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La empresa me niega la reducción de jornada por guarda legal

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La empresa me niega la reducción de jornada por guarda legal
17/10/2012 19:40
Hola,

He vuelto a mi empresa tras una excedencia de 2 años por cuidado de hijos. Antes de incorporarme, en el documento que tuve que enviar a la empresa por escrito informando de dicha incorporación, ya indiqué que pretendía volver en el horario que tenía concedido antes de esta excedencia (horario en reducción de jornada por mi hijo mayor)

La empresa, el mismo día de mi incorporación me comunicó mediante un documento mi nuevo horario (nada que ver con el que yo solicitaba, no me permite conciliar en absoluto con mi vida familiar) no solo eso, si no que además no me lo da como reducción de jornada por guarda legal, si no como reducción de jornada a secas, es decir, como si hubiera pasado de tener un contrato de 38 horas a uno de 30.Por supuesto que firmé el documento como no conforme.

Me estoy planteando ir al SMAC, pero tengo varias dudas. Por un lado, con la nueva reforma laboral ya no se pueden quitar días enteros, sin embargo en mi reducción de jornada anterior yo me quité los sábados y solo trabajaba de lunes a viernes, de 8 a 14 horas. Tengo derecho a que se me respete ese horario al haberme sido concedido antes de la Reforma?

Y otra duda es que, ya sé que al pasar del año de excedencia no me guardan el puesto (en mi caso no es problema porque tengo contrato de obra y servicio por un servicio muy concreto, y mi puesto es de teleoperador especialista, osea que el puesto es siempre el mismo, no podrían ponerme en otro diferente) pero no sé si también pierdo todo derecho a mantener mi horario o al tenerlo ya concedido podría considerarse como un derecho adquirido.

Veo el tema tan enrevesado para defenderlo por mí misma que estoy planteándome la contratación de un abogado, pero no sé si merecerá la pena porque no sé si tengo alguna posibilidad de ganar y hay que pagar la minuta... Mi marido ha solicitado precio a uno y le han dicho 400 euros más iva ¿es ese el precio "normal" para este tipo de trámites?

Muchas gracias por su atención.
19/10/2012 17:21
Dos cosas:
La reducción de jornada que usted tenia, al ser anterior a la reforma, si tendrían que respetarle esas condiciones, lo que ocurre que entre una y otra reducción de jornada usted tuvo una excedencia que le desvincula de la empresa, por tanto, ahora solo cabe la nueva legislación y por tanto la reducción de jornada no cabe quitarla como antes de días completos sino que la reducción debe realizarse de la jornada diaria, si ademas usted trabajara a turno podrá reducir la jornada en el horario laboral establecido pero no fijar un horario, es decir que si usted esta en turno de tardes pues puede reducir su jornada pero en ese turno, no vale lo que se podría hacer antes de reducir jornada para elegir un turno estable.

En cuanto a la reducción de jornada fijada por la empresa, ¿como lo han hecho, mediante un ERTE, o por la vía del art. 41 ET? dependiendo de la forma usted en el primer caso y por el resto de la jornada que a dejado de realizar tendría que cobrar por desempleo, si por el contrario fuese mediante una modif. sustancial de las condiciones de trabajo recogido en el art. 41 ET tiene usted tres opciones:
-Acatar.
-Acatar pero impugnar.
-Rescindir el cto con la indemnización fijada en el art 41.3 ET.