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Juicio!

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
Juicio!
02/05/2009 15:03
Hola, hace 3 años y medio que cometi el error mas grande de mi vida, el primer dia de tener carnet, el mismo dia de haer aprobado la practica, lleve en coche a un amigo mio a su casa, y al volver, vi unas luces de policia delante mio, parados, y me asuste, no se, no tenia experiencia en conducir, ni con el coche ni con nada, me meti en una calle para irme, pero resulta que era direccion prohibida, y vinieron hacia mi, total, que al ser tan crio, no se me ocurrio otra cosa que acelerar, no sabia que hacer, fue un error garrafal!!
Total, unas calles mas adelante me pare, y me detuvieron, me hicieron pruebas de alcoholemia, drogas, registraron el coche, miraron papeles, y todo perfecto, no entendian porque me habia fugado, yo smplemente les decia la verdad, me habia asustado y no habia pensado, simplemente me equivoqué, pero no habia hecho nada malo.
Ahora, me ha legado la carta de juicio, y me piden 4 años de retirada y 1 año y 6 meses de prision.
Tengo el juicio este miercoles, y estoy MUY nervioso, no se que hacer la verdad, algunos me recomiendan llevar abogado, y otros no, por suerte no tego nada de experiencia en este tipo de casos, nunca he tenido ningn problema con la justicia, ni antecedentes ni nada en absoluto, simplemente fue un error que cometí siendo un crio.
Alguien me podria aconsejar que hacer, si buscar un abogado o no, ya que no se si seria recomendable.
Yo voy a asumir toda la culpa ya que se que actué mal, y no ha habido un solo dia que no me arrepienta de coger el coche aquel dia.
Si tengo que pagar una indemnizacion no me importa, sacaré el dinero de donde sea, solo quiero que me quiten la pena de prision, porque para mi es lo mas grave.

Algun consejo? Algun caso parecido?
Espero respuestas lo antes posible.

Gracias a todos!!
02/05/2009 20:35
Tranquilo, sin antecedentes no irás a prisión
02/05/2009 20:50
no me queda muy claro tu exposición, que delito te imputan, alcoholemia no, porque dices que perfecto,¿ desodeciencia quizas?
en relacion a lo del abogado, no es que sea recomendable, es que en delitos es obligatorio, asi que si no designaste ninguno, te habran designado uno de oficio.
a la prisión no iras, como bien ha dicho sabina, por los motivos que ha expuesto.
aclara un poco mas lo que te imputan
02/05/2009 21:03
Topi, por qué dices que no es recomendable un abogado? si tienes dolor de muelas, a quién vas, al fontanero?

JONI87, sí que e srecomnedable que te oriente un abogado, al menos paga una consulta que te sacará de muchas dudas, luego lo contratas o no, porque igual no merece la pena económicamente hablando.

Imagino que te habrán acusado de conducción temeraria no?

Dinos qué dice el escrito de acusación del Ministerio Fiscal anda (delito, artículos del código penal y penas que pide, nada más).

saludos

02/05/2009 22:34
TOPI ha dicho con muy buen criterio que NO ES QUE SEA RECOMENDABLE, ES QUE ES OBLIGATORIO (creo que no has leido la segunda parte o directamente has pasado de leer el resto)

Si esta imputado por el delito X, a la fuerza tiene que tener abogado, y sera este quien conozca el contenido del escrito de acusacion de MF
02/05/2009 22:48
Muchsas gracias a todos pr las respuestas
Ya se que no irea prisión, pero quiero conseguir que me anulen directamente esa pena, ya que no quiero tener que pensar en que me han perdonado por no tener atecedentes, smplemente que no m la impongan .
Creeis que es posible que me pongan solo multa de X dinero y retirada de carnet??
Que debo hacer en el juicio? Nnca he asistido a uno.
Si que tenia abogada, pero como hace 3 años de eso, no la encuentro, ha cambiado de oficina yno tengo su telefono, no se como contactar con ella.
Me imputan un Delito contra la seguridad del trafico.

