Muchas gracias por toda la información, pienso de la misma manera que usted, no me creo nada sobre las subvenciones de la TUR y menos me fio de los políticos, yo miro lo de individualizar los radiadores como una manera de evitar que las personas que controlan la caldera la tengan todo el día encendida, porque son personas que tienen las ventanas abiertas en pleno invierno "porque hace mucho calor en casa" por lo menos esta vez, se aprobó en junta bajar los grados de la caldera y se ha hecho, no nos estamos achicharrando en casa, pero los horarios no se están respetando,
Estoy tomando nota de todo.
Lo del truco de algo frio para engañar, no lo había escuchado.
Gracias, esperare a que pasen los 30 días, que imagino se cumplen el día 2, ya que fue el día en el que envió las actas, no se si sea un problema el que las actas no tienen fecha de envió, ya que la gestoría esta pasando una calle y las reparten ellos mismos, les agradezco todo lo que me están diciendo, creo que muchos se aprovechan de que las personas confiamos en que ellos nos van a ayudar, ya que la mayoría de las personas no sabemos la ley de la propiedad horizontal, gracias.
Cuando me llego el acta la mire y rápidamente le envié un mensaje diciéndole que, que lo subir una hora si bajaba de 8 grados nunca se voto, y le comente lo la votación de 4 horas y subir 2 mas en Enero según precio del gas...Ahí me dejo en visto.
Ar.18.1 Impugnación de acuerdos
c) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.
Ya esta en marcha la posible instalación de los repartidores de coste, si las cuotas esta bien calculadas, con el silencio de pocos propietarios se alcanzaran los 3/5, solo debes esperar que el administrador mande una ampliación del acta con el resultado de los síes y los noes, o proponga al presidente convocar una Junta General Extraordinaria para informar a los propietarios el resultado final de la votación, y acordar como se instalaran.
Es muy importante que participe porque articulo de la LPH se aprueba, si es por el 17.3, mejor, porque todos los propietarios estarán obligados.
Te lo vuelvo a repetir, yo opino que los repartidores de coste, no es la solución al problema, seguro que habrá propietarios que pagaran mas que antes por la calefacción y otros menos, solo sirve para ahorrar energía, mientras la TUR4 este en vigor, cuando se termine y volváis a la tarifa libre, tendréis un gasto mas en la comunidad, la empresa que lleve el mantenimiento y la lectura.
Te repito también lo dicho en mi ultima intervención, nada tienes que impugnar, si no saliera el SI, tendrías que aceptarlo, solo pueden impugnar los partidarios del NO, siempre que se apruebe la instalación de los repartidores por el articulo 17.3 el administrador arrimara el ascua a su sardina, y le conviene que los repartidores se instalen, porque intentara sacar su comisión como es de rigor.
La picaresca es propia de nuestro Pais que es España, y no hay nada que no inventen los picaros.
Los repartidores de costes de calefacción miden dos temperaturas, la de la superficie del radiador y la temperatura ambiente de la habitación donde el radiador se encuentra instalado. Con las temperaturas obtenidas, son realizados los procesos de cálculo de consumo individualizado por radiador, bastaría una fuente de frio sobre el radiador para que no llegue a los grados que el repartidor este programado. y sino el vecino de al lado cierra algún radiador, le calentaras su piso, y pagará menos que tu.
Los instaladores hacen su negocio, los políticos se meten en la vida privada, no se porque estas tan preocupada por el terma, has luchado por instalar repartidores de coste, y esta muy claro que lo has conseguido, lo difícil era ganar el primer partido, el de vuelta ya lo tienes ganado. tienes cuatro votos a favor de las abstenciones, en las comunidades nunca los propietarios ausentes se manifiestan, y esa es la razón por la que saldrá el SI, unos porque pasan olímpicamente de esas cuestiones, otros porque no saben redactar un escrito, los que están interesados por un tema en concreto asisten, esa es la realidad de las comunidades de propietarios.
1.- Los votos de los propietarios que se abstienen en una Junta, solo carecen de relevancia y no se computan, cuando los asuntos a tratar solo requiere la mayoría simple alcanzada en la propia Junta.
