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Juicio contra seguridad social

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
30/03/2012 17:49
Mar, tienes que preguntar a tu abogado , si ha reclamado los periodos de pago y la incapacidad permanente desde que te dieron el alta medica.
O solo ha pedido una incapacidad permanente.
No obtante, a ti te dieron un alta medica, lo normal es que cuando te dan el alta medica te reincorpores al trabajo.
Esto no quiere decir que impugnes el alta medica.
30/03/2012 17:40
Mar-74

Lo que preguntas no está tan "autentificado" en los artículos que te ponen, auqnue a esa pregunta ya te la contestado en mi primer, post:

- "si recurre la sentencia tiene que abonar la pensión de incapacidad desde que recibe la sentencia. "

"si no le da la razon a la seguirad social, cuando la sentencia sea firme, cobraras los atrasos generados."

En consecuencia, los atrasos la seguridad social te los abonará cuando la sentencia sea firme, ahora no.




30/03/2012 16:47
lo que entiendo es que aunque recurrieran me tendrían que pagar hasta que saliera el recuso, pero mi abogado me ha dicho que también me pagarían lo atrasado desde el día que me dieron el alta, ¿es así?
un saludo y gracias
30/03/2012 16:03
Mar, este art. Lo deja bien claro.
Pero si no lo entiendes pregúntame
Suelo poner los art. Porque así me ahorro la escritura.
Y a la vez tenga más autenticidad.

1. Las sentencias recurridas, condenatorias al pago de prestaciones de pago periódico de Seguridad Social, serán ejecutivas, quedando el condenado obligado a abonar la prestación, hasta el límite de su responsabilidad, durante la tramitación del recurso.

2. Si la sentencia favorable al beneficiario fuere revocada, en todo o en parte, no estará obligado al reintegro de las cantidades percibidas durante el período de ejecución provisional y conservará el derecho a que se le abonen las prestaciones devengadas durante la tramitación del recurso y que no hubiere aún percibido en la fecha de firmeza de la sentencia, sin perjuicio de lo dispuesto en las letras c) y d) del apartado 2 del artículo 230.
30/03/2012 15:40
reclamo la incapacidad permanente
28/03/2012 12:08
Mar-74, todo depende de que reclamas.

Por ejemplo, si has presentado una demanda de incapacidad permanente total y ganas, la seguridad social si recurre la sentencia tiene que abonar la pensión de incapacidad desde que recibe la sentencia.

Cuando salga la sentencia que resuelva el recurso, si le dan la razon a la seguridad social dejarás de cobrar la pensión, pero no te haran devolver la pensión que has ido cobrando, si no le da la razon a la seguirad social, cuando la sentencia sea firme, cobraras los atrasos generados.

Si quieres una respuesta más concreta deberías decirnos que reclamabas a la seguridad social.

Juicio contra seguridad social
28/03/2012 10:48
Hola tengo una duda he tenido juicio contra seguridad social. En caso de que ganara que pasaría, si recurren? Me pagarían o tendría que esperar a que saliera el recurso?