PADRES POR LA CUSTODIA COMPARTIDA INTENSIFICAN SUS MOVILIZACIONES
Koldo Meabe lleva 24 días en huelga de hambre para que se cambie la ley
Diego artola - Viernes, 17 de Febrero de 2012 -
Bilbao. La campaña por la custodia compartida de los hijos se intensificó ayer con la extensión de la protesta a Bilbao. Koldo Meabe, el padre de Ortuella que protagoniza la huelga de hambre, encabezó la reivindicación con una recogida de firmas en la plaza Circular que tendrá lugar a diario en horario de 19.00 a 21.00 horas.
Meabe compagina la campaña de Bilbao con su acampada reivindicativa frente al Ayuntamiento de Ortuella en la que acumula 24 días de ayuno voluntario. Este aita se mostraba ayer satisfecho por el despliegue de la campaña, que gana terreno con el paso de los días. Así, su localidad natal acogerá este domingo a las 12.00 horas la segunda concentración solidaria en el plazo de una semana.
A la primera de ellas asistieron todos los grupos municipales de Ortuella, salvo el PSE-EE, e incluyó la presencia del alcalde jeltzale Oskar Martínez.
Este mismo municipio debatirá la próxima semana una moción favorable a la custodia compartida.
Este Ayuntamiento vizcaino apoya en la práctica la reivindicación de Meabe autorizando la acampada y suministrando el consumo eléctrico para la estufa del interior de la tienda de campaña. "Estoy muy bien de ánimo porque me parece muy importante sacar a la luz esta problemática", señaló.
Una llamada de socorro Su buen estado de moral contrasta sin embargo con los primeros síntomas importantes de deterioro físico causado por el ayuno y las bajas temperaturas registradas las últimas semanas. Meabe ha perdido ya 15 kilos y ha sufrido varios episodios de taquicardias y mareos.
La asociación La Terraza, que lidera la reivindicación en Euskadi, enmarcó la protesta en "una llamada de socorro" a la ciudadanía. "Se recogerán firmas para demostrar por enésima vez que la sociedad reclama justicia social.
Reclamamos un inmediato y urgente cambio de la ley", señalaron.
Por el momento, la tramitación de la custodia compartida se encuentra bloqueada en el Parlamento Vasco pese a la recepción en el registro de dos propuestas de ley presentadas por iniciativa popular. La asociación reforzó esta campaña con la presencia de un segundo progenitor, Jesús Mari García Bilbao, que denuncia un incumplimiento "grave, reiterado y sostenido" en el régimen de visitas. Este padre asegura que lleva más de medio año sin ver a su hija, desde el 8 de agosto.
"Es increíble que a los niños se les haga pasar por esto. Los hijos no tienen que sufrir los problemas de los mayores, ellos no se han divorciado de los padres", denunció. García Bilbao criticó, en este sentido, la suspensión de todo contacto con su hija por parte de su exmujer. "No le deja ni ponerse por teléfono. No he podido pasar con ella ni las vacaciones de verano ni las de navidades", detallaba. Por este motivo, censuró la ineficacia de los tribunales ante este incumplimiento prolongado pese a las demandas interpuestas. "Se incumple el régimen de visitas y no pasa nada. La justicia no está resolviendo nada", lamentó.
El ortuellarra Koldo Meabe sigue los pasos de José Lago, el primer padre vasco que sacó a la calle la reivindicación por la custodia compartida. Este progenitor se parapetó las navidades del pasado año en la Gran Vía bilbaina denunciando un incumplimiento del régimen de visitas. Su protesta le permitió recuperar las visitas tras 31 días de acampada que acabaron con su ingreso hospitalario por neumonía.
El juez de Familia Francisco Serrano expone los beneficios de la custodia compartida
J. A. M.
Más de 400 personas asistieron ayer la sesión organizada por la Asociación Custodia Compartida Alicante en el Gran Teatro de Elche.
En ella, el presidente de la Plataforma Ciudadana por la Igualdad y juez de Familia, Francisco Serrano, ofreció la conferencia "2012 hacia una igualdad real".
El presidente de la Asociación Custodia Compartida, José Luis Iniesta, destacó que "hemos abordado la dificultad del hombre para acceder a la custodia compartida y la facilidad con la que se ponen denuncias por maltrato". Por eso, destacó José Luis Iniesta, "se ha reivindicado la igualdad real, y el juez ha expuesto los beneficios de la custodia compartida que, además, facilita a la mujer el acceso al mercado laboral". En este sentido, indicó Iniesta, "debería ser la mujer la que demandase la custodia compartida ya que le beneficia".
La custodia compartida es el centro de unas jornadas que han organizado el Foro Judicial Independiente y la asociación Kidetza en Bilbao para mediados de marzo.
La Federación de Madres y Padres Separados de Euskadi, Kidetza, ha sido una de las organizaciones encargadas de poner en marcha unas jornadas en torno a la custodia compartida que tendrán lugar el próximo 15 de marzo en Bilbao, en el Palacio de Justicia. A través de diversas ponencias las jornadas pretenden hacer un repaso de la situación actual de la normativa de la custodia compartida en España a través del ejemplo de diferentes comunidades autónomas, para después ahondar en los beneficios de dicho régimen para los menores.
Posteriormente, se tratará el tema principal desde la perspectiva legal y jurídica, reflexionando acerca de su aplicación, exponiendo incidencias y proyectando posibles mejoras para un futuro.
En total el programa estará compuesto por unas seis ponencias impartidas por reconocidos profesionales defensores de la custodia compartida, como el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº7 de Sevilla, Francisco Serrano Castro, que es también presidente de la Plataforma Ciudadana por la Igualdad; Gonzalo Pueyo Puente, Presidente de la Asociación de Abogados de Familia de España; o Manuel Altava Lavall, Senador, Presidente de la Comisión de Justicia del Senado.
La Sección 12ª de la Audiencia Provincial dictó el pasado 14 de diciembre una interesante Sentencia en el que regula varios aspectos relativos a la custodia compartida, entre ellos los más relevantes: la organización de los espacios de convivencia y la distribución de los gastos que ocasiona el menor.