2.- En los demás casos como por ejemplo para las mayorías cualificadas de los 3/5, una vez computados los votos de los ausentes, las abstenciones se sumarán a favor de la mayoría de la decisión adoptada sobre dicho acuerdo.
3.- Para la unanimidad, las abstenciones se sumaran como votos favorables.
Mi opinión es que las abstenciones no son votos irrelevantes.
sayapo no puede impugnar nada, puesto que la primera votación se gano por mayoría simple, si no hubiera sacado mayoría simple en la primera Junta, tampoco podía impugnar nada, si no alcanzara los 3/5, tampoco podía impugnar nada.
Solamente los disidentes pueden impugnar el acuerdo si se aplica el artículo 17.3 de la LPH, puesto que la instalación de los repartidores no es obligatoria según dispone el Real Decreto 736/2020, y seria una innovación o mejora para el sistema de reparto del gasto de la calefacción, , que se viene haciendo desde hace años como gasto ordinario por cuota de participación.
Yo no es porque sayapo es paisana mía de Zaragoza, nunca le he aconsejado que impugne nada, ni consulte con un abogado, se gastaría dinero y tiempo para nada, del comportamiento de su administrador, hasta que no se cumpla el plazo para que los propietarios ausentes decidan, debe estar como decimos en Aragón "quieta en la mata". y esperar acontecimientos.
Juanchito,
usted creé sinceramente que se van a instalar los repartidores de coste?
Usted creé que el administrador en el caso que una vez transcurridos los 30 días para tener en cuenta el presunto voto del ausente, va a remitir otra acta indicando que si se van a instalar los repartidores de coste, porque si se han alcanzado los 3/5 ?
Pues por lo que indica el acta, en la misma ya figura que no se instalarán
##Y por lo tanto se desecho la posibilidad de acogerse en estos momentos a la Tarifa de ultimo recurso. Es este punto se solicito por parte de los vecinos que votaron a favor de la instalación de Repartidores de Coste, //...Que en caso de que llegase una sanción por la no instalación de los mismos, coste su voto favorable a la colocación de estos, salvando su responsabilidad sobre el acuerdo tomado...//
Entonces Sayapo podrá o no podrá impugnar ya?
En la afirmación sobre como computan las abstenciones, a mi entender difiere a como se ha indicado:
""En los demás casos como por ejemplo para las mayorías cualificadas de los 3/5, una vez computados los votos de los ausentes, las abstenciones se sumarán a favor de la mayoría de la decisión adoptada sobre dicho acuerdo""
¿dónde quedan aquí las abstenciones? En estos casos, no computan para formar el quorum, pero, una vez adoptado, se adhieren al acuerdo.
Y es importante esta diferencia, dado que es posible no alcanzar los 3/5 con el presunto voto de los ausentes y entonces existiria una mayoría de votos pero no se consigue el quorum necesario 3/5.
O sea que cuando se alcancen los 3/5, se adopta el acuerdo y es entonces cuando se adhieren al mismo.
Sayapo, por lo expuesto, lleve mucho cuidado de no levantar la liebre, si no se remite otra acta que confirme o deniege la instalación de los repartidores.
Porque se podría dar el caso que pasado el 2 de enero usted diga algo de impugnar, el administrador se ponga de acuerdo con cuatro de los ausentes y estos en febrero o marzo digan que están en desacuerdo y entonces no alcanzaría los 24 SIES necesarios para alcanzar los 3/5 Y perdería la impugnación.
Para impugnar usted necesita otra acta que indique los votos finales
No entiendo el comentario? se refiere a los horarios?
Ese es otro tema, imagino que existirá alguna manera de probar que la calefacción se enciende mas horas de las aprobadas en junta, escribo esto por que no me permite enviar menos de 50 caracteres
También he estado pensando lo mismo, de hecho iba a preguntar como se evitaba eso, y no digo que lo haga el, pero la persona del bloque que mira esto como su parcela, sin lugar a dudas.
No creo que el gestor nos envié mas actas, la idea es que los contadores no se pongan, nadie sabrá que lo de la votación fue una estafa, nadie espera que los ausentes den su consentimiento, nadie espera nada, y visto así, el gestor no tiene necesidad de mover ficha.
