Estoy al 100% con lo que dice crudo,no se puede castigar a la madre por eso.
Como tampoco se puede castigar al padre por que,por motivos de organización familiar,dedicará menos tiempo a sus hijos.
Tras el divorcio las cosas cambian y eso requiere una nueva organización de los roles de cada uno,más implicación por parte del padre con los hijos y menos para la madre.
No estoy en absoluto de acuerdo con que se condene a una persona en temas de custodia por haber dejado temporalmente el hogar. La madre necesitaba aire, el haber dejado a sus hijas con el padre demuestra cierta confianza en las capacidades del mismo, y una vez recuperado el aliento después de 15 días, la madre está de nuevo dispuesta a hacerse cargo de ellas. Insisto: No condenaría a la madre por ese comportamiento. En todo caso, resolvería que en medidas provisionales, fuese el padre quien detentase la custodia por ser situación de hecho, pero nunca en medidas definitivas.
La situación de esta pareja me parece perfecta para una custodia compartida. No estoy de acuerdo tampoco con que se deba tener en cuenta la dedicación pasada de los padres a la hora de decidir una custodia y por lo tanto, veo al padre perfectamente capaz de llevar una compartida, máxime cuando está reclamando la custodia para sí mismo. Dicha situación derivaba de un acuerdo matrimonial que ya no es válido y que no tiene sentido prolongar en el tiempo y condenar al padre a seguir siendo el suministrador y a la madre la cuidadora.
Del mismo modo que la madre va a tener que engrasar sus destrezas laborales para reintegrarse en el mercado laboral, el padre tendrá que engrasar sus habilidades domésticas para ocuparse de sus hijas.
Desestimaría la pretensión de custodia de la madre basada en su mayor disponibilidad de tiempo a costa de que el padre pague mayor pensión. Eso es mucho morro: Reduzco mi jornada para cuidar de las niñas, pero como cobro poco, pido más pensión. ¿Tú de qué vas? ¿Y si lo pide el marido, qué te parecería? Si querías esa situación idílica, haber seguido casada...
La madre debe trabajar a tiempo completo, así como el padre. ¿Va a perjudicar esto a los menores? Bueno, da la casualidad de que la gran mayoría de los matrimonios funcionan así, y los niños slen adelante...
Por tanto, custodia compartida como mejor convenga a los padres. Cada uno se hace cargo de los gastos de los menores mientras están con cada uno. Gastos extraordinarios proporcionales a los salarios. ¿Qué salarios? El del padre en el hospital, puesto que ya no va a poder llevar la consulta privada, y el de la madre en la administración a jornada completa. Si luego elige trabajar a tiempo parcial, es su problema. El padre no tiene por qué cubrir la reducción salarial que eso implicaría.
La casa: Varias soluciones. Básicamente, vender y repartir, o que una parte se la compre a otro, o que se otorgue a una de las partes pero el alquiler de la otra parte se contabilice como carga ganancial a deducir en día que se venda la casa.
pues yo creo que lo mejor seria la custodia compartida, la venta de la vivienda y que se repartieran los beneficios a partes iguales, y evidentemente no habria pension ni por una parte ni otra.
glups glups!! pues mira que bien Sarapiki, tengo ahora mismo el caso de una amiga que esta pasando justamente por esto. Tal y como tu has expuesto en este caso hipotetico mi amiga se fue de casa por voluntad propia, dejando a sus hijos con el padre, ella penso que seria lo mejor para los niños y dadas las circunstancias de lo que ella habia hecho (que no viene al caso) penso que era ella la que tenia que abandonar el domicilio. A pasado un mes de esto y ahora dice que se a equivocado y quiere volver a casa con sus hijas, el como el logico NO LA DEJA VOLVER, y ella no sabe que hacer, si poner demanda o aceptar que tomo una decision "equivocada"
Si yo fuera juez en este caso, creo que le daria la razon al padre, custodia para el y amplio regimen de visitas para ella. El tema de la vivienda tendria que ver en que situacion se queda ella para determinar si lo mejor es la venta y que cada uno empieze de nuevo.
Yo dejaría las niñas con padre. Régimen visitas a la madre amplio por su trabajo. . Pensión proporcional a ingresos de la madre a las niñas y venta del domicilio y disolución de los gananciales. O la compra por parte del marido de la parte de la madre del domicilio y adjudicación en solitario de la propiedad al padre.
Es que una puede abandonar a su marido, pero nunca y repito nunca a los hijos. Para mi es lo que ha hecho que esta mujer pierda la razón, las formas
Como no puede ser definitivo que sus padres se queden a vivir con el, busca una persona que llegue a su casa por las mañanas antes de salir el hacia el hospital y lleve a las niñas al colegio. Las apunta el comedor escolar, y suspende temporalmente su consulta privada para poder acudir el mismo por la tarde a recoger a las niñas y llevarlas a sus actividades extraescolares.
La misma persona que se ocupa de las niñas por las mañanas, se queda a dormir con ellas cuando el padre tiene guardia en el hospital.
Ana, por su parte, ha solicitado el reingreso en la Administracion, con una reduccion de jornada (su horario sera de 9 a 14). Pide para ella la guarda y custodia de las niñas y el uso de la vivienda familiar. Alega que dispone de mas tiempo para ocuparse de ellas que el padre, ya que su reduccion de jornada le permite llevarlas al colegio (servicio de madrugadores). No obstante, como su sueldo sera mas reducido, solicita pension de alimentos para sus hijas.