Los Magistrados reconocen que la custodia compartida es un derecho de los hijos a crecer y desarrollar su propia personalidad recibiendo los cuidades y las atenciones de sus progenitores. Así, el que se opone tiene que probar que el ejercicio de la misma implica un riesgo para el menor. En este caso, se pone de manifiesto que el menor ha vivido de forma traumática el cambio de guarda que se estaba desarrollando, sintiéndose secuestrado por su madre, ya que impedía la relación normal que mantenía con su padre.
Cuando se acuerda la custodia compartida los progenitores se tienen que distribuir entre ellos las distintas responsabilidades. Entre ellas, la organización de los espaciones de convivencia del menor, el seguimiento de su rendimiento escolar y las necesidades más básicas. Además tienen que acordar el resto de cuestiones que se incluyen o no en el contenido de la pensión de alimentos. El tema de los espacios de convivencia no deja de ser un aspecto controvertido pues cada progenitor tiene sus "gustos" y su "estilo" que puede ocasionar que el menor sufra cambios en la decoración o tenga espacios muy diferenciados. No se trata de que el niño tenga exactamente la misma ropa en la cama o la misma silla de escritorio, sino más bien, de que la distribución de la habitación del menor y demás espacios de uso habitual del mismo en la casa sea similar en ambos domicilios.
En este sentido, la Sentencia dispone que se siga un criterio de reparto proporcional de los alimentos del niño, así cada progenitor se hará de los gastos de manutención cuando el menor esté con él. Mientras tanto, el resto de gastos se asumirán teniendo en cuenta el nivel de ingresos de cada uno, como ya comentaba en el artículo del lunes, de modo que el padre pagará el 75% y la madre el 25%. Así, se busca que el menor no sufra el desequilibrio que existe entre los ingresos del padre y de la madre. En este sentido, la Sentencia de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Tarragona de 16 de diciembre de 2011, establece una pensión de alimentos de 150 € en los meses en los que los menores tengan que convivir con la madre.
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona también señala que la madre será quien administre la cuenta donde se ingrese la pensión de alimentos y que tiene que rendir cuentas cada 6 meses. Además, para tratar de suavizar el conflicto creciente entre los progenitores se les requiere para que acudan a un proceso de mediación familiar. Esto es una muestra de que cada vez más los Tribunales y Juzgados especializados en Familia confían en la mediación como una vía de solucionar los problemas. Por lo tanto, es un aviso para los progenitores: más que luchar por vuestros hijos (por tenerlos con vosotros), hacedlo para ellos (para que puedan tener una correcta relación con ambos progenitores y un buen futuro).
EL COLECTIVO “26-4” PARA EXIGIR LA CUSTODIA COMPARTIDA BUSCA EL APOYO DE LOS POLÍTICOS
S. DAPENA A CORUÑA | Actualizado 29 Febrero 2012
La campaña vírica de los carteles “26-4” que reclaman la custodia compartida de los hijos tras un divorcio tiene como objetivo el apoyo de los políticos y, a nivel provincial, que el pleno de la Diputación apruebe una moción a favor del cambio legislativo que permita a padres y madres estar en igualdad de condiciones. Con esta original iniciativa, el colectivo Custodia Compartida en Galicia ¡Xa! –impulsor de la cartelería– también pretende dar a conocer su problemática entre todos los coruñeses porque “mientras no toca de cerca nadie se da cuenta” de lo que supone estar sin ver a un niño.
“Somos papás de merienda que no tenemos la posibilidad de inculcar valores”, denuncia Orois
La aparición de carteles con la inscripción “26-4” por toda A Coruña, descolocó a los ciudadanos a finales de la semana pasada. Se pensó en una fecha para rememorar algo o convocar una manifestación pero el pasado lunes una nueva oleada de carteles contestaba a todas las preguntas. “Tras un divorcio, en el mejor de los casos: 26 son los días que una madre disfruta del niño, 4 son los días del mes que el hijo disfruta de su padre, abuelos, tíos, primos. ¿Es justo? Custodia compartida ¡Ya!”, indican los folios en bajos comerciales sin uso y mobiliario urbano.
El presidente de la entidad Custodia Compartida en Galicia ¡Xa! –impulsora del movimiento Verdadera Igualdad y de la iniciativa callejera–, Jesús Orois, explica que todo surgió “por la idea de un simpatizante de la asociación de A Coruña y se fueron poniendo los carteles”.
El objetivo es extender la idea a nivel gallego y nacional pero la repercusión se les fue un poco de las manos y tuvieron que resolver el misterio antes de lo previsto. La pretensión era llenar de carteles otras ciudades como Vigo, Pontevedra, Ferrol y Santiago, “fundamentalmente por los edificios donde están los políticos”.
Y es que la campaña no pretende quedarse en una mera denuncia sino hacer reflexionar a los coruñeses y, sobre todo, a los que toman las decisiones y tienen la capacidad de modificar las leyes.
“El punto final a nivel provincial sería conseguir que la Diputación provincial apruebe una moción a favor de la custodia compartida, ya nos hemos reunido con Diego Calvo, que es conocedor de algunos casos, y tenemos su compromiso de llevarlo a pleno”, aclara Orois.
Ayuda municipal Desde la asociación consideran que una vez cuenten con el apoyo político conseguir el cambio legal para que padre y madre estén en igualdad de condiciones tras un divorcio será mucho más fácil y, por eso, pelean por obtener colaboración a nivel ayuntamientos.
El apoyo de la ciudadanía también se aprecia, pero el representante de la entidad promotora de “26-4” afirma que eso ya lo tienen. “Tenemos un apoyo tremendo en la calle porque cada día hay más casos”, comenta Orois, que reconoce que para unir a más coruñeses a la causa hubo que elegir una “medida de impacto y crear incertidumbre”.
Los postulados de Custodia Compartida en Galicia ¡Xa! –compuesta por hombres y mujeres– parten de que si se reclama la igualdad tiene que ser para todo y la contraposición “26-4” no responde a esa idea igualitaria que busca la sociedad. Así, lamentan que mande un modelo basado en “hace 50 años” cuando la mujer estaba en casa. “Somos papás de merienda que no tenemos la posibilidad de inculcar valores ni normas a los hijos y eso no es igualdad”, subraya el presidente de la asociación, que anuncia nuevas iniciativas en las calles.
