Tengo una duda que llevo varios días intentando resolver y no doy con la respuesta!
Ciudadano español quiere solicitar permiso de residencia para su mujer e hijo. Ejerce su actividad económica fuera de España, tiene un negocio en el extranjero. Por tanto quiero justificar que tiene medios económicos suficientes para reagrupar a través de certificacion bancaria de su cuenta.
Debo justificar el 200% del IPREM anual, o de los 5 años que dura la residencia temporal?
Debe residir habitualmente en España para poder solicitar la reagrupación?