Lo que usted me comenta sobre la calefacción, lo tengo claro y esas son las razones que expuso el que se niega, los que los quieren son en su mayoría personas que no viven aquí y personas que están cansadas de que se encienda todo el día y se tengan las ventanas abiertas, hoy el precio del gas es muy caro y no nos podemos permitir esos "lujos", yo lo único que quiero es no desaprovechar que en esta junta como el tema del día era subir las cuotas, fue mucha gente de normal no llegamos a 10 y esa persona lleva muchos votos delegados y siempre, siempre sale lo que el quiere...De hecho los votos delegados que el lleva de normal, hoy asistieron y dos de esos votos son abstenciones.
Me gustaría que todo se quedara como esta, pero no se respetan los horarios, eso de vivir a lo que diga una persona, pues no me parece justo, ya que todos pagamos igual.
Yo pienso que la calefacción es un gasto comunitario y como tal se debería respetar lo que se aprueba en junta y creo que es fácil saber las horas que esta encendida, ya que el gas de la misma se cobra por tiempo de encendido, el abogado no especialista también me dijo que yo sola no me podía quejar de eso, que deberían ir mas personas, y mi pregunta es, cuando lleguen las derramas, todos estaremos pagando un dinero de mas que no se aprobó en la junta, por que razón yo no me puedo quejar si los demás pagan gustosos un gasto que ellos no eligieron?
Sayapo , Portico legal le brinda la oportunidad de encontrar abogados en su provincia, para ello, haga click en una ventana en la parte superior que pone abogados, y siga las instrucciones.
Cuando no se tiene nada mas que decir y hace falta 50 caracteres, lomás cómodo es repetir uno
1.- Según lo escrito por sayapo, me ratifico en mi opinión, la instalación de repartidores de coste en su comunidad, debería instalarse, aunque discrepo que no debería ser por el articulo 17.3 como afirma su administrador, sino por el 17.4. no hace falta que repita porque es factible,
2.- Parece ser que aun no se ha cumplido el plazo de 30 días para que los ausentes se manifiesten o no, el administrador es parte interesada, y deberá informar a los propietarios como mejor crea
conveniente, de los resultados finales de la opción ganadora del tema de los repartidores.
3.- ##Y por lo tanto se desecho la posibilidad de acogerse en estos momentos a la Tarifa de ultimo recurso.
El administrador es pésimo redactando, podía haberse explicado de otra manera, pero no dice que los 9 propietarios partidarios de no aprobar la instalación de los repartidores han ganado la votación, y que por lo tanto los repartidores no se podrán nunca instalar, quiere decir que al no alcanzarse para su aprobación los 3/5, NO se aprueba la opción EN ESE MOMENTO EN JUNTA, y habrá que esperar que los propietarios ausentes se manifiesten o no, para saber que opción ha ganado la propuesta.
Luego, los partidarios del SI, como no se ha alcanzado el quorum de los 3/5 sino mayoría simple, solicitan al administrador que conste en acta, que en caso de que la comunidad sea sancionada, ellos están libres de responsabilidades.
sayapo comete un error si decide gastarse el dinero, y contratar a un abogado experto en propiedad horizontal para impugnar ¿Qué? porque si gana el NO, impugnar seria tirar el dinero, el pleito, y pagaría las costas del juicio, y no están los tiempos para ese menester. ella deberá aceptar la opción del no si gana, y si el administrador hiciera un pufo, en todo caso seria poner una denuncia contra el.
sayapo es libre de impugnar lo que quiera nadie se lo impide, aconsejarla que impugne por el asunto de los repartidores, es un mal consejo, por otros motivos que ha expuesto tampoco.
Tanto contadores como repartidores, no ahorran energía, los políticos, solo pretenden que se consuma menos gas, y que se monten mas empresas para que fabriquen contadores y repartidores, y otras para el mantenimiento y lectura, tampoco aumentan el confort de las viviendas.
Solo hay un sistema de ahorro que ya ha aconsejado el gobierno, prohibido tener la calefacción a más de 19 grados, y pase usted frio mis queridos contribuyentes, que yo no lo pasare.
Esta historia de los repartidores, solo beneficia a los propietarios que tienen el piso cerrado y no viven en el, y para los que tienen los radiadores cerrados y se calientan con una estufa de butano o de luz, para el resto, solo sirve para tener un gasto mas, pagar mas de comunidad, tener en su casa un artefacto encima de sus radiadores, y calentar el piso al vecino, si no se llega a instalarlos, igual sales ganando.