Custodia compartida para conmemorar el Día de la Mujer Trabajadora
Para algunas mujeres la custodia compartida sería el mejor regalo que podrían recibir para conmemorar el Día de la Mujer… ¡pero no todos los hombres piensan igual!
Ayer iba en el coche con una amiga, corriendo por las calles de nuestra ciudad después de haber terminado un proyecto de trabajo para ver si lográbamos llegar a tiempo a buscar a sus hijos a la salida de clase. Había intentado organizar sin éxito a alguna de sus vecinas para que le hiciesen el favor de irlos a buscar a la puerta del colegio, previendo que algunos contratiempos en nuestro trabajo harían que llegásemos retrasadas a por ellos. Pero lamentablemente, aquellas que siempre ofrecen una mano amiga, conscientes de las dificultades de criar a un niño sola en el día a día, ayer estaban ilocalizables…precisamente cuando mi amiga más las necesitaba.
En esta carrera contrarreloj, agobiadas por no hacer sentir a los hijos que se les tiene hasta las tantas en el colegio y por no recibir la reprimenda de unas cuidadoras que también tienen derecho de salir puntuales de su trabajo, de repente, mi amiga rompió el tenso silencio del que se apresura sabiendo que por más que lo haga va a llegar irremediablemente tarde y me espetó con contenida impotencia: “…y lo que más rabia me da, es que soy yo la única que pasa por esto, que ni siquiera le puedo llamar (al padre de los niños) para que vaya él.” A lo que yo le respondí, “y mientras tanto, hay padres haciendo huelga de hambre por llegar a tener la posibilidad de implicarse y entregarse más.” Ninguna de las dos entendemos a esas mujeres que limitan el contacto, puesto que pensamos que para hacer eso tendría que probarse que el padre no tiene la capacidad de cuidar de los niños. Del mismo modo, nos es incomprensible el que haya padres que con tanto descaro relegan a sus propios hijos a un segundo lugar, sin la más mínima voluntad de tomar conciencia con el daño que están causando.
Y es que mi amiga es una de esas mujeres, que ya hace tiempo que no son pocas, que se moriría por poder compartir la custodia de sus hijos de manera igualitaria con su exmarido. Una de esas madres que reconoce en sus hijos la necesidad de estar con su padre. Una de esas trabajadoras que experimenta en el día a día la necesidad de repartir la responsabilidad del cuidado cotidiano de los niños. Es una mujer super amorosa con sus hijos, educadora a conciencia, divertida y orgullosa de ser madre, que no tienen ningún problema en disfrutar a tope cada fin de semana alterno que los niños pasan con su ex marido, puesto que tanto necesitan los niños a su padre, como ella necesita un respiro y un cargar las baterías.
Y mientras mi amiga sigue soñando con un padre que se implique y que integre a sus hijos en lo cotidiano, muchísimos hombres y mujeres siguen sufriendo por no poder compartir la crianza de sus hijos. Padres y madres en toda nuestra geografía nacional hacen huelgas de hambre para hacer palpable la necesidad de un cambio de mentalidad y de legislación.
Son muchas las familias rotas tras una ruptura las que están teniendo serias dificultades por no poder aplicar en la práctica una custodia compartida y que sufren por el exceso o el defecto de una responsabilidad parental compartida. Unos por no poder pasar tiempo con sus hijos como consecuencia de una madre que se opone y una justicia que se lo permite. Otras, porque por más que suplican por ello, sus peticionas chocan contra un muro que no conoce más que ser el “papi guay” en fines de semana alternos. Sin olvidar a todos esos niños y niñas cuya voz queda sofocada en medio de una inmadura batalla entre adultos.
Mi amiga sería un “lujo de expareja” para todos aquellos hombres que se mueren por tener una custodia compartida. Sin embargo, le ha tocado uno de un grupo de hombres bastante extenso, cuya definición de ser padre se reduce a “cumplir con el régimen mínimo de visitas”, uno de esos que antepone su persona antes que a sus hijos, uno de esos que no sabe lo que es tener que organizarse todos los días luchando contrarreloj para cumplir con todas las exigencias que impone el ser madre/padre y el tener un trabajo que cumplir.
Indudablemente, el Día de la Mujer Trabajadora es una excelente oportunidad para toda mujer separada con hijos a su cargo para reivindicar la custodia compartida. Para todos aquellos padres que no se implican, este día podría ser una buena excusa para que vuelvan a pensar en el papel y en el tipo de relación que pretenden tener en la vida de sus hijos y para que reflexionen acerca del privilegio del que gozan por tener a una madre predispuesta a compartir, mientras otros tienen que llegar a extremos como una huelga de hambre para poder estar junto con sus hijos o como mínimo verles de vez en cuando.
GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA, ¿EXCEPCIONAL O PRIORITARIA?
09/03/2012
Autor: Francisco Olivares. Abogado
La Ley 15/2005, de 8 de Julio, de reforma del Código Civil introdujo importantes novedades en materia de separación y divorcio, entre ellas la figura de la Guarda y Custodia compartida. Si bien la legislación otorga a la consensuada por ambos progenitores de dicha medida un carácter peticionario y principal, dando un carácter excepcional a la adopción de mencionada medida por el Juez cuando no existe dicho consenso y es solicitada por uno de los cónyuges.
Así el artículo 92.5 del Código Civil determina; “Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento. El Juez, al acordar la guarda conjunta y tras fundamentar su resolución, adoptará las cautelas procedentes para el eficaz cumplimiento del régimen de guarda establecido, procurando no separar a los hermanos.” Todo ello tras recabar el Juez el oportuno informe del Ministerio Fiscal y oír a los menores si estos tuvieran suficiente juicio (más de 13 años aproximadamente). Dicho artículo en su apartado 8, establece: “Excepcionalmente, aun cuando no se den los supuestos del apartado cinco de este artículo, el Juez, a instancia de una de las partes, con informe favorable del Ministerio Fiscal, podrá acordar la guarda y custodia compartida fundamentándola en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor.” Pudiendo siempre en todo caso su Señoría recabar los informes que estime oportunos de especialistas a efectos de la idoneidad de dicha medida.
