baja el médico por depresión, estoy 6 meses de baja me incorporo en mayo del 2019, la sanción estaba firmada para efecto 31-10-2018, cuando me incorporo les digo de cumplirla por que me van a dar la baja en 1 mes para otra operación, me dicen que no, si más motivos y cuando me dan el alta de esta última operación a mediados de septiembre me dicen que tengo que coger las vacaciones y cuando las termino y me incorporo el día 7 de este mes y cuando me queda 1h para salir recibo un correo de mi jefe que a partir de día 8 ósea al día siguiente se hace efectiva la sanción que había pendiente con fecha 31-10-2018, y me traen la comunicación para que la firmase. Tengo una reducción de jornada por guarda legal, la tenia a 6h diarias pero después de esta baja la he renovado 1 año más a 4h diarias comenzando este mes de octubre. Mi pregunta es es legal cuando he reducido la jornada por guarda legal y estamos en año diferente al de la sanción firmada, que me la hagan efectiva??? Además he recibido un sms de baja en la empresa de la seguridad social. Esto influye en mi contrato fijo y en mi reducción de jornada???

Estoy muy perdida y además la depresión fue a causa del trabajo y ahora no se si es legal o no, y se que lo están haciendo para aburrirme y que me vaya con baja voluntaria, Y al final lo conseguirá por que la situación es ya agobiante como nos tratan.
14/10/2019 17:39
Crueda
Verá los plazos para la sanción es para la imposición de la misma, es decir existe un limite de 6 meses desde que la empresa es conocedora de la infracción cometida pero si le imponen la sanción luego el pazo para el cumplimiento de la misma no tiene límite y como además hay periodos de IT en los que se interrumpe el cumplimiento de la misma, por lo que no hay ilegalidad por parte de la empresa, por otra parte usted sale beneficiada del cumplimiento de la misma en la actualidad porque en el momento de la imposición hacia usted 5 h/ia mientras que ahora hace 4 h/dia, eso que se lleva usted ganado.
smo
18/10/2019 20:44
Jamgrrhh28
Muchas gracias por su información.
Recibí el día que empezó la sanción un sms de la seguridad social que habían procedido a la baja de la empresa, el día 21 termina la sanción teniéndome que incorporar el día 22 a trabajar, el día que ponga en el alta que tiene que ser el de mi contrato indefinido no??? O el del día que me incorporo de la sanción???

Un saludo
19/10/2019 06:38
Crueda
No entiendo muy bien su consulta, si está suspendido cuando cumpla la sanción tendrán que darle de alta con esa fecha a efectos de la SS )vida laboral), pero en la empresa sigue usted manteniendo la antigüedad, es si, con un corte de cotización por esa sanción.