Aun no conoces como funciona en realidad el circo de las comunidades de propietarios, las mafias, o el cabecilla del grupo dominante, controla la voluntad de muchos propietarios, solo hay una esperanza para vencerlos, siéntate igual que el árabe en tu puerta tranquilamente, hasta que veas pasar el cadáver de tu enemigo, entonces tendrás tu oportunidad. mientras la mafia o el cabecilla permanezca, solo tendrás problemas y pasar malos ratos, si no te ganas el apoyo de unos cuantos propietarios, pierdes tu tiempo, ya te lo ha dicho el abogado, sin apoyos estarás perdida.
Espera al resultado de la voluntad de los ausentes, el administrador no creo que se atreva a no dar la información del resultado, y luego si gana el SI, exige que se cumpla, y si es el NO, igual sales ganando. pero te aconsejo qué no impugnes nada, el administrador opina que el asunto es a tenor del articulo 17.3, pues mejor para ti. necesitas 7 votos para alcanzar los 3/5 prometidos, faltan 10 propietarios ausentes para emitir su comunicación o no al administrador, y las 4 abstenciones, yo en tu lugar después de saber el pufo y la mentira de ese invento que llaman repartidores de coste, para lograr la TUR4, sabiendo que es flor de un día, una inversión y una aprobación de los presupuesto, que ya veremos como se aprueban, me quedaría a la espera de los acontecimientos, pero olvida la impugnación, solo te traerá problemas.
Te paso estos bufetes de abogados de Zaragoza han llevado casos de LPH, igual te saldría mejor estudiar la LPH en internet, es muy fácil y te ahorras dinero y tiempo, tu tema esta mas claro que el agua.
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Con la instalación de los repartidores de coste se mejora la eficiencia energética del inmueble?
Si, porque se ahorrara energía y dinero
Entonces art.17.3
Sayapo y sus 13 vecinos lo que quiere es pagar la energía que consume,
Y este el condicionante y la virtud de los repartidores
Los repartidores de costes de calefacción son dispositivos que miden el consumo individual de cada radiador en comunidades de vecinos con instalaciones de calefacción central en las que la energía se distribuye por verticales (calefacción en columna).
No llego a compender poqué se intenta demonizarlos.
Ahora resulta que son un pufo y que no sirven para nada.
Esa es claramente la posición de los que pagan poco y saben que van a pagar más.
El administrador ya dijo en su día que el acuerdo no había salido adelante, por lo cual seguirá mudo como Belinda.
Tampoco entiendo el mal consejo de que sayapo se quede de manos cruzadas y que no impugne, porque no ha de hacerlo, ante tamaña tropelía?
En la mayoría de las comunidades con calefacción central y sin repartidores hace demasiado calor. Igual sucede con el consumo de agua donde hay un sólo contador.
Ésa es la razón de ser de los repartidores.
¿Qué pasaría si la ITV de los vehículos no fuera obligatoria,? habría propietarios de vehículos que no la pasarían. seguro.
Si a las comunidades de propietarios con sistema de calefacción central en columna, el Real Decreto 736/2020, no les obliga a instalar ni contadores, ni repartidores de coste, estas comunidades decidirán de manera voluntaria instalar lo único que técnicamente pueden como son los repartidores.
¿Pero porque no contamos al personal la verdad del barquero con respecto a los repartidores?
Los repartidores de costes sirven para medir y no ahorran energía por ellos mismos. Pero gracias a su implantación, los usuarios se sensibilizan con el consumo, ya que pagarán según lo que consuman. esta es una de las razones, será rentable mientras dure la TUR4, luego cuando la tarifa sea libre, el gasto comunitario aumentara, aparte dé la inversión, habrá un mantenimiento y unos señores controlando el gasto de los radiadores, y eso aumentara el recibo.
La UE es la que manda y el gobierno a obedecer, y los consumidores a gastar menos gas, y en muchos casos a pasar frio. eso es lo único verdadero de esta cuestión, otra cosa es que la instalación de repartidores, a sayapo le interesa para poder disfrutar de la TUR4 como a otras comunidades.