Lo cierto es que la habitualidad de los Juzgados de Familia es que la guarda y custodia se otorgue a favor de uno de los cónyuges, preferencialmente a favor de la madre, aunque dicha tendencia va cambiando hacia una compartida si dicha petición es realizada, cambio de línea con la que me congratulo. Es claro que la separación, nulidad o divorcio, no exime a los padres de sus obligaciones con los hijos, menores que son el derecho más necesitado de protección, “favor filii”, pero a este Letrado le asalta la pregunta de ¿Por qué la guarda y custodia compartida no puede significar mayor beneficio al menor que la individualizada a favor de uno sólo de los cónyuges?. En la sociedad actual donde existe la necesidad de trabajar por ambos cónyuges, con la obligación de estar gran parte del día fuera del hogar familiar, si una adecuada formación y desarrollo de los hijos requiere de los dos, ahora si cabe más aún, fomentando además la conciliación familiar de ambos. Cada día abundan más los estudios e informes que respaldan los grandes beneficios que supone para los menores, tras una ruptura matrimonial, continuar contando con la presencia afectiva y convivencia de los dos progenitores. Por lo que, la discriminación de un progenitor en beneficio del otro, además de originar posibles daños a los menores, vulnera también tratados internacionales y legislación comunitaria. Por lo que evidentemente teniendo siempre en cuenta el “favor filii”, y respetando circunstancias de natura (lactancia), entiendo la necesidad de dar un paso adelante a fin de otorgar a la guarda y custodia compartida carácter principal, aunque no sea consensuada, dando carácter excepcional a la individualizada, máxime cuando en muchos casos nos venimos encontrando con la coletilla relativa al régimen de visitas y comunicación a favor del cónyuge no custodio que se ejercite de la forma más amplia posible , o atribuyéndose dos o tres días por semana, fines de semana alternos, puentes y periodos vacacionales por mitad, ¿difiere mucho esto de la compartida?, ¿no significaría mayor simplificación y disminución de conflictos tras la ruptura matrimonial una medida compartida?.
UNA VISIÓN CRÍTICA SOBRE LA REGULACIÓN DE LA CUSTODIA COMPARTIDA EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
CONCLUSIONES.
Considerando la heterogeneidad de situaciones de crisis familiares, es conveniente la existencia de una regulación dual simétrica de modalidades de custodia, con el objetivo de adoptar la mejor alternativa en interés del menor.
Si ambos padres se encuentran en igualdad de condiciones y son aptos para ejercer la custodia compartida, pero no han consensuado en su implementación, el Juez previa valoración del caso debería tener la posibilidad de establecer esta modalidad en interés del menor, sin ningún tipo de restricciones en la norma.
No se debe pensar en favorecer a uno u otro progenitor con la regulación de la custodia compartida, sino de que se beneficie a ambos y se precautele ante todo el interés del menor en el marco de las relaciones paterno-filiales.
Es conveniente que el legislador adopte una terminología uniforme y se abstenga de utilizar términos contradictorios, con la finalidad de evitar conflictos de orden procesal, así como para preservar el principio de presunción de inocencia.
Piden que se modifique el Código Civil para recoger la custodia compartida
Noticias EFE
Madrid, 23 mar (EFE).- Los plenarios de 240 ayuntamientos han aprobado una moción instando a las Cortes Generales a modificar el Código Civil de modo que la custodia compartida de los hijos se recoja como un derecho fundamental, ha informado hoy la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC).
La iniciativa plantea que la custodia compartida de los hijos se recoja como un derecho fundamental de estos a continuar compartiendo su vida con sus dos padres en igualdad temporal, espacial y legal, así como un conjunto de derechos y obligaciones para los padres cuyo ejercicio debe salvaguardarse tras la ruptura de la pareja.
La UEFACC, que tiene previsto entregar las mociones en el Congreso de los Diputados, en una presentación formal de la Iniciativa Popular sustentada por el apoyo de los ayuntamientos, solicita al Gobierno que transforme "este clamor social e institucional" en un proyecto de ley que devuelva a las familias españolas, y en especial a los niños, los derechos que les fueron privados en la ley del divorcio de 2005.
Para la asociación este es el momento de que los partidos que han mostrado su compromiso con la custodia compartida "compensen cuanto antes el retroceso legislativo que se cometió hace siete años" y formalicen el derecho natural de los hijos a mantener intactos sus referentes familiares tras el divorcio.
Argumenta que "la custodia es compartida antes y después, porque los hijos son para siempre", y ocuparse de ellos "es una obligación siempre" en cualquier autonomía, por lo que es urgente una ley estatal que equipare los derechos de los niños con independencia de la comunidad en la que residan.
A la iniciativa se han sumado, además, diversas diputaciones provinciales, juntas generales, defensores del pueblo, parlamentos autonómicos y Senado, añade UEFACC, que agradece a UPyD su compromiso, tanto en las elecciones generales como autonómicas. EFE
Desde hace mucho tiempo, a los hombres se les viene pidiendo, en muchos aspectos y casos de la vida, que se comporten como tal, que afronten sus errores, aciertos y responsabilidades. Desde bien jóvenes, ya se les puede marcar con ese dicho, en muchas situaciones.
Tiende el sexo masculino, por naturaleza y en comparación con la mujer, “para mi”, a ser el sexo débil, y no nos engañemos, es así… ellos son más simples, más fáciles, no tienen ese mundo de complejidad que rodea a una mujer, no tienen un rival en su propio sexo, sino, un colega, no ven más allá de lo que tienen delante, no por tontos! no, sino… por confiados…
Cuando una adolescente se queda embarazada, su mayor miedo es… “si la dejarán”, “si se harán cargo” y esas cosas, y, si así sucede, la vida, la sociedad y hasta yo misma, me encargaría de darle una patada grande en los bemoles a ese niñato irresponsable!
Y entonces… ¿por qué cuando un hombre quiere la custodia de su hijo, no se la dan? Porque en un, no se 96% de los casos… ¿la tiene la madre? ¿Por qué ni siquiera hasta ahora, después de luchas, se lo plantean?
Me resulta, como todo en estos tiempos, algo bastante hipócrita, toda la vida diciendo que no son capaces de asumir sus responsabilidades y, cuando lo hacen, no tienen ni voz, ni voto.
