Buenos días a todos. Tengo el mes que viene un señalamiento de juicio en reclamación de cantidad de un trabajador contra una empresa. El trabajador ha pedido la confesión del representante legal de la empresa y hay un apoderado que es el que realizó el contrato que es que realizará la prueba. Existe un problema: he visto los poderes de esa persona y aunque tiene facultades amplias no tiene la de comparecer ante autoridades y Juzgados (si puede contratar y disponer de fondos de las cuentas). Por tanto y dado que el administrador está en el extranjero hasta Diciembre, me planteo algunas dudas que expongo: es posible que si va sólo el apoderado, el abogado del trabajador a la vista del poder insuficiente intente que se le celebre el juicio sin nuestra presencia si no se hace un poder del administrador a esa persona, con lo cual perderemos el juicio (reclaman 2.000 euros y la empresa ofrece 800). Además del poder notarial que pueda hacer el adminsitrador, ¿se os ocurre alguna idea para que pueda asistir al juicio el apoderado sin que ello suponga que el Juez nos dé por no comparecidos a la vista de la falta de facultades en el poder que tiene actualmente? Muchas gracias a todos. Por cierto, además habría el problema de la designación del abogado (tampoco tiene facultades para ello el apoderado actualmente). Un saludo y gracias.
¡Buenos días! Por lo que dices, el apoderado tiene poderes pero no facultades suficientes para representar eficazmente a la empresa. En otras palabras, defiende usted a una empresa que representa un apoderado sin poder bastante. No es la primera vez que sucede y no pasa nada. Me explico: Se sienta el apoderado con el poder en sus manos -no lo aportes- se contesta a la demanda, se practica la prueba y prosigue el juicio hasta las conclusiones. El Secretario puede leer el poder o no. Lo más probable es que el actor antes de entrar en Sala le comente a su Abogado quién es el representante de la empresa, pues lo conoce personalmente y estará allí. El abogado contrario tenderá a pensar que todo está en orden. No es normal que en la vista oral se lean detenidamente los poderes. En su lugar me arriesgaría. En caso de que evidencie la falta de poder suficiente, decir que tiene varios poderes pero que el "otro poder" no lo trajo a la vista, pero que si de contrario se reconoce la legitimación pasiva puede seguirse la vista sin más. Claro que es un riesgo pero en caso contrario sólo puedes: Aplazar la vista de común acuerdo con el abogado contrario. Que te envien poderes del extranjero (por el cónsul correspondiente), pero no llegarán a tiempo. Que concilies antes de entrar en Sala subiendo el importe de la indemnización o cantidad. Yo sólo he presenciado una atenta lectura de los poderes (Social) por el Secretario, cuando el apoderado es el mismo abogado, para comprobar si ostenta facultades para ser sometido a interrogatorio.
Es muy probable que se desarrolle la vista y obtengas una sentencia sobre el fondo del asunto.
Me gustaría que en este mismo mensaje me enviés un post comentandome brevemene que ocurrió finalmente.
Saludos y suerte.
Gracias por la idea. Hombre tengo que decirte que el apoderado es la pesona que firmó el contrato y es quien va a hacer la confesión. Pero una cosa que me preocupa es que si se dan cuenta de la insuficiencia de poder el abogado contrario puede negarse a aplazar la vista. De momento estoy intentando llegar a un acuerdo en 800 euros. Piden 2000 ya veremos y te contaré. Muchas gracias por la idea.
Siempre suele ser mejor la conciliación.
Me alegro de que al final no tuvieras problemas: la representación procesal y la falta de legitimación suelen traer más problemas que las cuestiones de fondo en estos procedimientos.
A partir de ahora, con los poderes, actuarás con mucha más seguridad.
Un saludo.