Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Juicio Rapido Alcolemia

33 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 33 comentarios
Juicio rapido alcolemia
17/02/2009 10:01
El pasado 27-09-2008, tube una sentencia por juicio rapido:
- Sentencia Negociada
- 4 meses de multa a 5 euros diarios = 600 €
- 40 dias de trabajo en beneficio de la comunidad
- retirada del permiso de conducir de 8 meses y 4 dias.
- y Pagar las costas del juicio
Mi preguntas son:
1.- Si aun no me han notificado oficialmente nada, el tiempo de retirada del carnet esta contando, no?, ya que me lo returaron en el acto.
2.- Cuando piensan notificarlo, pues he leido que pueden tardar hasta 5 años.
3.- Eso me impide cambiar de domicilio, pues mi trabajo cambia de ciudad cada dos años.
4.- Tienen derecho a quitarme puntos del carnet.
5.- Si solo tube un abogado de oficio y no se llego a celebrar el juicio cuanto me pueden cobrar.









17/02/2009 10:41
En penal, una vez dictada la sentencia, pasa al juzgado de ejecutorias, lo que significa "ejecutar esa sentencia". será ahí cuando te notifiquen. Cierto es que estos juzgados como van cargados de trabajo suelen tardar, no sé de donde seras tu, perio aqui en Barcelona suelen tardar un par de meses aprox.
No hay problema en que cambies de domicilio.
No te quitan puntos, porque tu asunto ha ido por la via penal (los puntos los quitan cuando va por via adminstrativa,)
El abogado de oficio, puede pasarte una minuta, siempre y cuando tu no tengas derecho a la justicia gratuita. La verdad es que muchos abogados del turno, pasan de hacerlo y cobran de lo que les paga su colegio, pero lo que se hace normalmente es decirle al clinte que vaya al coelgio de abogados a pedir la justicia gratuita. si te la conceden el abogado no te pasara la minuta, en cambio si te la deniegan sí tiene derecho a cobrarte. Los honorarios no puede decirte porque cada partido tiene unas bases de calculo. si eres de barcelona pude decirte de aqui aprox.
espero haberte ayudado, cualqueir duda más ya sabes.
17/02/2009 10:58
Gracias bcn82
El juzgado es de Sevilla.
Estan tardando ya mas de 4 meses, de hay mi preocupación "ejecutar esa sentencia".
Supongo que en 8 meses y 4 dias puedo reclamar el carnet de conducir, o sea a primeros de junio de 2009, pues aunque no hayan ejetutado la sentencia el carnet de conducir no lo tengo y por tanto no puedo conducir.
Lo que no se si esto me afecta para salir al extrangero, pues ya tengo antecedentes penales.
Pero a mi lo que me preocupa es que todo esto me pueda afectar a mi trabajo, pues en el caso que pase mas del tiempo que dicta la sentencia, puedo tener problemas.
17/02/2009 18:33
hola,lo de ejecutar la sentencia tambien puede ir a su abogado que le represento en ese dia,preguntele,si le retiraron el carnet ese dia en el juzgado ya le cuenta,ahora ,vaya pensando en hacer el curso de sensibilizazion,trafico no le sacara puntos pero le obliga a hacer el curso para poder volver a conducir,son 24 horas de curso,vaya a una autoescuela y le explica.un saludo
17/02/2009 20:22
Gracias cocoli,
he seguido tu consejo y he hablado con el abogado, me ha comentado que ella tampoco sabe nada, pero que me corre el tiempo desde el día del juicio rápido, y no sabe nada de si puedo tener sanciones administrativas que no vienen en la sentencia, pero en teoría no se pueden mesclar una sanción con otra. Supongo que si no pone en la sentencia lo del curso de sensibilización, no lo tengo que hacer. Esto cada vez es más lioso, lo que creo es que no nos informan con veracidad.
17/02/2009 20:50
Hola jrmanchado,

El curso de sensibilización si va a tener que hacerle, aunque no lo especifique en la sentencia, le aconsejo que se vaya informando en las autoescuelas de Sevilla, no se imparten en todas.

Si usted ha sido condenado en vía penal, no puede ser condenado por los mismos hechos vía administrativa: "non bis in idem"

Salvo mejor opinión.

Reciba un saludo,
18/02/2009 09:50
vaya.. iba a seguir contestandote pero veo que ya lo han hecho. conforme con cocoli y katia. no pueden sancionarte por un mismo hecho dos veces, por lo que en tu caso ha ido por la via penal no vas a atner ninguna sanción adminstrativa, ni multa ni puntos. Pero lo del curso sí lo vas a tener que hacer para volver a conducir. Lo incluyeron en una reforma de la ley, y es obligatorio aunque en la sentencia no lo recoja (como dicen mis compañeros, ves a informarte, porque están saturados, y a lo mejor cuando vayas te hacen esperar bastante, y a ver si va a llegar el dia de fin de la retirada pero por no tener el curso aún no puedes conducir)
Tu abogada debería preguntar en el juzgado que llevó el asunto si ya lo han pasado al juzgado de ejecutorias.
Y respecto a lo de salir al extranjero, tampoco pasa nada. no afecta para nada lo de tener antecedentes, a menos que quisieses pedir la nacionalidad o la residencia de ese otro país. Pero por viajar, etc no te influye.
Saludos
18/02/2009 11:31
Hola

Para aquellos que ya habéis hecho el curso.......Simplemente hay que ir 24 horas a la autoescuela a hacerlo pero después no hay que ir a tráfico a ahcer un examen ¿verdad?.

