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jubilacion

2 Comentarios
 
Jubilacion
20/10/2012 20:19
Hola,
Mi padre estaba con contrato fijo y el día 20 de septiembre por causas economicas fue despedido, pagandole la empresa parte de la indemnización y solicitando el resto al fogasa. Hemos estado informandonos por su situacion en el sentido que detallo a continuación, pero tengo algún detalle que no me queda claro:
1º Tiene un contrato fijo y por lumbalgia ha estado de baja medica desde el día 12 de agosto de 2012, en fecha.
2º La empresa le comunica despido por causas objetivas siendo su fecha de ultimo dia de trabajo el dia 20/09/2012
3º Como mi padre seguia de baja en este momento paso a pago directo de mutua, y ha estado cobrando la baja hasta el dia 24/09/2012 que le dieron el alta por mejoria.
4º En este momento solicito desempleo.
5º Por la edad que tiene y llamando a información de la seguridad social me dijeron que como habia trabajado antes del año 67, tiene beneficios en dos puntos en el % de jubilación. Pero tambien comentaron que si estaba en el paro tenia que cotizar mínimo 6 meses para que no se considere jubilación voluntaria.
Alguien me puede confirmar si le obligarian a estar 6 meses o por estar en desempleo debido a un despido (y despues con pago directo a la mutua), se le mantendria el porcentaje reductor por año del 6%.
El motivo de no esperar más es por evitar la reforma que no sabemos como puede afectar, y si espera 6 meses saltaría al 2013

Alguien me puede orientar en este aspecto, porque he intentado hablar varias veces con seguridad social pero tampoco me dejan nada claro, o no les acabo de entender bien.

Gracias, Saludos
22/10/2012 00:12
Buenas noches
Según entiendo yo, por haber cotizado antes del año 67, tiene derecho a pedir la jubilación anticipada a partir de los 60 años.
La cuantía de la pensión se reducirá un 8% por cada año o fracción de año que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad de 65 años, salvo que acredite 30 o más años de cotización y el cese en el trabajo sea consecuencia de la extinción del contrato por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador, en cuyo caso el porcentaje de reducción que se le aplicará estará en función de los años completos de cotización acreditados:
entre 30 y 34 años --- 7,5%
entre 35 y 37 años --- 7,0%
entre 38 y 39 años --- 6,5%
40 o más años -------- 6,0%
Si tu padre no tiene la condición de mutualista, puede solicitar la jubilación anticipada si ha cumplido 61 años, tiene un mínimo de 30 años cotizados (esto es lo mismo aunque sea mutualista), el cese en el último trabajo se produzca como consecuencia de la extinción del contrato por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador y esté inscrito en la oficina de empleo, como demandante de empleo, durante al menos los 6 meses anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación anticipada a los 61 años.
En el caso de la jubilación anticipada mayores de 61 años, si ha cotizado 29 años, se le considera como 1 año cotizado el tiempo de servicio militar para poder alcanzar el mínimo de 30 años cotizados que pide la SS para poder jubilarse a los 61 años.
Un saludo.
24/10/2012 21:52
Hola!!
Ok!! gracias. Si mi padre tiene cotizaciones desde el año 1966 y además tiene 41 años y medio cotizados por lo que entonces al ser despido objetivo aunque ahora este en paro no necesita los 6 meses para poderse jubilar con solo un 6% de penalización.
Creo que ahora si que me ha quedado claro!!.

Saludos