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La empresa no paga el salario al trabajador, ¿qué puede hacer?

3 Comentarios
 
La empresa no paga el salario al trabajador, ¿qué puede hacer?
03/11/2019 13:42
Una persona fue contratada por una empresa de la construcción, y esta persona solo dio un día de trabajo en dicha empresa, porque lo llamaron ese mismo día para trabajar en otra empresa que le ofrecía mejores condiciones laborales y se fue, con lo cual solo dio un día de trabajo en la primera empresa.

El problema es que han pasado 2 meses, y la empresa no le ha pagado el salario correspondiente al día de trabajo que dio. El empresario solo hace poner excusas y mentir, le dice que la semana que viene, que al día siguiente, que ya le ha hecho una transferencia, pero la transferencia nunca llega. Es el colmo de la desvergüenza y de la cara dura.

El problema es que, para un solo día de trabajo, requerirle el pago por Burofax ya le cuesta al trabajador casi la mitad del salario que le debe la empresa.

Otra cosa sería enviarle el requerimiento por correo electronico (por intentarlo) y si no paga en el plazo estipulado en dicho requerimiento iniciar el tema de las papeletas en el organismo de mediación y conciliación, que es el paso previo a la demanda.

El asunto aquí es que; el trabajador va a tener que pagar mucho más dinero para reclamar el salario de un día, y lo mismo el empresario lo sabe y piensa que el trabajador no reclamará judicialmente y por eso no piensa pagarle, porque sabe que le saldrá más caro el collar que el perro.

Si llegamos al organismo conciliador (tema de presentar papeletas), ¿podemos requerirle al empresario que abone además del salario que le debe al trabajador, los gastos de reclamación que le ha conllevado al trabajador?, como abogado laboralista, etc.?

Y si no hay acuerdo en la conciliación y no se consigue nada con el asunto de las papeletas, y se interpone la demanda por impago del salario, tendrá que abonar el empresario además del salario todos los gastos del proceso? Esto es; gastos de abogado, costas de juicio, además del pago del salario e interés por demora?

Gracias por la aclaración.

Veo inaudito que un empresario pretenda aprovecharse de la vulnerabilidad de un trabajador, y no quiera pagarle un solo salario de un día de trabajo que le dio.

Nota: ese día de trabajo sí lo dio de alta en la Seguridad Social, por lo que es una prueba más que fehaciente para reclamar el salario al empresario.
04/11/2019 12:03
unaconsultante
En lo laboral las costas no se suelen poner a las partes salvo que el juez prevea mala fe en alguna de ellas. Las costas en todo caso serían de 600 €.

Esto es que pagas al abogado o en caso de que te toque pagarlo por no corresponder asistencia gratuita y luego lo mas probable es que no te den las costas.

El interés de mora es del 10% anual, osea que por aquí nada.

Para poner la papeleta de conciliación no se precisa abogado, si bien la empresa pensando en los costes que te supondría poner la demanda por medio de abogado, puede que ni se presente a la conciliación.

Por otra parte, es bastante probable, que ni te citen a conciliación, no todo el año se esta citando para la misma, por acumulación de procesos, esto es que te citan a los 30 días, te sellan la papeleta como que cumpliste el tramite y a poner demanda, la empresa ni se entera hasta que le llegue esta ultima.

No se cuanto sera el sueldo de un día en este caso, pero ya solo por los veces que tendrás que ir al SMAC (o como se llame en tú ciudad), ir al juzgado, imprimir, copias, horas invertidas, etc... Difícilmente va a gastar menos del salario de un día
04/11/2019 12:04
unaconsultante
Es mas, es que ni representándote a ti mismo, suponiendo que supieras o que fueras abogado te renta en absoluto... Salvo que cobre un dineral y un día de salario compense todo el rollo que te explique.
04/11/2019 12:08
unaconsultante
Otra cosa, que se me olvidaba, incide mucho en lo del burofax... No es necesario mandar ningún burofax. en absoluto. Usted pone la paleta de conciliación y si esta se desarrolla sin efecto o sin avenencia, es decir; que no se llega a ningún acuerdo, se pone la demanda acto seguido. Si quieres lo puedes mandar, pero necesario no es.