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la ley 30/1992

3 Comentarios
 
La ley 30/1992
07/03/2008 18:38
Olá, sou português e não escrevo em castelhano, mas espero que me entendam.
Estou a ser multado pela administração espanhola e o procedimento administrativo está definido na lei 30/1992 modificada pela 4/1999.
O artigo 36, sobre a "Lengua de los procedimentos", e o artigo 48, sobre o "Cómputo", referem-se aos cidadãos das Comunidades Autónomas, mas não dizem nada sobre cidadão estrangeiros.
Posso deduzir que se aplicam os mesmos princípios? Ou seja, quando se diz que «En los procedimientos tramitados por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, el uso de la lengua se ajustará a lo previsto en la legislación autonómica correspondiente» ou «Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa, se considerará
inhábil en todo caso» posso considerar Portugal como uma Comunidad Autónoma?
Gracias!
09/03/2008 00:12
De ningún modo se puede considerar Portugal como una comunidad autónoma. La Ley 30/1992 es de aplicación dentro del territorio nacional español y lo es tanto para nacionales como para extranjeros pero no cabe exigir las comunicaciones en portugués.
Un saludo
09/03/2008 00:17
Gracias!
Mas então que lei se aplica nos procedimentos administrativos para cidadãos do estrangeiro?
10/03/2008 11:04
Se aplica la misma ley, la 30/1992. Podrás utilizar el castellano o la lengua cooficial de la comunidad autónoma donde estés, pero no el portugués.