Alguno habéis cumplido ya los días de servicios sociales? si es así, en que ha consistido ese servicio??
18/02/2009 12:04
Gacias a todos
He encontrados esto en la RACC
El conductor que haya sido condenado en vía judicial y por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la prohibición del derecho a conducir un vehículo a motor o ciclomotor, no perderá ningún punto aunque deberá superar el curso de sensibilización y reeducación vial y la prueba teórica de control de conocimientos.
Cursos de recuperación del permiso o licencia de conducción: 341,76 €.
O sea que no puedo residir en Honduras, que mi pareja es de alli hasta que no pasen dos años, NO?
18/02/2009 12:13
Yo también había visto esto y por eso mi pregunta ya que tras hablar con varias auto escuelas en todas me han dicho que debo hacer el curso y pasar una pequeña prueba sobre el mismo, pero no en tráfico sino en la misma autoescuela y al parecer una prueba bastante sencilla.

Creo que la situación es diferente a cuando pierdes los 12 puntos (por diferentes motivos y en vía administrativa) y debes recueprar el carnet, en este caso si que debes pasar la prueba de la autoescuela y después otra en tráfico bastante más dificil.
18/02/2009 12:50
hola,el tema es el que le sacan el permiso por lo penal solo hara el cursillo por la autoescuela.pero el se lo saquen por via administratriva lo tendra que hacer por la autoescuela y.otro examen en trafico haciendo tambien el psicotenico echo y pagar 115eu aparte de la autoescuela que son 346,76eu.OJO. EL EXAMEN DE TRAFICO ME HAN COMENTADO QUE ERA ALGO CHUNGO.el de la autoescuela eso nada.un saludo.
18/02/2009 12:54
Gracias Cocoli.............al menos algo que no tenemos que hacer.
perfil Sir
18/02/2009 19:17
Pues yo veo una tonteria hacer ese curso, porque si no pone nada en la sentencia, es ilogico hacer algo que no te an dicho. En mi sentencia pone tal dia pase a por su carnet y ya esta.

Y si alguna vez te parasen, pues no creo que el guardia sepa nada de eso, solo miran si esta caduucado el carnet
18/02/2009 19:34
Lo unico que os puedo comentar es que por varias fuentes incluido este foro, he sacado la conclusion que si no se hace el curso el dia llega pero el carnet no te lo dan hasta que hagas el curso, y si es una tonteria, tan tonta que solo sirve para sacar el dinero, no os parece
18/02/2009 19:36
Lo unico que os puedo comentar es que por varias fuentes incluido este foro, he sacado la conclusion que si no se hace el curso el dia llega pero el carnet no te lo dan hasta que hagas el curso, y si es una tonteria, tan tonta que solo sirve para sacar el dinero, no os parece
19/02/2009 11:24
hola a todos,en el juzgado si te daran el carnet sin ningun problema,ahora bien,si te para trafico y se ponen en contacto con sus centrales,lo tienes jodido,multa de 90eu a 300eu y falta grave con sus consecuencias que conlleve,lo mejor es hacer el curso cuanto antes para que cuando recogas el carnet ya puedas conducir.un saludo.
perfil Sir
19/02/2009 19:13
Hola cocoli, por lo que parece entonces es que aqui nadie sabe nada de eso, me refiero ni el juzgado ni el abogado,,por lo tanto lo mejor sera llamar a Trafico de mi provincia y preguntar esta cuestion.
Sera lo mas veridico que se pueda sacar del tema
19/02/2009 21:02
hola a todos.sir el tema es asi por que a mi me paso y tampoco me dijo nada ni el abogado ni en el juicio pero despues de 2 meses me notificaron de trafico con lo que habia.y lo que tenia que hacer,un saludo.
27/02/2009 08:41
Despues de agradeceros a todo vuestra colavoracion:
He preguntado en una autoescuela, ni que decir tiene a traves de alguien conocido, y me han comentado que tengo que esperar a que me avisen de trafico y que tienen un año para notificarmelo. O sea que no es necesario hacerlo hasta que trafico no lo notifica. Lo que significa que en el momento de la infracción aparte de la sanción penal, pusieron una sancion administrativa y eso se notifica aparte.
28/02/2009 17:40
El plazo de la condena de privación del permiso de conducir comienza cuando se entrega dicho permiso en el Juzgado. Si no lo has entregado ya, el juzgado te citara para su entrega.
En cuanto si el juicio fue de conformidad, ya no tienen que comunicarte nada, el juez en el acto del juicio ya dicto la sentencia estando tu presente. Seguro que tu abogado tiene una copia. Si no has entregado aun tu permiso de conducir y quieres comenzar a cumplir la pena cuanto antes, pasate por el juzgado que corresponda y entregalo. Cuanto antes empieces a cumplir, antes terminaras.