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laboral

12 Comentarios
 
27/10/2009 23:05
Yo te traslado simplemente la norma legal y moral.
Tu estado médico y si estás en condiciones suficientes para el trabajo o no es algo que obviamente no puedo saber, ni es asunto mío.

Pero tal y como has dicho exactamente tu comentario
"Mientras llega el momento del juicio intentare coger la baja laboral"
Si le dices eso a la mutua te da de alta y con efectos retroactivos, que lo sepas.
Porque eso suena a lo que suena.

El % de fraude de asalariados con el tema de la incapacidad médica para trabajar ya sabemos todos que es altísimo.
Y lógicamente una situación de impago no es plato de bueno gusto para nadie, ni para los autónomos o empresas que lidian con impagos igualmente a diario. Pero la mutua mirará con lupa que la baja por IT no sea eso: "mientras llega el juicio".
27/10/2009 22:37

Bueno precisamente bien no me encuentro. Asi que no estoy haciendo fraude para nada.
27/10/2009 22:34
Eso requiere una enfermedad real, incapacitante para el trabajo. En cualquier otro caso, es un fraude a la SS, y a la empresa, motivo de despido disciplinario.
27/10/2009 22:27
gracias por la ayuda. Mientras llega el momento del juicio intentare coger la baja laboral
27/10/2009 22:23
No. Debes solicitarlo previamente de oficio.
Corta con el actual, y solicita de oficio. Seguro no cobra nada.
27/10/2009 22:21
EconimiaYDerecho . de maleducado no tengo nada, es posible que algo ignorante si...........el abogado lo contratas tu pero no lo pagas tu ...........eso diselo al abogado que ha contratado verde33 cuando le pase la minuta QUE ES GRATIS
Chao
27/10/2009 22:11

¿si el abogado es particular?
27/10/2009 21:53
Corrigiendo a JM30, que viendo en otro hilo que es un maleducado, paso de cubrir su ignorancia en este hilo, y te termino de contestar:

En laboral el abogado es GRATIS. Lo contratas tú, pero "no lo pagas tú" como dice JM30, art. 2 Ley 1/96 de asist. juríd. grat.
Y aparte, no hay costas, ganes o pierdas, tal y como ya te he indicado.

Saludos
27/10/2009 21:29
Es gasto deducible en IRPF. Algo es algo
Pero como dice JM30, en laboral no hay costas, ganes o pierdas
27/10/2009 21:13
El abogado lo contratas tu , entonces le tendras que pagar tu
27/10/2009 20:52
Incluso si despues del acto de conciliacion tenemos juicio y se llega a la restriccion del contrato?
27/10/2009 19:28
Los gastos de abogado seran a tu cargo ....
Laboral
27/10/2009 17:25
hola

Acabo de solicitar la restriccion de mi contrato laboral(es indefinido) por impago de salario de forma reiterada durante meses. Los gastos de abogado que me esta ocasionando todo esto ¿serian a cargo de la empresa o del trabajador?