Un saludo y de nuevo gracas a todos!
02/05/2009 23:42
hola,te eseo lo mejor,pareces sincer y muy arrepentido.
Como está el panorama no tuvistes que cometer ese error.
Referente a lo de tu antigua abogada puedes consultar en el colegio de abogado de tu ciudad y allí te podran dar el paradero de la misma.

Mucha suerte amigo
03/05/2009 00:16
En cuanto a la abogada, como te han dicho pregunta en el colegio... si sabes el nombre es fácil... algunas webs de colegio facilitan también la localización. Si no, en redabogacia.org tienes acceso a un censo de letrados.

Si no sabes el nombre, puedes preguntar en el colegio de abogados por la persona que lleve el turno de oficio, y muy probablemente con tus datos personales podrán localizar la abogada que tienes asignada y sus datos actuales.

Es importante, por que te digamos lo que te digamos aquí, tu abogada es la única que tiene acceso al expediente y conoce la forma de actuar de los fiscales y jueces de la localidad, y sus consejos serán más fundamentados que los nuestros.

Como dice Sabina, supongo que te imputan una conducción temeraria... el mínimo es seis meses de prisión y un año de retirada... seguramente podrás pactar por ese mínimo, y sustituir la prisión por una multa, que lo normal es que rondara los 2000 euros, aunque esto depende mucho de la voluntad del fiscal en su petición. Suelen rondar los 5 o 6 euros de cuota diaria.

Esto que digo es tras la reforma... no recuerdo ahora cual era la pena aplicable anteriormente, aunque mucho no creo que varíe.
03/05/2009 10:46
Ok, gracias de nuevo!!!
Pues mañana lunes llamaré a ver si me pueden localizar a mi abogada.
Yo sinceramente veria mucho mas justo que me impusieran una multa de 2000€ y una retirada de un año que lo que me piden, ya que creo que por ese error no merezco privacion de libertad, ya que no he matado a nadie, no he violado a nadie, no he traficado cn drogas, no iba bebido, simplemente fue un momento en el que me asusté y erre en mi decision.
Espero que me pongan esa pena, ya que la veo justa con mi actuacion.
Otra cosa seria que me hubieran vuelto a pillar excediendo limites de velocidad, en una prueb de alcoholemia dando positivo, o cualquier otra cosa, pero no, nunca he vuelto a tener problemas de trafico.

Un saludo y gracias!!
03/05/2009 11:06

TOPI: discúlpame, he leído mal (creo que voy a dejar el foro -muchos se alegrarán- porque estoy tan estresada que no paro de cometer errores);

JONY87: dices que te han acusado de un delito contra la seguridad del tráfico, pero no nos dices por qué tipo penal exactamente, aunque a la vista de los hechos que has relatado y la pena solicitada, no puede ser otro que conducción temeraria, que se castiga con 2 tipos de penas
-prisión: de 6 meses a dos años (en este caso el fiscal solicita 1 año y 6 meses)
-privación del derecho a conducir: de 1 año a 6 años (en este caso se soliCIta 4 años, eso quiere decir que en el atestado de la policía debió hacerse constar lo peligroso de la conducción, y no me extraña cuando tú mismo dices que te tiraste por dirección prohibida, a pique de llevarte a alguien por delante, también dices que aceleraste (a qué velocidad???).

El delito lleva aparejada las dos penas a la fuerza, por eso no cabe que te quiten la prisión y te pongan una multa, de todos modos, multa o prisión, vas a tener antecedentes porque te condenarán por delito.

saludos,


03/05/2009 11:14
Pero es posible como me han dicho mas arriba de que me cambien la prision por multa?
Y el fiscal me han dicho que siempre pide lo maximo, que la mayoria de las veces te ponen menor pen de la que piden.
Sobretodo por arrepentimiento.

