Si existe un moroso que se le ha pasado por escrito la deuda y no paga, ya han pasado los 30 días de notificación ¿cómo se denuncia? ¿por medio de un abogado o directamente la comunidad? creo entender que si no excede los 900 euros no hace falta abogado ¿es así?
En caso de reclamaciones en juicio monitorio para la presentación de la papeleta de demanda no es preceptivo abogado ni procurador. No obstante, para los casos de deudas relacionadas con la propiedad horizontal (dígase reclamaciones a morosos), aunque la ley no te obliga a utilizar abogado y procurador, si quieres puedes usarlos y las costas que generen los honorarios del letrado y los suplidos del procurador los pagará el deudor, tanto si paga como si no contesta. En caso de que conteste al requerimiento oponiéndose en tiempo y forma, el asunto pasa de ser monitorio al que proceda por razon de su cuantía (a verbal o procedimiento ordinario) en cuyo caso se estará a las reglas de la condena en costas que se dictará en sentencia.
Perdón, me olvidaba algo. La presentación de la papeleta de demanda, si finalmente decides presentarla por tu cuenta, se realiza ante el Decanato de los Juzgados del domicilio o residencia del deudor o el del lugar donde se halle la finca (a tu elección, aunque generalmente suelen coincidir). Si vas al Decanato de los Juzgados, pide un modelo de papeleta de demanda de juicio monitorio. El día que vayas pregunta por el servicio de asesoria jurídica (normalmente en todos los edificios judiciales hay un servicio de asesoria jurídica gratuita del Colegio de Abogados). Una vez allí pide dia y hora para exponer tu tema. Te asesorarán sobre que documentos debes adjuntar a tu papeleta de demanda y como rellenarla, aunque espero que no necesites llegar tan lejos y tus "morosos" entren en razon.
Recuérdales esto: "más vale un mal acuerdo que un buen pleito"
Suerte.