Se argumenta, dependiendo de la edad del niño, la importancia de la madre, estoy de acuerdo. Pero ¿acaso eso ya marca todas sus demás edades? ¿Ya define que de por vida estará mejor viendo a su padre quincenalmente? ¿Ya es válido para creer que a un hijo… no le hace falta un padre? ¿Quién argumenta y quién decide eso?
Aprendamos como parejas a diferenciar de nuestros hijos, a diferenciar un amor del otro, aprendamos que, pase lo que pase en esa unión, no tiene por qué involucrarlos a ellos, por odios, por celos, por venganzas, al final son los niños los que lloran, los que sufren… los que pierden!
Por eso, no se debería de tener que pedir con pancartas ni manifestaciones, algo que les toca por derecho, por unión, por sangre y por que son los padres!
Si mi padre hubiera echo, aunque sólo fuera una vez, una intención de luchar por mi, a mi me hubiera gustado… por eso, desde aquí, yo les animo a todos ellos a luchar por sus hijos, porque es su derecho, porque son suyos también, y porque lo más bonito en esta vida, es poder tener, dos padres que te quieran… aunque ellos dejaran de hacerlo mutuamente…
En Aragón, Cataluña y Valencia se establece la custodia compartida impuesta, de los hijos menores en las crisis matrimoniales de separación y divorcio cuando los padres no se ponen de acuerdo. En el resto de España se rige por el Código Civil que establece la custodia compartida con carácter excepcional, pues lo normal es la custodia exclusiva uno de los cónyuges, y casi siempre los jueces -y juezas- otorgan la custodia a la madre, y el padre sólo tiene derecho de visita los fines de semanas alternos, y la mitad de vacaciones en Semana Santa, Navidad y verano, aparte de compartir la patria potestad con la madre. En esta situación, el padre tiene que pagar una pensión en metálico por alimentos de los hijos, y la madre se queda con la vivienda familiar, ya que la ley dispone que al cónyuge que tenga la custodia de los hijos menores le corresponde el uso de la vivienda familiar. Se oponen a la custodia compartida la mayoría de las asociaciones feministas. Es curioso que en Aragón y Cataluña la custodia compartida fue obra de los socialistas y se opusieron los populares; por el contrario, en Valencia fue obra de los populares y se han opuesto los socialistas con un recurso de inconstitucionalidad.
La oposición a la custodia compartida se basa en varias razones. La primera es que se ampara en la ideología del inexistente síndrome de alienación parental (SAP): alteración psicológica y de conducta, en la que el niño desprecia y critica a uno de sus progenitores injustificadamente, o que responde a una clara exageración de supuestos defectos del progenitor rechazado. El SAP está desacreditado oficialmente por la Comunidad Científica Internacional, el Consejo Superior del Poder Judicial y la Asociación Española de Neuropsiquiatría, entre otros. Y utilizado recurrentemente por maltratadores como argumento falaz para arrebatar la custodia a las madres. Y por el contrario, el niño sufre alteraciones psíquicas, depresiones y malas vivencias por vivir directamente la crisis de sus padres, convirtiéndose en un niño-maleta que va de una a otra casa.
Otra razón de las feministas es que el padre suele solicitar la custodia compartida para librarse de tener que pagar los alimentos, y para intentar recuperar la vivienda, si es de su propiedad, o que se venda, si es ganancial. Y por último se argumenta que padres que no se han dedicado continuamente al cuidado de los hijos durante el matrimonio, durante la separación solicitan ahora compartir la custodia como continuación del maltrato psicológico contra la madre.
A favor de la custodia compartida se señala que es el único cauce que posibilita el crecimiento del vínculo afectivo familiar de cada menor, y el derecho de los hijos y de las hijas a mantener una relación equilibrada y continuada con ambos progenitores, y por otro lado el mantener el derecho-deber de éstos de proveer a la crianza y educación de los hijos e hijas menores en el ejercicio de la responsabilidad familiar, cuyo ejercicio en la nueva situación exige de ellos un mayor grado de diligencia, de compromiso, y en consecuencia disminuye el nivel de litigiosidad entre éstos, derivada del frecuente otorgamiento de la convivencia a uno solo de ellos, y por último, que favorece la corresponsabilidad y la distribución igualitaria.
Este nuevo régimen se va imponiendo imparablemente en las legislaciones avanzadas, en base a que las relaciones del padre con los hijos y las tareas domésticas están cambiando en las últimas generaciones.
Si bien el SAP no está admitido oficialmente, es cierto que en el caso de custodia de uno solo de los progenitores, se puede producir que el menor sienta un rechazo sobre el otro progenitor, a veces incitado o con complicidad del custodio, o simplemente en actitud pasiva; sobre todo, cuando uno de los progenitores es el que decide separarse, pues los niños culpabilizan al que se va del hogar.
Al niño no se le debe poner en el dilema de elegir la custodia del padre o la madre, como en la pregunta insidiosa: ¿a quién quieres más, al papá o a la mamá? Se debe hablar más correctamente de convivencia compartida, que no supone simplemente una custodia intermitente, pues puede ser variable y conforme a las circunstancias de cada caso; así puede ser una convivencia semanal en niños de corta edad, luego mensual o incluso cada cinco meses, con derecho de visitas, y la mitad de las vacaciones.
Para que no se busque el prescindir del pago en dinero de los alimentos, los jueces suelen señalar un depósito en metálico de ambos cónyuges conforme a sus respectivos ingresos, el cónyuge más necesitado que precise la vivienda familiar, sea privativa del otro cónyuge o ganancial, se tendrá en cuenta para descontar el importe de los alimentos como si estuviera alquilado, como hace la ley valenciana.
No se debería aplicar mecánicamente por el juez esta custodia compartida, sino que, con intervención de psicólogos, se debe de estudiar cada caso, para que no resulten actos de venganza o malos tratos encubiertos de aquel progenitor que no se ha ocupado de sus hijos, y ahora ha encontrado un pretexto para vengarse o coaccionar. También se tiene que tener en cuenta que en los supuestos en que hubiera habido un acuerdo de custodia exclusiva con derecho de visitas, no se debe revisar para aplicar la custodia compartida, salvo que se hubieran producido circunstancias extraordinarias.