¿Se ahorra dinero? si, se ahorra dinero el que tenga las válvulas termostáticas a menos grados, el que tenga el piso deshabitado, los que tengan los pisos mas próximos a la caldera, los que tengan los pisos que no les de a la fachada, los pisos centrales que sus vecinos de arriba, de abajo y laterales enciendan y el se calentara a su costa etc. la comunidad no ahorran nada, los pisos superiores seguirán siendo mas fríos, porque el agua les seguirá llegando menos caliente y el retorno mas lento,
Entonces ¿para que sirven en realidad los repartidores?, para que el ministerio consiga su objetivo que es: querido contribuyente, ahorre usted gas que es muy caro, cree puestos de trabajo, aunque es mi obligación, y no ponga la vivienda a mas de 19 grados, y si no, pase usted un poquito de frio, que yo como me pagan ustedes calentar mi vivienda ministerial y despachito oficial, estaré bien calentita.
Algo mas, SI, para que ahora el gasto no sea por cuota de participación, (excepto el gasto fijo) y algunos paguen en algunos casos mas, y en otros casos menos aun teniendo mas cuota de participación, y seguirán teniendo las vivienda caliente, de los jetas que hagan trampa con los repartidores , como dijo Machado, recordar no quiero.
Cuando los políticos quieren controlar a la propiedad privada, no es bueno, la LPH tiene mecanismos para controlar el gasto, 62 años la contemplan,
Escribes que "El administrador ya dijo en su día que el acuerdo no había salido adelante".
Pues no es cierto, en el acta no pone eso, el administrador no ha dicho que el acuerdo no había salida adelante, explica muy bien, y todos estaremos de acuerdo:
"a) Es requisito primordial y previo que el acuerdo haya sido aprobado por la mayoría de los asistentes aunque no se haya obtenido los 3/5 del total de propietario y cuotas de participación"
sayapo como es profana en LPH, entiende que mayoría es toda la comunidad, y no sabe que el administrador se refiere a la mayoría simple,
Y escribe ella no el administrador:
"Y por lo tanto se desecho la posibilidad de acogerse en estos momentos a la Tarifa de ultimo recurso"
sayapo nos esta contando que se desecho la posibilidad in situ de acogerse a la TUR4, porque el administrador con buen criterio les dice a los presentes, que se necesitaban 3/5 en la Junta, y no se ha logrado, y que los propietarios ausentes decidirán.
Por favor jalisco, que motivos o que articulo de la LPH se vulnera en el tema de sayapo, para que impugne el acuerdo, que tropelía hay, el único que hipotéticamente comete una tropelía seria el administrador, y que yo sepa un administrador si comete una tropelía, o se le denuncia o se le remueve.
Yo si he dicho y me ratifico, que en este caso se vulnera el articulo 17.4, porque a la comunidad nadie le obliga a instalar repartidores, el gasto de calefacción se reparte por cuota de participación del articulo 9.e de la LPH, que también podía afectar, en este caso solo los que están en contra de instalar los repartidores son los que podían impugnar el acuerdo por el articulo 17.3 de la LPH,
sayapo tiene derecho a impugnar, pero me gustaría saber en base a que. haber si es que yo estoy equivocado y no lo sabia.
Buenos días esto no lo digo yo, lo pone el acta que nos enviaron
Y por lo tanto se desecho la posibilidad de acogerse en estos momentos a la Tarifa de ultimo recurso. Es este punto se solicito por parte de los vecinos que votaron a favor de la instalación de Repartidores de Coste, //...Que en caso de que llegase una sanción por la no instalación de los mismos, coste su voto favorable a la colocación de estos, salvando su responsabilidad sobre el acuerdo tomado...//
Tengo una duda, en febrero o marzo, creo que estamos en las mismas, se puede llamar a algunos ausentes y que envíen su disconformidad, si la nota se entrega en mano, no creo que sea difícil alterar fechas...¿Y si se atraviesa la junta de cambio de presidente? ¿una junta anula otra? Al final empiezo a creer que todo esto tiene lagunas por todos lados, ¿Por qué en febrero o marzo? ¿por los 3 meses que tienen ellos para impugnar? gracias.