Viendo practica procesal sobre juicios de desahucio, siempre se centran en el motivado por la falta de pago, sin apenas pronunciarse sobre el que se basa en la expiración del plazo contractual.
En la demanda presenté un documento de denegación de prorroga y creo que en base a la legislación aplicable ya habrían expirado todas la prorrogas legales. Además el arrendatario-al aplicarse la ley de 1935- no notificó al arrendadador con 1 añosde antelación la intención de prorrogar el contrato.
En definitiva, parece que el contrato está extinguido, pero no sé que se dilucidirá en la vista (juicio verbal) y que prueba podrá aportarse.
Las partes poco podrán decir y los testigos también. O eso creo. Estoy empeñado que es un caso eminentemente juridico y que debera valorar S.Sª pero no tengo ganas de sorpresas. Alguna opinión sobre el tema, por favor.