Nuestros hijos no son nuestros, sino que tienen derecho a convivir con sus progenitores, aunque éstos se encuentren separados. Esta cuestión produce graves polémicas y hay que tratarla con la debida prudencia, sin hacer generalizaciones, y aplicándolo a cada caso.
Lo cierto es que el antiguo sistema de dar la custodia a uno solo de los cónyuges (generalmente a la madre) parece que está desapareciendo en las legislaciones y en la práctica judicial.
UN NIÑO PASARÁ UN MÁXIMO DE CINCO DÍAS CON CADA PROGENITOR
El TSJA ratifica una sentencia de custodia compartida de la Audiencia
E. B. D. 28/03/2012
Un niño de once años pasará un máximo de cinco días seguidos con cada uno de sus progenitores con tramos intercalados de dos para el padre, según establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que ratifica otra de la Audiencia Provincial de Zaragoza sobre custodia compartida.
El régimen final otorga la custodia a cada progenitor en fines de semana alternos, mientras que la madre la ostentará lunes y martes --noche incluidas-- y el padre miércoles y jueves.
La resolución, que también regula los periodos vacacionales de verano, Navidad y Semana Santa, establece que cada uno de los progenitores se hará cargo de los gastos ordinarios del niño cuando lo tengan bajo su custodia y que cubrirán al 50% los extraordinarios, para lo que deberán abrir conjuntamente una cuenta bancaria en la que cada uno de ellos ingresará 200 euros mensuales.
La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia modificaba una anterior del Juzgado de Primera Instancia número 16 que daba la custodia al padre dos días por semana desde que el niño saliera del colegio hasta que volviera a entrar al día siguiente.
CUSTODIA REPARTIDA
La sentencia del TSJA recuerda que la ley aragonesa "supone un cambio del esquema tradicional", ya que, tal y como indicaba la Audiencia, "la custodia compartida se configura frente a la individual como preferente en supuestos de ruptura de la convivencia de los padres y en ausencia de pacto de relaciones familiares". "Se excepciona la custodia compartida (o repartida, quizá sería más exacto decir) cuando la custodia individual sea más conveniente", añade la resolución, que recuerda que es "el superior interés del menor" el que preside esta normativa.
En este caso, el tribunal añade que la Audiencia concedió la custodia compartida atendiendo a factores como que el menor "manifiesta querer vivir con ambos progenitores", que los dos "tienen aptitud y voluntad para asegurar la estabilidad del hijo" y que ambos poseen "domicilios cercanos al centro escolar donde estudia".
Los magistrados rechazan el planteamiento de la madre, que recurrió para mantener la custodia, cuando alega que el informe de los psicólogos del juzgado se inclina por dársela a ella. "Estos informes, al igual que las demás pruebas, han de ser valorados por el juzgador conforme a las reglas de la sana crítica", señalan.
La custodia compartida en Aragón. Este jueves en '¡Ésta es la nuestra!'
Publicado 28-03-2012
En mayo de 2010 se aprobó la Ley de Custodia Compartida en Aragón y este jueves hacemos balance de su aplicación de la mano de Ángel Dolado, juez decano de Zaragoza; Jesús Baile, de Padres Aragoneses en Acción y Altamira Gonzalo, abogada y presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis.
ENTREGAN 51.277 FIRMAS POR UNA LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA
La federación de madres y padres separados de Euskadi impulsa la iniciativa legislativa popular
29.03.12 - 11:42 - JUANMA VELASCO | SAN SEBASTIÁN
La federación de madres y padres separados de Euskadi, Kidetza, ha entregado esta mañana a la presidenta del Parlamento Vasco, Arantza Quiroga, un total de 51.277 firmas recogidas para impulsar el proyecto de ley vasca de custodia compartida en la Cámara vasca. Con esta inicitiva legislativa popular, Kidetza quiere que el Parlamento «debata y apruebe una ley que resuelva una demanda social mayoritaria en Euskadi».
Según señalaron en un comunicado, la federación ha llevado a cabo en los últimos cuatro meses una labor de sensibilización a la sociedad sobre la necesidad de una ley vasca de custodia compartida. En este trabajo, se han repartido 70.000 folletos y se han recogido 51.277 firmas, que hoy han sido entregados en el Parlamento Vasco.
El proyecto de iniciativa legislativa popular 'Ley vasca de Corresponsabilidad Parental' presentado por Kidetza defiende el «derecho del menor a relacionarse y ser educado por ambos progenitores en igualdad de condiciones». Desde la federación aseguran que no se trata de «un modelo de custodia compartida automática ni impuesta». El proyecto busca romper «con la capacidad de veto a la custodia compartida, chantaje y utilización del menor como moneda de cambio».
Además, «impone a ambos progenitores el interés del menor, dotando al juez de criterios e instrumentos para determinar y preservar dicho interés».
Desde Kidetza aseguran que la iniciativa cuenta con el apoyo de PNV, PP, Aralar, EA y UPyD, por lo que esperan que la ley se tramite «lo antes posible». Una vez aprobada, Euskadi se equiparará legalmente con «Aragón, Cataluña, Navarra, Valencia y Galicia», donde existen normativas similares.
Castellano dice que la Ley de Custodia Compartida tiene "gran calado social y está beneficiando a muchos valencianos"
VALENCIA, 29 Mar. (EUROPA PRESS) -
El consejero de Gobernación, Serafín Castellano, ha asegurado que la Ley de Relaciones Familiares de los Hijos e Hijas cuyos Progenitores no Conviven --conocida como de Custodia Compartida-- es una ley que cuenta "con un gran calado social que ya está beneficiando a un gran número de valencianos y determina, sin lugar a dudas, un nuevo modelo de relación a las familias donde se rompe la unión de los padres".
Castellano ha realizado estas manifestaciones durante la inauguración del 'IV Congreso Internacional sobre el síndrome de alienación parental y custodia compartida', según ha informado la Generalitat en un comunicado.
El titular de Gobernación ha señalado que durante el año 2010 se registraron en la Comunidad Valenciana 12.102 divorcios, en los que se dio la custodia compartida al 4,86 por ciento de los casos, y 812 separaciones, en las que el 7,76 por ciento lograron la custodia.