Un saludo
03/05/2009 11:21
Jony87:

Cuando una persona tiene antecedentes -que no es tu caso- no se le suspende la condena (habñando en plata, que la ley no le da una segunda oportunidad para librarse de prisión), pero para librarse de ir a la cárcel, se solicita que se sustituya la pena de prisión por una multa.

pero este no es tu caso, la ley contempla que el que tiene antecedentes se pueda librar de ir a prisión pagando una multa, pero tú te libras directamnete por no tener antecedentes.

La ley establece un tipo de pena para estos delitos y esa pena no se cambia, otra cosa es librarte de que esa pena sea ejecutada (evitar la cárcel).

Quien dicta sentencia es el juez, no el fiscal. Si está más claro que el agua la comisión del delito, si llegas a un acuerdo en le fiscal, el juez te puede condenar (si está de acuerdo el fiscal, tú y tu abogado) a la pena mínima: 6 meses de prisión y 1 año de privación de conducir. Solución que sería la más sensata, si no hay manera de probar que no cometiste el delito.

saludos,
03/05/2009 13:46
Ok gracias!!!
Una cosa, los antecedentes penales, si no se reincide ni cosas asi, se borran al cabo del tiempo?
Es decir, me durarán de por vida, o de aqui a 5 años por ejemplo, se me borrarán?
Y puedo residir en el extranjero (EEUU) con antecedentes??

Un saludo y gracias de nuevo!!
03/05/2009 14:05
Si se cancelan (artículo 136 CP) y sí puedes residir en el extranjero.
Suerte
03/05/2009 16:05
Sabina estas perdonada. Lo que sigo sin entender es el delito que te imputan, algun forero ha dicho conducción temeraria, pero este delito para que se de no es nada facil, ya que es un delito de riesgo concreto y tienes que haber puesto en un concreto peligro a alguna persona.No se tu diras.
03/05/2009 16:37
Topi, echa un vistazo a los delitos contra la seguridad vial 379 en adelante, y lo entederás, es que es un poco largo de explicar.

De todos modos, fíjate en los hecho que relata el mismo Jony, que además condujo en dirección contraria -suficiente para poner en peligro la vida de las personas- ...etc, no te digo cómo tiene que ser el atestado de la policía, que luego declararán como testigos.
03/05/2009 17:09
No se, en l infome me ponen delito contra la seguridad del trafico.
Esta claro que los policias me pondran de asesino para arriba en el juicio, eso lo doy por sentado, pero sinceramente espero que el juez vea que fue un error que cometi siend un niño, y que no me crucifique.
Si hubieran reincidencias, antecedentes, etc entonces lo veria normal, pero solo fue un error en toda mi vida.

Un saludo
03/05/2009 18:28
Si sabina, mas o menos lo se, los de alcoholemia son delitos de riesgo abstracto, la simple conduccion bajo influencia sin crear peligro, pero el de conducción temeraria es de delito concreto, asi mismo hay que diferenciarlo de la conducción homicida que fue introducido para los kamikazes que recorren kilometros en autovias en sentido contrario y que no creo que sea el caso del forero. Por eso el que lo tiene que saber bien es su abogado que tiene acceso al expediente, declaraciónes de testigos etc. Salvo mejor parecer.
04/05/2009 09:01
En la práctica, los policías se ratificarán en el atestado -éste no es una prueba, sino la declaración de los agentes en el juicio-.

Y tú Jony, eras mayor de edad, pecha con las consecuencias, podrías haber matado a alguine, por el solo hehco de ir en dirección contraria!

De todos modos, aunque condenado, no irás aprisión, qué quieres? que te declaren inocente? pues no porque no lo eres y olvídate de uq ete indulten porque eso no va a ocurrir, no hay razones de justicia ni humanitarias para ello.

saludos,
04/05/2009 09:05
Topi, si hay defensa o no, está claro que no lo sabemos -eso lo sabrá el abogado que tendrá a cceso al expedeinte, como tú has dicho- yo me limito a exponer lo que le podría ocurrir caso de ser condenado, de todas formas, ya te digo, con ir en dirección contraria, se pone en pleigro la pvida d epersonas, salvo que fuera una via desolada, sin tránsito alguno.

saludos,