El juez decide preguntar a las niñas qué quieren. Cristina (12 años) manifiesta claramente que quiere ir a vivir con su madre, quiere a su padre y vive bien con él, pero su referencia clara es su madre. Claudia dice que le da igual vivir con uno u otro.
TEngamos en cuenta que, en el momento de la vista ante el juez, han pasado 6 meses (ya, ya se que es poco, que en cualquier juzgado de España pasarian muchos mas, pero esto es un juego asi que.... yo pongo las reglas jajajajajajj). Durante ese tiempo la madre ha estado en contacto telefonico con las niñas, y las ha visto breves instantes a la salida del colegio, ya que Fernando ha puesto como condicion que, si quiere ver a sus hijas, debera hacerlo en el domicilio de las niñas, algo que Ana no ha aceptado.
Bien, somos los jueces, hay que resolver chic@s. Las cuestiones fundamentales a decidir son:
-A quien otorgar la patria potestad y la guarda y custodia, y regimen de visitas si hubiera lugar
-Atribucion del uso de la vivienda familiar, forma de sufragar los gastos de la misma o procedencia de su venta
-Establecimiento de pension de alimentos, si hubiera lugar.
Y todos los demas aspectos que, si fuerais jueces, os gustaria dejar reflejados en la sentencia.
El caso tiene tela ¿ehhhhh? No es tan sencillo como el primero, jijijiji, este es para nota.............
Ana y Fernando llevan 15 años casados en regimen de gananciales. Tienen dos hijas, Cristina, de 12 años, y Claudia, de 9 años. Disponen de una vivienda en propiedad, con hipoteca
Ana es funcionaria, pero al nace Claudia decide pedir la excedencia y quedarse en casa para ocuparse mejor de las niñas. Las niñas van al colegio en horario de mañana y tarde, la madre las lleva y las recoge y comen en casa.
Fernando es medico, trabaja en el hospital por las mañanas, y por las tardes tiene consulta privada. No suele llegar a casa antes de las 8 de la tarde, asi que durante la semana ve poco a sus hijas. Ademas, suele llegar cansado e incluso de mal humor, asi que el matrimonio tiene muchas discusiones.
Ana esta harta de pasar tanto tiempo sola y de las discusiones, se siente frustrada y agobiada. Una mañana, tras una discusion, decide irse de casa. Llama a sus suegros y alegando no encontrase bien, les pide que recojan a las niñas en el colegio. Despues deja un sms en el movil de Fernando "me voy de casa, no soporto mas esta vida, las niñas estan con tus padres". Desconecta su movil y no hay forma de ponerse en contacto con ella.
Pensando que Ana volvera, Fernando, de momento, se apoya en sus padres para que le echen una mano con las niñas. Los abuelos se instalan temporalmente en su casa y se ocupan de llevar y traer a las niñas al colegio, darles la comida etc.
Al cabo de 15 dias, Ana contacta con Fernando, pregunta por las niñas y pide hablar con ellas. Fernando no se lo impide. Las niñas se muestran encantadas de hablar con su madre y le piden llorando que vuelva.
Al cabo de otros 15 dias, Ana vuelve a llamar a Fernando y le dice que va a ir a buscar a las niñas para llevarselas con ella, que tenga sus cosas preparadas para dentro de una semana, que a la hora X ira a por las niñas. Fernando le dice que ni hablar, que las niñas no salen de casa.
Viendo que la cosa parece definitiva, al dia siguiente Fernando presenta demanda de divorcio en la que solicita la guarda y custodia de las dos hijas menores y el uso para ellas de la vivienda familiar
Si os gusto (a mi si) jugar a ser jueces por un dia, podemos seguir haciendolo, estudiar otro caso hipotetico, y emitir nuestro veredicto, con su fundamentacion.
Antes de nada, quisiera aclarar que tanto el caso que propuse el otro dia, como el que propondre ahora, nada tienen que ver conmigo, por tanto no es una forma de pedir informacion o consejo ante algo que yo este viviendo.
Aclaro esto porque un/a forer@ me mando un mail preguntandome si el tema de las vacaciones me estaba pasando a mi con mi hijo. Si contestasteis al otro post pensando que yo estaba pidiendo ayuda, quiero disculparme con vosotros por el tiempo que dedicasteis, porque no era para nada el caso.
Asi que ahora, ante un nuevo caso, quiero recalcarlo: lo planteo como diversion, como posibilidad de estudiar unos hechos y tomar decisiones, posibilidad que los que participamos en este foro normalmente no tenemos, puesto que no somos jueces. Pero ¿y si un dia entra un juez a brujulear por aqui, lee nuestros argumentos y los encuentra medianamente logicos?
Otra cosa, al ser casos hipoteticos, no hay solucion buena o mala, todas las aportaciones, si es que las quereis hacer, deben ser igualmente respetadas (por favor, nada de descalificar lo que digan otras personas, todos aqui tenemos derecho a emitir nuestra sentencia). Pueden argumentarse, pero nada mas.
Logicamente, yo tambien tengo mi propia "sentencia" sobre el caso, puesto que yo lo propongo. Eso no quiere decir que mi "sentencia" sea la mas valida, sera una opinon mas, un punto de vista mas.