El consejero ha explicado que se trata de una ley en la que "prevalece el interés superior del menor por encima de todo y busca que los hijos tengan una relación equilibrada y continua con ambos progenitores cuando no convivan y que se respete el derecho de los progenitores a ver a sus hijos y a proveer su crianza".
Así, Castellano ha subrayado que a pesar de las "trabas" interpuestas en su momento a esta ley por parte del Gobierno socialista, el Tribunal Constitucional, al igual que ya ocurrió con la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, "le dio la razón a la Generalitat en un auto de noviembre de 2011 en el que posibilitaba la aplicación de la Ley de Custodia Compartida".
Evitar efectos no deseados
"El Tribunal Constitucional sí que se pronuncia sobre el contenido de la norma y señala que no perjudica en ningún caso al menor", ha apuntado el consejero de Gobernación, quien ha añadido que "el debate sobre la conveniencia de atribuir tras la ruptura del matrimonio la guarda de los hijos de manera equitativa a los padres atendiendo a criterios de igualdad y corresponsabilidad con el fin de evitar efectos no deseados, como el llamado síndrome de alienación parental, estaba y continua estando en la calle".
El consejero ha explicado que la Ley de Custodia Compartida da prioridad al acuerdo de los progenitores y donde no sea posible el mismo se establecerá el principio general de custodia compartida.
PACTO DE CONVIVENCIA FAMILIAR
Además, la ley contempla el pacto de convivencia familiar que deberá ser judicialmente aprobado y establecerá el régimen de convivencia y relaciones familiares de los progenitores con los hijos y de estos son sus hermanos, abuelos y parientes. El pacto deberá incluir el destino de la vivienda y el ajuar familiar, así como la cuantía y la forma de sufragar los gastos ordinarios y extraordinarios de atención a los hijos.
Así, Castellano ha matizado que aunque se establece la custodia compartida con carácter prioritario, la ley "deja también la puerta abierta para que se pueda atribuir la misma a uno si así lo requiere el interés del menor con los informes médicos, sociales y psicológicos pertinentes".
Por último, el consejero ha matizado que la Ley de Custodia Compartida recoge, con carácter excepcional, la prohibición del régimen de convivencia en casos de violencia machista cuando una resolución judicial estime que hay indicios de su existencia, y se podrá revisar cuando haya resolución judicial absolutoria que ponga fin al procedimiento judicial que se inició motivado por esa violencia.
AFECTADOS POR LA FALTA DE CUSTODIA COMPARTIDA PIDEN JUSTICIA
29/03 • 16:52 • Brenda Gómez
El pasado miércoles, un grupo de afectados por la custodia compartida se reunió en el hotel Santa María para debatir, unir fuerzas, experiencias y esperanzas contra lo que denominan como el mayor ejercicio de indefensión del menor en el siglo XXI, el silenciamiento y confinamiento de una de las partes en el equitativo reparto del cuidado de los hijos.
Este grupo de afectados defiende y lucha con corazón, coraje y determinación, como indican, defendiendo una sociedad no sexista e igualitaria, por una causa común que merece la pena, el derecho de sus hijos a poder disfrutar de su padre como de su madre. Rechazan cualquier tipo de violencia y proponen la modificación o derogación de las leyes de género que criminalizan al varón, defendiendo la custodia compartida como fórmula preferencial en el cuidado de los hijos. “Porque el mejor padre son los dos padres, porque la sociedad no puede seguir apartando su mirada de la realidad y porque los menores merecen el afecto paterno y materno tanto como la protección de una sociedad avanzada”, indican. Además, quieren transmitir un mensaje de cambio y esperanza a todos los padres y madres que desean el bienestar de sus hijos.
Las personas que se dieron cita en el hotel portuense atestiguan la presencia de denominadores comunes que resultan cuanto menos preocupantes. En los padres hablan de “impotencia, negación e imposibilidad de ejercer el derecho paternal, aislamiento, criminalización, soledad, sufrimiento, mientras que en el caso de los hijos hablamos de sentimiento de abandono, soledad, llanto, sufrimiento, distorsión de la realidad, alineación parental. Éste es el resultado real del ejercicio de las actuales leyes que regulan los procesos de separación y custodia, que no contemplan como norma preferente la custodia compartida ante la falta de acuerdo de los padres”.
Constataron igualmente hechos como que “las leyes de género, que tan gratuitamente son utilizadas para apartar a los padres normales e incluso excepcionales de hijos queridos”, son injustas, así que existen casos de verdadera alarma social, como abuelos que han fallecido sin conocer a sus nietos o padres que ingresaron en prisión, sabiéndose inocentes, “porque las madres decidieron que la ley de violencia de género era el camino fácil y sencillo para amenazarlos o hacerlos desaparecer con una simple e infundada denuncia de acoso o maltrato”.
HISTORIAS REALES
Entre las historias que se dieron cita en este encuentro, se nombran “un padre que se dedica a salvar vidas y debe recorrer cientos de kilómetos cuando se le permite para entregar la suya propia a su hijo; otro que ejerciendo su profesión se ve en la paradoja de poder dar más afectos y cuidados a otros niños que a los suyos propios; otro que vive criminalizado tras más de una veintena de denuncias falsas que pretendían separarle de su hijo y que causaron un daño irreparable; otro papá que sufre cómo su niña ha sido trasladada a varios cientos de kilómetros y el cual, hoy por hoy, llora su ausencia; otro que se ve en la necesidad de iniciar una huelga de hambre como último recurso para defender sus derechos como padre y el de sus hijos de poder tener un padre en pleno derecho; una inmensa mayoría a los que ni tan siquiera les permitieron estar con sus hijos en momentos señalados y muchos otros que llevan meses sin poder hablar ni ver a sus hijos, sin ni tan siquiera poder abrazarles o decirtes te quiero”. Por otro lado, constatan que se está produciendo una respuesta sorprendente a nivel social, siendo más del 70% de las personas que simpatizan en la provincia con la custodia compartida, mujeres.
El pasado lunes, 19 de marzo, pomposamente bautizado Día del Padre, la Asociación de Padres Separados por la Custodia Compartida, montó un jovial encuentro con camisetas y globos, y bajo el lema «Papá y mamá», para explicar a los ciudadanos sus legítimas pretensiones: que la verdadera igualdad (y el verdadero feminismo) consiste en considerar al padre igualmente preparado (y cuando se demuestre lo contrario es cuando debe fijarse la excepción) para cuidar de sus hijos, y no añadir, al empobrecimiento que casi siempre supone la separación para los hombres, el dolor de perder en la práctica a esos hijos, a los que sólo ven «de visita», cuando no es peor.
