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La plusvalía es deducible si la utilizo en la adquisición de la nueva vivienda en que viviría?

9 Comentarios
 
La plusvalía es deducible si la utilizo en la adquisición de la nueva vivienda en que viviría?
16/05/2007 13:42
En la actualidad además de nuestra casa en la que vivimos tenemos un piso como inversión, alquilado a otra persona.

Dados nuestros ingresos necesitamos tenerlo alquilado, en caso contrario no nos llegaría.

Si me separo no podría vivir allí por lo que acabo de contar. La solución que estamos pensando es venderlo y comprar un piso más pequeño y más barato de modo que pudiese hacer frente a su hipoteca.

Mis dudas son:

La plusvalía que se generará en la venta, ¿ es deducible si la utilizo en la adquisición de la nueva vivienda en que viviría ?

Las cuatas de la hipoteca de esta nueva vivienda ¿ serían deducibles en el IRPF ?

Muchas gracias y saludos
18/05/2007 13:27
Si te refieres a vender ese segundo piso que tenéis (el alquilado), la ganancia patrimonial obtenida nunca quedaría exenta de tributar.

Sólo hay ganancia patrimonial exenta por reinversión tras la enajenación de una vivienda habitual.
18/05/2007 17:15
Pero el hecho de que esa plusvalía la utilice para adquisición de vivienda habitual, no justificaría la exención ??

En mi opinión el espíritu de la exención sí se daría en este caso pero puede que me esté dejando llevar por mis intereses más que por la lógica.
18/05/2007 18:23
El hecho es que la ganancia patrimonial obtenida por la enajenación de una vivienda habitual está exenta si reinvertimos en otra vivienda habitual. En tu caso se cumple con el fin, pero no con el origen del dinero.

De todas formas lo que se invierte en vivienda habitual puede ser base de deducción, independientemente del origen de esos fondos. Pero ten en cuenta que en caso de exención por reinversión, el capital reinvertido no puede a la vez servir de base para deducción por vivienda habitual.
En resumen, que aunque en principio pueda parecerte que te perjudica porque tienes que tributar en el IRPF, tambien es cierto que empezarás a poder deducir mucho antes, y a la larga puede que incluso salieras ganando.

Ahora que vuelvo a leer tu primer post veo que preguntabas si la plusvalía generada es deducible si la empleas en la compra de tu vivienda habitual. Vamos, que no estaría exenta de tributar pero todo lo que inviertas en la nueva vivienda será deducible (con los límites que marca la ley).
18/05/2007 18:41
Ten en cuenta también que el asunto es aún más complicado de lo que parece:

Para que la ganancia patrimonial obtenida quedara exenta, lo que habría que reinvertir no es esa ganancia sino todo lo obtenido en la venta.

Por ejemplo: compras tu 1ª vivienda habitual por 5 millones; la vendes por 10 millones: la ganancia patrimonial obtenida son 5 millones. Para no tributar por esos 5 millones lo que hay que reinvertir en la nueva vivienda habitual son los 10 millones obtenidos en la venta.

Todo esto para explicar la teoría; en la práctica intervienen más factores:
- hay que contar con los gastos;
- el valor de compra se actualiza en función de los años que han pasado (según tablas);
- si hay préstamo hipotecario, a lo obtenido en la venta se le resta el capital pendiente para obtener la cantidad a reinvertir, etc.
21/05/2007 10:14
Gracias sinceras por tu respuesta mark9.

La vivienda la adquirí en 1998 por unos 15 millones gastos incluidos.

Si ahora la vendo por 35, cuánto me tocará pagar aproximadamente? Sólo te pido una cantidad orientativa. Mis ingresos anuales son de unos 50.000 € y en nómina me retienen el 21% por si sirve el dato.

En qué impuesto y en qué momento tendría que pagar, sería en el IRPF de ese año o hay un impuesto especial para estas plusvalías?

Gracias de nuevo
21/05/2007 19:57
Si empleamos "plusvalía" podemos dar lugar a error:

Tradicionalmente se habla de plusvalía refiriéndonos al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos. Es un impuesto municipal y lo paga el vendedor inmediatamente despues de la venta del inmueble.

Pero las "plusvalías" a las que tu te refieres entiendo yo que es a la Ganancia Patrimonial que obtienes por la venta. Si vendes este año, lo declararías en el 2008 al hacer la deeclaración de renta del 2007.
22/05/2007 11:49
Efectivamente, como bien dices, me refería a la ganancia patrimonial.

En cuanto a lo de la cifra aprox que tendría que pagar, me puedes decir algo de forma únicamente orientativa? La verdad es que no se si estamos hablando de 1 millón de cinco o de 10, no tengo ni idea y te agradecería mucho esa información.

Gracias de nuevo
22/05/2007 13:46
El precio de compra hay que actualizarlo segun unas tablas que publica hacienda cada año con las normas del Impuesto. Por el año de compra, sería más o menos 1,19 de coeficiente:

15 M. x 1,19= 17.850.000

Al precio de venta le puedes restar los gastos. Normalmente los paga el comprador, salvo la plusvalía municipal que hemos comentado, que la pagarás tú. Así, a ojo, como depende del valor catastral, supongamos que pagaras 250.000 pts.:

35 m - 250.000 = 34.750.000

La ganancia sería:

34.750.000 - 17.850.000 = 16.900.000

Si eras propietario de la mitad, tu ganancia será:
8.450.000

Hasta el 2006 se tributaba el 15% pero ahora ya es el 18%:

8.450.000 x 18% = 1.521.000 pts.

De todas formas esto es muy aproximado, ya que el cálculo es más complejo. Mi consejo es que el año que viene cuando vayas a hacer la declaración, busques asesoramiento.

Además, si es un bien ganancial y va a haber separación, no se si eso tendrá alguna trascendencia. No se si primero habría que disolver la sociedad de gananciales... no conozco este tema. Prueba a plantearlo en el foro de familia, o consulta a algún experto.
23/05/2007 09:18
mark9, tu orientación me es de gran ayuda.

Sólo apuntar que la idea es vender antes de separarnos, con lo que según tu cálculo estaremos hablando a una cifra en torno a los 3 MM de pts. ( vaya gracia, tratándose además de una plusvalía destinada a inversión en vivienda habitual... )

Gracias de nuevo