Habiendo obtenido sentencia de desahucio la inquilina se ha ido pero no ha entregado la llave, ahora vivie en otro domicilio y se plantea la posibilidad de solicitar el pago de rentas y el lanzqamiento pues ella no ha entregado la llave
Pero, aqui esta la pega, si vive en otro domicilio y lo designamos en la demanda ejecutiva no es contradecirnos en el lanzamiento?