Muchos de estos padres de la asociación, con los que colaboro en lo que puedo, porque me parece que tienen razón y sentido común, estaban el lunes con sus actuales parejas y con sus hijos. Pero mantienen una lógica desazón en sus reivindicaciones: con los políticos han topado.
El PSOE, que en Aragón y otras comunidades con el Derecho Civil transferido han apoyado una ley como la que pide la asociación, se ha negado siempre a nivel nacional -tal vez rehenes de una rancia manera de entender la igualdad en este asunto- a cambiar el machismo encubierto que supone la actual ley, y la candidata regional ni siquiera los recibió en su día, lo que sí hizo el PP, comenzando por el actual consejero Manuel Campos, partidario de la causa, pero ahora parece que el PP, aquí y en Madrid, se hace el olvidadizo.
De IU para qué hablar, y en cuanto a Upyd, que siempre ha apoyado las reivindicaciones de estos padres y que pretende llevar el asunto al ayuntamiento de Murcia, no pasa de pedir que la custodia compartida sea «la opción preferencial», y no la única y principal, con todas las excepciones necesarias, según cada caso. ¡Cuánto les gusta hacerse la foto y qué olvidadizos son todos…!
MIRALLES DESTACA QUE LA LEY DE CUSTODIA COMPARTIDA DA PREFERENCIA AL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR
31/03/2012 | elperiodic.com
En la clausura del IV Congreso Internacional sobre el síndrome de alienación parental y custodia compartida• El director general ha señalado que la norma “está beneficiando a un gran número de valencianos y establece un nuevo modelo familiar cuando se rompa la unión entre los padres”El director general de Coordinación de Desarrollo Estatutario, José Manuel Miralles, ha destacado que la Ley de Relaciones Familiares de los Hijos e Hijas cuyos Progenitores no conviven valenciana “da preferencia al interés superior del menor por encima de todo y busca una relación equilibrada entre los hijos y los progenitores cuando éstos no convivan”.
Miralles ha clausurado el IV Congreso Internacional sobre el Síndrome de Alineación Parental y Custodia Compartida, el cual “ se ha convertido en un foro de debate para el intercambio de opiniones entre ponentes y asistentes, donde cada uno de ellos ha tenido la oportunidad de exponer su punto de vista sobre este asunto, y donde Administración Pública, asociaciones y colectivos hemos estado colaborando”.
“Desde la conselleria de Gobernación ha continuado- damos a conocer las consecuencias prácticas de la aplicación de la Ley, que está beneficiando a un gran número de valencianos y establece un nuevo modelo de relación a aquellas familias en las que se rompe la unión de los padres”.
Asimismo, el director general ha señalado que la Generalitat “defiende la aplicación de esta norma, que da prioridad al acuerdo de los progenitores y, donde éste no sea posible, se establecerá el principio general de custodia compartida.
Según José Manuel Miralles, la norma contempla el pacto de convivencia familiar que deberá ser judicialmente aprobado y establecerá el régimen de convivencia y relaciones familiares de los progenitores con los hijos y de estos son sus hermanos, abuelos y parientes. También ha destacado que la Ley, con carácter excepcional, recoge la prohibición del régimen de convivencia en casos de violencia machista cuando una resolución judicial estime que hay indicios de su existencia.
Finalmente, el director general de Coordinación de Desarrollo Estatuario ha agradecido “a todas las personas asistentes su participación activa en este IV Congreso, así como al resto de colaboradores por el esfuerzo organizativo para facilitar la participación de quienes hemos estado aquí presente y hemos conocido importantes ideas y conclusiones”.
La LEY 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, llamada popularmente ‘Ley de custodia compartida’, tata de llenar un vacío legislativo para la regulación de las relaciones de los menores con sus progenitores y su familia extensa, que hasta ahora la práctica judicial ha solucionado como mejor ha podido.
Al contrario que la legislación civil general, del Código Civil, esta ley no hace hincapié en quién tendrá la guardia y custodia sobre el menor, planteamiento que aboca casi necesariamente a un tratamiento desigual de ambos progenitores, sino que habla de un régimen de convivencia de los menores con los progenitores y demás familia, que debe ser pactado y, en caso de que no pueda pactarse, debe ser lo más igualitario posible.
Así pues, no se trata de custodia compartida sino de convivencia compartida.
Con ello se pretende que el menor tenga un acceso igualitario a ambos progenitores y que la litigiosidad entre éstos sea mínima.
Con relación a cómo se articula la convivencia compartida, no existe una receta única, sino que la Ley insta a que los progenitores pacten lo más conveniente para el menor. En el día a día se dan muchas fórmulas, pero todas requieren de una voluntad de pacto de los padres y de una cercanía física y emocional de todos los miembros. Por ejemplo, hay casos en los que el menor convive en con un progenitor seis meses, con régimen de visitas extenso para con el otro, y los otros seis meses con el otro progenitor. En otras ocasiones el menor se encuentra la mitad de la semana con un progenitor y la otra mitad con el otro… Y hay Sentencias que causan sensación por lo original de la combinatoria.
No obstante la Ley encuentra obstáculos a su aplicación, toda vez que en la práctica encontramos reticencias por parte del Ministerio Fiscal y que de momento todavía no existen unas directrices claras de la Audiencia Provincial al respecto.
La Ley es nueva y su aplicación concreta todavía no se ha definido. Lo cierto es que tanto los tratados internacionales sobre los Derechos del Niño como las modernas líneas de investigación científica y la experiencia judicial en otros estados de Europa y territorios forales indican que con la convivencia compartida la litigiosidad baja, el menor accede a los progenitores más fácilmente y con mayor igualdad, en un marco más estable, desaparece la dependencia de progenitor custodia para con el menor (tanto psicológica como económica, al tener la mujer mayor posibilidad de acceso al trabajo) y en definitiva se evitan situaciones injustas o desiguales que hacen mella en la personalidad de los menores a quien se debe proteger.