Contrato del 2 de Julio de 1962.
Actualmente paga 100 euros, mi duda es si la limitación del 2% del RD le afecta o le tengo que aplicar el 10,2% de la variación del IPC cuando se confirme. Me gustaría tenerlo claro antes de hablar con la inquilina.
¿En la carta debo hacer mención que la actualización de la renta es conforme a la D.T.2ª de la LAU94? ¿es correcto?